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Visto el expediente de indulto de don Pedro Blesa García, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Almería, en sentencia de fecha 7 de octubre de 1994, como autor de un delito de quebrantamiento de condena, a la pena de un mes y un día de arresto mayor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos el 6 de julio de 1992, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 31 de octubre de 1996,
Vengo a conmutar a don Pedro Blesa García, la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, por otra de veinte días-multa, a satisfacer en cuotas diarias de 10.000 pesetas, cuyo inicio y forma de cumplimiento será determinado por el Tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 31 de octubre de 1996.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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