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Documento BOE-A-1996-25564

Orden de 18 de octubre de 1996 por la que se autoriza la apertura y funcionamiento del Centro de Música y Danza «Centro de Arte Danza y Música Karel» de Gijón.

Publicado en:
«BOE» núm. 277, de 16 de noviembre de 1996, páginas 34818 a 34819 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1996-25564

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido a instancia de doña María del Carmen Fernández Elvira, como titular del «Centro de Arte Danza y Música Karel» de Gijón, en el que solicita autorización para la apertura y funcionamiento de un centro de grado elemental de Música y de grados elemental y medio de Danza, según lo dispuesto en el artículo 5 del Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero, sobre autorización a centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas,

Antecedentes

Primero.-El 26 de abril de 1995, la interesada presentó solicitud de autorización para impartir las enseñanzas de los grados elemental y medio de Música, en un centro de nueva creación, ubicado en la calle Príncipe, números 4-6, de Gijón, en el que, al parecer, también se impartirían enseñanzas de Danza.

Segundo.-Con fecha 10 de abril de 1996 la Subdirección General de Enseñanzas Artísticas solicita informe del Servicio de Inspección Técnica de Educación y de la Unidad Técnica de Construcciones de Asturias, sobre la situación de este centro, informes que fueron remitidos, a través de la Dirección Provincial de Educación en Asturias, el 12 de julio de 1996, junto con nuevas solicitudes de la interesada sobre autorización para impartir el grado elemental de Música y los grados elemental y medio de Danza.

Tercero.-Con fecha 13 de septiembre de 1996, se solicita aclaración a través de la Dirección Provincial de Educación en Asturias, sobre estas nuevas solicitudes, por lo que la titular del centro remite con fecha 18 y 25 de septiembre de 1996, nueva solicitud y documentación que completa el expediente, adjuntando horarios del centro, compromiso de aportar la relación del profesorado antes del inicio de las actividades educativas y especificando las especialidades que impartirá el centro en las enseñanzas de Música, así como la especialidad que impartirá en el grado medio de Danza.

Fundamentos de Derecho

1.º Son de aplicación a este expediente las siguientes disposiciones:Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.

Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.

Real Decreto 389/1992, de 15 de abril, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas.

Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero, sobre autorización a centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas.

Real Decreto 1487/1994, de 1 de julio, por el que se modifica y completa el Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo.

2.º La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, establece en su artículo 39, la constitución del grado medio de Danza, que se estructura en tres ciclos de dos cursos académicos de duración cada uno.

Los aspectos básicos que constituirán las enseñanzas mínimas de dicho grado habrán de regularse mediante Real Decreto, momento en el cual se procederá a la resolución de la solicitud de la interesada en cuanto a la impartición de las enseñanzas de grado medio de Danza.

3.º En virtud del artículo 6 del Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero, sobre autorización a centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas, procede la autorización solicitada.

Considerando lo anteriormente expuesto, este Ministerio ha resuelto:

Primero.-Autorizar la apertura y funcionamiento del centro que se describe a continuación y proceder a su inscripción en el Registro de Centros:

Denominación genérica: Centro autorizado de grado elemental de Música y Danza.

Denominación específica: «Centro de Arte Danza y Música Karel».

Titular: María del Carmen Fernández Elvira.

Domicilio: Calle Príncipe, 4-6.

Localidad: Gijón.

Municipio: Gijón.

Provincia: Asturias.

Enseñanzas que se autorizan:

Grado elemental de Música: Piano, Violín, Viola, Violoncello, Flauta Travesera, Clarinete, Oboe, Guitarra y Acordeón.

Número de puestos escolares: 80.

Grado elemental de Danza: Número de puestos escolares: 80.

Segundo.-De acuerdo con la disposición adicional cuarta del Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero, el centro queda adscrito, a efectos administrativos, para las enseñanzas de Música al Conservatorio Profesional de Gijón y para las de Danza al Real Conservatorio Profesional de Danza de Madrid (calle Soria).

Tercero.-Los supuestos de modificaciones y extinción, en su caso, de la presente autorización se regirán por lo establecido en los capítulos III y IV del Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero.

Cuarto.-Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses contados a partir del día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con el artículo 37.1 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, y el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 18 de octubre de 1996.-P. D. (Orden de 17 de junio de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 19), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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