De conformidad con lo establecido en el artículo 20.1.b), de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, en el artículo 51 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y en uso de las competencias que le están atribuidas en la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, y en los Estatutos de la Universidad de Oviedo, aprobados por Real Decreto 1295/1985, de 3 de julio, y complementados por el Real Decreto 2587/1985, de 20 de noviembre, este Rectorado resuelve anuciar la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo que se expresa en el anexo I, con arreglo a las siguientes bases:
Primero.-Requisitos de los/las aspirantes: Podrán ser candidatos/as para la provisión del puesto de trabajo a que se refiere esta convocatoria los/las funcionarios/as de carrera que reúnan los requisitos que acompañan al puesto ofertado, tanto los que se encuentren con destino actual en la Universidad de Oviedo, como los que perteneciendo a escalas propias de la misma estén en situación administrativa distinta a la de servicio activo, a tenor de la legislación vigente.
Segundo.-Puesto de trabajo: El puesto de trabajo que pueden ser objeto de solicitud es el que aparece expresado en el anexo I a esta convocatoria.
Tercero.-Solicitudes: Las solicitudes para tomar parte en este concurso, ajustadas al modelo que figura en el anexo II, y dirigidas al excelentísimo y magnífico señor Rector de la Universidad de Oviedo, se presentarán en el plazo de los quince días hábiles siguientes a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», en el Registro General de esta Universidad (plaza de Riego, 4, planta baja, Oviedo), o en la forma que establece el párrafo cuarto del artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Cuarto.-Méritos: Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de cierre del plazo de presentación de instancias (anexo III).
Los/las aspirantes deberán acompañar a la instancia currículum vitae, en el que consten, debidamente justificados, los datos relativos a la antigüedad en la Administración Pública, grado consolidado, y nivel del puesto de trabajo de desempeño actual. Estos datos serán acreditados mediante certificación expedida por el Jefe del Servicio de Gestión de Personal.
Los demás datos que el/la candidato/a considere de interés deberá acreditarlos documentalmente.
Quinto.-Plazo de resolución: El nombramiento se efectuará en el plazo máximo de un mes tras la finalización del plazo para la presentación de instancias.
Si ninguna de los/las candidatos/as resultase idóneo para el puesto podrá declararse desierto.
Sexto.-Recursos: La presente convocatoria y los actos derivados de la misma podrán ser impugnados de acuerdo con lo previsto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Oviedo, 23 de septiembre de 1996.-El Rector, Julio Rodríguez Fernández.
ANEXO I
Puesto de trabajo convocado para su provisión por el sistema de libre designación
Complemento
específico
-
Pesetas /
Número
orden /
Relación puestos
denominación /
Grupo /
Tipo
puesto /
Nivel /
Forma
Provisión /
Observa-
ciones
264 / Secretaria:
Centro de cálculo / D / N / 16 / 302.148 / L/D
ANEXO II
Solicitud
De participación en la convocatoria de la Universidad de Oviedo para la provisión de puesto por el sistema de libre designación, aprobada por resolución de fecha de de 1996.
Primer apellido
Segundo apellido
Nombre
Documento nacional de identidad
Domicilio
Teléfono localidad
Código postal
Escala/cuerpo
Número de registro personal
Puesto de trabajo que se solicita
ANEXO III
Méritos que se acreditan
Primero.-Trabajo desarrollado:
Segundo.-Cursos de formación y perfeccionamiento:
Otros:
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
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