Está Vd. en

Documento BOE-A-1996-24285

Resolución de 16 de octubre de 1996, de la Dirección General de Trabajo y Migraciones, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación del texto de la revisión salarial del Convenio Colectivo Nacional para el Comercio de Distribuidores de Especialidades y Productos Farmacéuticos.

Publicado en:
«BOE» núm. 266, de 4 de noviembre de 1996, páginas 33331 a 33332 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1996-24285
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1996/10/16/(3)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la revisión salarial del Convenio Colectivo Nacional para el Comercio de Distribuidores de Especialidades y Productos Farmaceúticos (número de código: 9901115), que fue suscrito con fecha 19 de septiembre de 1996, de una parte por FEDIFAR y ASECOFARMA en representación de las empresas del sector y de otra por las centrales sindicales UGT, CCOO y USO, en representación de los trabajadores del mismo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo y Migraciones, acuerda:

Primero.-Ordenar la inscripción de la revisión salarial del citado Convenio Colectivo en el correspondiente Registro de este centro directivo con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 16 de octubre de 1996.-La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

REVISIÓN SALARIAL DEL CONVENIO COLECTIVO NACIONAL PARA EL COMERCIO DE DISTRIBUIDORES DE ESPECIALIDADES Y PRODUCTOS FARMACÉUTICOS

TABLA SALARIAL AÑO 1996

Salario total anual

-

Pesetas

Grupo 1.º

Personal técnico titulado

Titulado de grado superior / 2.047.468

Titulado de grado medio / 1.721.924

Ayudante Técnico Sanitario / 1.593.921

Grupo 2.º

Personal mercantil técnico no titulado

Director / 2.276.306

Jefe Administrativo / 2.002.010

Jefe de División / 1.979.282

Jefe de Personal / 1.949.862

Jefe de Compras / 1.949.862

Jefe de Ventas / 1.949.862

Encargado General / 1.865.903

Jefe de Sucursal / 1.807.483

Jefe de Almacén / 1.807.483

Jefe de Grupo / 1.750.677

Jefe de Sección Mercantil / 1.721.924

Comprador / 1.695.190

Personal mercantil

Viajante / 1.587.897

Corredor de Plaza / 1.587.897

Dependiente Mayor / 1.587.897

Dependiente / 1.571.145

Ayudante / 1.508.440

Aprendiz 17 años / 944.432

Aprendiz 16 años / 885.468

Grupo 3.º

Personal administrativo

Jefe de Sección Administrativa / 1.750.677

Contable o Cajero / 1.611.355

Oficial Administrativo / 1.571.145

Auxiliar Administrativo / 1.524.120

Aspirante 17 años / 944.432

Aspirante 16 años / 885.468

Grupo 4.º

Personal de servicios y actividades auxiliares

Jefe Sección Servicios / 1.640.154

Jefe de Taller / 1.587.897

Profesional Oficio 1.ª / 1.571.145

Profesional Oficio 2.ª / 1.508.440

Profesional Oficio 3.ª (o Ayudante) / 1.500.662

Capataz / 1.571.161

Mozo especializado / 1.524.120

Mozo / 1.500.662

Telefonista-Recepcionista / 1.524.120

Grupo 5.º

Personal subalterno

Conserje / 1.524.120

Cobrador / 1.571.161

Vigilante, Sereno, Ordenanza, Portero / 1.500.662

Personal limpieza / 1.500.662

Los pagos del incremento se abonarán en una sola vez antes del 30 de noviembre de 1996.

Para el año 1997, las tablas vigentes al 31 de diciembre de 1996 se aumentarán con el IPC que se prevea por el Gobierno para dicho año y cláusula de revisión al 31 de diciembre de 1997, con el IPC real y efectos económicos al 1 de enero también del año 1997.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 16/10/1996
  • Fecha de publicación: 04/11/1996
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 24 de enero de 1996 (Ref. BOE-A-1996-4088).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Industria farmacéutica

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid