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Documento BOE-A-1996-25563

Orden de 4 de octubre de 1996 por la que se autoriza la apertura y funcionamiento del centro privado de grado elemental de Música «Colegio San Jorge», de Molina de Segura (Murcia).

Publicado en:
«BOE» núm. 277, de 16 de noviembre de 1996, páginas 34818 a 34818 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1996-25563

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido a instancia de don José María Hernández Palazón, como representante de la «Sociedad Cooperativa de Enseñanza Alcayna», titular del centro privado «Colegio San Jorge», en el que se solicita autorización para la apertura y funcionamiento de un centro de grado elemental de Música, según lo dispuesto en el artículo 5 del Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero, sobre autorización a centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas,

Este Ministerio ha resuelto:

Primero.-Autorizar la apertura y funcionamiento del centro que se describe a continuación y proceder a su inscripción en el Registro de Centros:

Denominación genérica: Centro autorizado de grado elemental de Música.

Denominación específica: «Colegio San Jorge».

Titular: «Sociedad Cooperativa de Enseñanza la Alcayna».

Domicilio: Avenida Picos de Europa, urbanización «La Alcayna».

Localidad: Molina de Segura.

Municipio: Molina de Segura.

Provincia: Murcia.

Enseñanzas que se autorizan: Piano, Violín, Violoncello, Contrabajo, Flauta Travesera, Clarinete, Trompa, Trompeta y Guitarra.

Número de puestos escolares: 80.

Segundo.-De acuerdo con la disposición adicional cuarta del Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero, el centro queda adscrito, a efectos administrativos, al Conservatorio de Música de Murcia.

Tercero.-Los supuestos de modificaciones y extinción, en su caso, de la presente autorización se regirán por lo establecido en los capítulos III y IV del Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero.

Cuarto.-Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses contados a partir del día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con el artículo 37.1 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956 y el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 4 de octubre de 1996.-P. D. (Orden de 17 de junio de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 19), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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