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Documento BOE-A-1996-3288

Orden de 22 de enero de 1996 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja en el recurso contencioso-administrativo número 1/225/93, interpuesto por don Antonio Muñoz Castellanos y cuatro más.

Publicado en:
«BOE» núm. 39, de 14 de febrero de 1996, páginas 5347 a 5348 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-1996-3288

TEXTO ORIGINAL

Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha de 28 de noviembre de 1995 por el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja en el recurso contencioso-administrativo número 1/225/93, promovido por don Antonio Muñoz Castellanos y cuatro más contra resolución presunta de este Ministerio desestimatoria por silencio administrativo de la solicitud formulada por los actores sobre abono de diferencias retributivas, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:

«Fallamos: Que, debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Letrado don José María Hospital Villacorta, en nombre y representación de doña Elvira Morentín Velasco, don Antonio Muñoz Castellano, doña Juana Olano Gaztañaga, doña María Pilar del Amo Hernanz y doña Concepción Pascual Iribarren, contra la desestimación presunta realizada por la Tesorería General de la Seguridad Social y el Instituto Nacional de la Salud de la petición de cantidades por diferencias retributivas.

Que, debemos estimar y estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Letrado don José María Hospital Villacorta, en nombre y representación de los actores anteriormente citados, contra la resolución del Ministerio de Sanidad y Consumo, desestimatoria por silencio administrativo de la solicitud de fecha 22 de enero de 1993, anulándose la expresada resolución, y se declara que los actores deberán de percibir las siguientes cantidades:

Doña Elvira Morentín Velasco: 479.344 pesetas.

Don Antonio Muñoz Castellano: 541.102 pesetas.

Doña Juana Olano Gaztañaga: 534.574 pesetas.

Doña María Pilar del Amo Hernanz: 479.344 pesetas.

Doña María Concepción Pascual Iribarren: 541.102 pesetas.

No se hace expresa imposición de costas.»

Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley Reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.

Madrid, 22 de enero de 1996.-P. D. (Orden de 28 de octubre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» de 14 de noviembre), el Subsecretario, José Luis Temes Montes.

Ilmo. Sr. Director del Instituto de Salud Carlos III.

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