Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Séptima) del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el recurso número 747/1996, interpuesto por el Letrado don José Manuel Dávila Sánchez, en representación y defensa de la Coordinadora Independiente del Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias (Coordinadora ICE), contra: 1) La Resolución de la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones (CECIR), de 13 de julio de 1988, sobre modificación del catálogo de puestos de los servicios periféricos de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias del Ministerio de Justicia; 2) la Resolución de 9 de octubre de 1987, del Consejo de Ministros, sobre distribución del fondo adicional del artículo 13 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1987; 3) la reclasificación de los puestos de los servicios periféricos de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias; 4) la Circular de 19 de agosto de 1988, de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, y 5) la desestimación por silencio del recurso de reposición contra la Resolución de la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones, de 13 de julio de 1988, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Séptima) del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ha dictado sentencia de 26 de junio de 1996, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que, desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Letrado don José Manuel Dávila Sánchez, en representación y defensa de la Coordinadora Independiente del Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias (Coordinadora ICE), contra las Resoluciones, ya citadas, recogidas en el encabezamiento de esta sentencia, debemos declarar y declaramos estas últimas ajustadas a Derecho. No se hace expresa condena en costas.»
En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 11 de octubre de 1996.-El Director general, Ángel Yuste Castillejo.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal de Instituciones Penitenciarias.
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