Por Orden de 12 de enero de 1996 («Boletín Oficial del Estado» del 19) se convocó la concesión de subvenciones a los Museos e Instituciones que integran, mediante Convenio con el Ministerio de Educación y Cultura, el Sistema Español de Museos.
Valoradas las solicitudes presentadas, teniendo en cuenta los criterios establecidos en el punto octavo de la Orden citada por el Pleno de la Junta Superior de Museos, el Director general de Bellas Artes y Bienes Culturales ha elevado a esta Subsecretaría la propuesta conjunta de resolución para la concesión de las ayudas convocadas.
En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el punto undécimo de la Orden de 12 de enero de 1996, he resuelto:
Primero.-Conceder, con cargo a las aplicaciones presupuestarias 24.04.761 y 24.04.783-01, ambas del programa 453A «Museos», del vigente presupuesto de gastos del Ministerio de Educación y Cultura, las subvenciones a los museos e instituciones que se relacionan, por la cuantía y para la finalidad que se indica:
Importe
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Pesetas / Institución
Real Academia de Bellas Artes de San Fernando
Instalación de climatización automatizada y control informatizado de la humedad / 49.438.436
Fundación Díaz Caneja
Adquisición de medios audiovisuales / 539.380
Museo de Antropología
Contribución a la financiación de inversiones en obras / 792.775
Casa Museo Colón
Instalación climatización / 9.344.700
Museo José María Moreno Galván
Adquisición de deshumificadores y termohigrógrafos / 878.400
Centro Atlántico de Arte Moderno
Adquisición de termohigrógafos / 600.000
Total / 61.593.691
Las restantes solicitudes han sido desestimadas.
Segundo.-Para hacer efectivas las subvenciones concedidas será requisito imprescindible la presentación en la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales antes del cierre del ejercicio económico de 1996:
a) Memoria de las actividades desarrolladas en relación con la finalidad para la que la subvención fue concedida y de las condiciones impuestas, en su caso, con motivo de la concesión.
b) Las certificaciones de obras, facturas y documentos de caja originales, justificativos de la realización del gasto subvencionado.
Tercero.-La presente Resolución, cuyo texto íntegro se encuentra a disposición de los interesados en la sede de la Dirección General de Bellas Artes y de Bienes Culturales, plaza del Rey, 1, de Madrid, es definitiva en vía administrativa, por lo que contra la misma pueden interponer, en el plazo de dos meses desde la fecha de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», previa comunicación a esta Subsecretaría, recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de la Audiencia Nacional.
Madrid, 26 de septiembre de 1996.-El Subsecretario, Ignacio González González.
Ilmo. Sr. Director general de Bellas Artes y de Bienes Culturales.
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