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Documento BOE-A-1996-27419

Orden de 18 de octubre de 1996 por la que se autoriza la apertura y funcionamiento del centro de Educación Infantil, por transformación del centro de Educación Primaria, denominados «Nuestra Señora del Rosario», de Valladolid.

Publicado en:
«BOE» núm. 294, de 6 de diciembre de 1996, páginas 36664 a 36665 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1996-27419

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido a instancia de don Benigno Villarroel García, solicitando autorización para la apertura y funcionamiento de un centro de Educación Infantil por transformación de cuatro unidades del centro de Educación Primaria, denominados «Nuestra Señora del Rosario», con domicilio en la carretera de Arcas Reales, sin número, de Valladolid,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Autorizar la apertura y funcionamiento del centro de Educación Infantil, por transformación del centro de Educación Primaria, y proceder a la inscripción en el Registro de Centros, del centro que a continuación se señala:

Denominación genérica: Centro de Educación Infantil.

Denominación específica: «Nuestra Señora del Rosario».

Persona o entidad titular: PP. Dominicos.

Domicilio: Carretera de Arcas Reales, sin número.

Localidad: Valladolid.

Municipio: Valladolid.

Provincia: Valladolid.

Enseñanzas que se autorizan: Educación Infantil, segundo ciclo.

Capacidad: Tres unidades y 75 puestos escolares.

Segundo.-Modificar la autorización del centro de Educación Primaria por disminución de cuatro unidades, quedando configurado como se indica:

Denominación genérica: Centro de Educación Primaria.

Denominación específica: «Nuestra Señora del Rosario».

Persona o entidad titular: PP. Dominicos.

Domicilio: Carretera de Arcas Reales, sin número.

Localidad: Valladolid.

Municipio: Valladolid.

Provincia: Valladolid.

Enseñanzas que se autorizan: Educación Primaria.

Capacidad: Ocho unidades y 200 puestos escolares.

Tercero.-Antes del inicio de las enseñanzas, la Dirección Provincial del Departamento en Valladolid, previo informe del Servicio de Inspección Técnica de Educación, aprobará, expresamente, la relación de personal que impartirá docencia en los centros.

Cuarto.-Los centros que por la presente Orden se autorizan deberán cumplir la Norma Básica de la Edificación NBE-CPI/91, de condiciones de protección contra incendios en los edificios, aprobada por Real Decreto 279/1991, de 1 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 8). Todo ello sin perjuicio de que hayan de cumplirse otros requisitos exigidos por la normativa municipal o autonómica correspondiente.

Quinto.-Quedan dichos centros obligados al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Sexto.-Contra la presente resolución, el interesado podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a contar desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 y el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 18 de octubre de 1996.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996) el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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