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Documento BOE-A-1996-3389

Resolución de 18 de enero de 1996, de la Dirección General para la Vivienda, el Urbanismo y la Arquitectura, por la que se convoca concurso público para otorgar ayudas a la investigación sobre temas de urbanismo, vivienda y edificación.

Publicado en:
«BOE» núm. 40, de 15 de febrero de 1996, páginas 5567 a 5570 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1996-3389

TEXTO ORIGINAL

Con objeto de fomentar la realización de estudios e investigaciones en materia de edificación, vivienda y urbanismo, la Dirección General para la Vivienda, el Urbanismo y la Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, convoca concurso público para adjudicar las ayudas a la investigación, con sujeción a las siguientes bases:

Base 1.ª Grupos, dotación y duración de las ayudas

Se convocan tres grupos de ayudas:

Grupo A: Cuatro ayudas para trabajo realizados individualmente o en equipo, con dotación unitaria de 3.000.000 de pesetas, a realizar durante doce meses.

Grupo B: Cuatro ayudas para trabajos realizados individualmente o en equipo, con dotación unitaria de 2.000.000 de pesetas, a realizar durante doce meses.

Grupo C: Cuatro ayudas para trabajos individuales, con dotación unitaria de 1.000.000 de pesetas, a realizar durante seis meses.

Base 2.ª Temas objeto de las ayudas

Los proyectos de investigación de los grupos A, B y C, deberán versar sobre alguno de los siguientes enunciados de carácter general:

1) Racionalización de los métodos constructivos en edificio de viviendas, mediante la industrialización de los elementos y de las instalaciones para su montaje en seco en las obras.

2) Parámetros urbanísticos de los suelos destinados a vivienda social (tipologías, densidades, espacios libres...), en relación con objetivos de viabilidad económica y calidad urbana adecuada.

3) Los sistemas de valoración urbanística en Europa, con especial referencia a la expropiación por motivo de urbanismo (legislación comparada, procedimientos de tasación, etc.).

4) Análisis del mercado del suelo urbanizable en ámbitos concretos (precios, número de transacciones, transparencia fiscal, relación con aspectos urbanísticos, procesos de retención de suelo).

5) La fiscalidad del suelo en España.

6) Estudio de los huecos acristalados en España. Tipologías según zonas, características, materiales y comportamiento frente a acciones.

7) Nuevas tipologías de VPO; superficie, espacios comunes, dimensiones, etc.

8) Las relaciones jurídicas y económicas de las cooperativas de viviendas de protección oficial y las gestoras de cooperativas.

9) El coste del seguro en el Proyecto de Ley de Ordenación de la Edificación.

10) La vivienda como causa y efecto de integración social.

11) Aplicación de los Indicadores de Vivienda propuestos por el Comité Preparatorio de la Conferencia «Hábitat II», de la ONU, referidos a una ciudad importante y una zona rural de España.

12) Aplicación de indicadores urbanos, definidos según recomendaciones del Comité Preparatorio de la Conferencia «Hábitat II», de la ONU, referidos a una ciudad importante de España.

13) Aproximación al gasto público en vivienda. Ayudas estatales directas y fiscales, ayudas autonómicas y locales. Porcentaje del PIB. Estudio comparativo con otros países.

14) Estudio para el ahorro del agua en el consumo doméstico en España.

15) Los estándares de calidad urbana en la legislación europea (zonas verdes, densidades, alturas...).

16) Análisis de precios de vivienda y suelo en relación con otras variables urbanas y socioeconómicas. Un modelo de precios del suelo.

17) Estudio experimental del aislamiento térmico y acústico de distintas soluciones constructivas en edificios residenciales.

18) Estudio comparativo de la aplicación a diferentes tipologías de edificios de la Normativa Sísmica española y del Eurocódigo estructural EC-8.

19) Racionalización en los procesos constructivos. Estandarización de elementos comunes, medidas, etc. Construcción, montaje. Potenciación de la prefabricación en talle: Reducción de tiempos y costes.

20) Análisis comparado de la movilidad residencial en España con la de los Estados miembros de la Unión Europea desde los aspectos cuantitativo y de tratamiento fiscal. Transacciones anuales de vivienda en España distinguiendo las de nueva construcción de las usadas. El proceso de «filtering» en la satisfacción de las necesidades de vivienda de los grupos de bajo ingreso: Aspecto estadístico.

21) El subsidio al alquiler en los Estados de la Unión Europea. Grupos objetivo del subsidio. Modos de determinación de las cuantías del subsidio y de percepción por el destinatario. Gasto público total de cada Estado miembro en subsidios al alquiler.

22) Financiación a la vivienda libre y protegida. Mercados hipotecarios, nuevos productos financieros. Estudio comparativo con otros países.

Base 3.ª Requisitos de los candidatos

Podrán solicitar las citadas ayudas todos aquellos profesionales o equipos de profesionales de nacionalidad española o de la Unión Europea, que gocen de capacidad legal adecuada y no se encuentren sujetos a incompatibilidad por hallarse al servicio de las Administraciones Públicas.

Base 4.ª Documentación

1) Documentación inicial:

Los proyectos de investigación deberán incluirse en un solo sobre cerrado, con la siguiente documentación por duplicado, y redactado en lengua castellana, conforme al artículo 36 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPA):

a) Documentos de identificación personal:

Instancia de datos personales, según modelo anexo.

