Procedente del Banco de España, ha tenido entrada en este centro, con fecha 18 de octubre de 1996, escrito presentado por National Westminster Bank PLC, surcursal en España, en el que se solicita el otorgamiento de la condición de Entidad Gestora del Mercado de Anotaciones en Cuenta de Deuda del Estado.
La referida solicitud viene acompañada de informe del Banco de España, según el cual la entidad interesada cuenta con unos recursos propios no inferiores a los previstos en el apartado a) del número 4 del artículo 5.º de la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 19 de mayo de 1987, y dispone de la organización, sistemas de control y medios técnicos adecuados para atender a su función, conforme al apartado b) del propio precepto.
Por otra parte, el Real Decreto 1009/1991, de 21 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 505/1987, de 3 de abril, en materia de adquisición y pérdida de la condición de miembro del Mercado de Deuda Pública en Anotaciones, establece, en su artículo 6.º, número 2, letra e), que el otorgamiento de la condición de Entidad Gestora será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
En su virtud, y en uso de las facultades delegadas en la disposición adicional segunda de la Orden de 19 de mayo de 1987, modificada parcialmente por la de 31 de octubre de 1991,
Esta Dirección General acuerda:
1. Otorgar la condición de Entidad Gestora de Anotaciones en Cuenta de Deuda del Estado, con capacidad plena a la entidad National Westminster Bank PLC, sucursal en España.
2. Hacer público el otorgamiento, con fecha 23 de octubre de 1996, de la condición de Entidad Gestora del Mercado de Deuda Pública en Anotaciones a la entidad National Westminster Bank PLC, sucursal en España, que la ostenterá en la categoría de capacidad plena.
Madrid, 23 de octubre de 1996.-El Director general, Jaime Caruana Lacorte.
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