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Documento BOE-A-1996-23955

Resolución de 16 de octubre de 1996, de la Secretaría General Técnica, por la que se hace público el Acuerdo de Consejo de Ministros del día 11 de octubre de 1996, sobre ejecución de sentencia dictada con fecha 11 de junio de 1996, en el recurso contencioso-administrativo número 203/93, interpuesto por la Asociación de Derechos Intelectuales (AGEDI), y la entidad de Artistas Intérpretes o Ejecutantes, Sociedad de Gestión de España (AIE).

Publicado en:
«BOE» núm. 262, de 30 de octubre de 1996, páginas 32593 a 32593 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1996-23955

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Ministros, en su reunión del día 11 de octubre de 1996, adoptó el siguiente Acuerdo:

En el recurso contencioso-administrativo número 203/1993, interpuesto por la representación legal de la Asociación de Derechos Intelectuales (AGEDI), y la entidad de Artistas, Intérpretes o Ejecutantes, Sociedad de Gestión de España (AIE), contra el Real Decreto 1434/1992, de 27 de noviembre, de desarrollo de los artículos 24, 25 y 140 de la Ley 22/1987, de 11 de noviembre, de Propiedad Intelectual, en la versión dada a los mismos por la Ley 20/1992, de 7 de julio, se ha dictado Sentencia por la Sección 3.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, con fecha 11 de junio de 1996, sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de Asociación de Derechos Intelectuales (AGEDI), y la entidad de Artistas, Intérpretes o Ejecutantes, Sociedad de Gestión de España (AIE), contra el Real Decreto 1434/1992, de 27 de noviembre, de desarrollo de los artículos 24, 25 y 140 de la Ley 22/1987, de 11 de noviembre, de Propiedad Intelectual, en la versión dada a los mismos por la Ley 20/1992, de 7 de julio, por la conformidad del mismo al ordenamiento jurídico; sin expresa condena en costas.»

El Consejo de Ministros ha dispuesto, conforme a lo prevenido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, que se cumpla, en sus propios términos, la referida Sentencia.

Esta Secretaría General Técnica ha resuelto dar publicidad al citado Acuerdo para general conocimiento.

Madrid, 16 de octubre de 1996.-El Secretario general técnico, Juan Antonio Puigserver Martínez.

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