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Documento BOE-A-1996-22581

Orden de 24 de septiembre de 1996 por la que se dispone la publicación para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el recurso contencioso-administrativo 3/853/1993, promovido por Don Arturo Tellado Tojeiro.

Publicado en:
«BOE» núm. 248, de 14 de octubre de 1996, páginas 30729 a 30729 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1996-22581

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, ha dictado sentencia, con fecha 11 de junio de 1996, en el recurso contencioso-administrativo número 3/853/1993, en el que son partes, de una, como demandante don Arturo Tellado Tojeiro, y de otra, como demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 8 de marzo de 1993, que desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de fecha 2 de septiembre de 1992, sobre integración en el Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Primero.-Que desestimamos el presente recurso interpuesto por don Arturo Tellado Tojeiro, funcionario del Cuerpo de Técnicos Especializados de Correos y Telégrafos, contra las Resoluciones del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 2 de septiembre de 1992 («Boletín Oficial del Estado» del 22), y de 8 de marzo de 1993, ésta en reposición, descritas en el primero de los antecedentes de hecho, que en cuanto a los extremos impugnados y sustanciados en estas actuaciones, se consideran ajustadas al ordenamiento jurídico, declarando su confirmación en la exclusión del recurrente de la integración pretendida en el Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado.

Segundo.-No hacemos una expresa condena en costas.»

En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 24 de septiembre de 1996.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Jaime Rodríguez-Arana Muñoz.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Función Pública.

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