Breve currículum vitae del o de los firmantes de la solicitud con expresa referencia a las actividades relacionadas con el tema objeto de la ayuda solicitada: Estudios, puestos desempeñados, publicaciones, trabajos, ponencias en congreso y otros méritos.

b) Memoria-programa del proyecto de investigación (para examen del Jurado), indicando en su portada el título descriptivo del tema, desarrollando, con extensión entre cinco y diez páginas, como máximo:

1) Objetivo.

2) Metodología.

3) Programa de desarrollo del trabajo (con señalamiento del tiempo total previsto y fases parciales de su elaboración).

4) Referencias bibliográficas seleccionadas y comentadas, justificando su interés concreto. La información contenida en estos documentos servirá de base suficiente al Jurado para la evaluación y selección de los solicitantes y, en su caso, para efectuar la notificación de la adjudicación provisional a los seleccionados.

2) Documentación justificativa complementaria:

A enviar únicamente en caso de recibir notificación de la adjudicación provisional. Los candidatos seleccionados y personalmente notificados de la adjudicación provisional de la ayuda solicitada, dispondrán de quince días improrrogables contados a partir de la recepción de la notificación, para aportar, conforme a los artículos 71, 72 y 80 de la LRJPA y como condición indispensable para el perfeccionamiento de su adjudicación definitiva, los documentos justificativos y comprobantes siguientes:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad y número de identificación fiscal del o de los concursantes cofirmantes del equipo, en su caso.

b) Documentos académicos del concursante individual o de los cofirmantes, en su caso, adjuntando fococopia compulsada de la certificación académica de la finalización de los estudios o título habilitante (o el haberlo solicitado) que garantice el nivel requerido.

c) Certificación expedida por la Administración tributaria correspondiente al domicilio fiscal del firmante de la solicitud y certificación de la Administración de la Seguridad Social de estar al corriente en sus obligaciones frente a la misma.

d) Para el personal al servicio de las Administraciones Públicas, aportación de la declaración del Servicio de Personal del Departamento correspondiente de no hallarse incurso en incompatibilidad, o autorización expresa de compatibilidad o de licencia por estudios.

3) Tiempos, temas y solicitudes.

a) El tiempo para la total realización del trabajo no será superior al señalado para cada grupo en la base 1.ª

b) Un mismo candidato, podrá concursar bien a temas diferentes, o bien con el mismo tema a diferentes enunciados, con desarrollo distinto. En cualquier caso, para cada tema y enunciado deberá presentarse la documentación individualizada para su consideración independiente.

Base 5.ª Plazo y forma de presentación

A efectos de adjudicación, los 22 temas objeto de ayudas relacionados en la base 2.ª, se desglosan en dos fases, correspondiendo a cada una de ellas los siguientes números:

Fase 1.ª: Los trece primeros, números 1 a 13.

Fase 2.ª: Los nueve restantes, números 14 a 22.

Para los temas comprendidos en la 1.ª fase, las solicitudes se presentarán antes del día 27 de febrero del presente año; en tanto que para los incluidos en la fase 2.ª, las solicitudes deberán presentarse antes del día 15 de mayo de 1996.

En ambos casos, deberá remitirse la documentación completa requerida en la base 4.ª, únicamente en su apartado 1, letras a) y b), en cualquiera de las formas previstas en los artículos 38.4 y 45 de la LRJPA o en sobre cerrado, a: «Concurso de ayudas a la investigación 1996, Director general para la Vivienda, el Urbanismo y la Arquitectura, plaza de San Juan de la Cruz, sin número, planta séptima, 28071 Madrid).

La presentación de solicitudes en Delegaciones gubernativas, o su envío por vía postal, requerirá inexcusablemente la simultánea remisión de telegrama o telefax (91-597 65 34), advirtiendo del objeto del envío, nombre, domicilio y teléfono del remitente y título del proyecto.

Base 6.ª Jurado de selección

El Jurado de Selección estará presidido por el Director general para la Vivienda, el Urbanismo y la Arquitectura siendo vocales del mismo los seis Subdirectores generales de la Dirección General o personas en quienes estos deleguen, actuando como Secretario del Jurado el Consejero Técnico de la Unidad de Apoyo al Director general.

Base 7.ª Fallo

El Jurado de Selección, tras examinar los proyectos presentados en cada fase, asignará los importes señalados en los grupos A, B y C a las ayudas que proponga adjudicar y podrá optar entre adjudicar todas las ayudas o declarar desierta alguna y, en este último caso, podrá incrementar el número de las ayudas o la dotación de algunas de ellas utilizando el importe disponible; con la limitación de que para los proyectos de presentación en la 2.ª fase, se reserva, al menos, el 40 por 100 del importe global asignado al conjunto de las ayudas.

Base 8.ª Notificación

Las adjudicaciones provisionales de la 1.ª y 2.ª fases se harán públicas mediante Resoluciones de la Dirección General para la Vivienda, el Urbanismo y la Arquitectura que se insertarán en el «Boletín Oficial del Estado»y se notificarán por correo certificado, con acuse de recibo, a los adjudicatarios y por correo normal a los no seleccionados. Los adjudicatarios deberán complementar la documentación requerida y señalada en el punto 2 de la base 4.ª antes de transcurridos quince días del acuse de recibo de la notificación, sin cuya cumplimentación obligatoria quedarán excluidos. Mediante nuevas resoluciones, y sin nueva notificación a los interesados, se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado» las adjudicaciones definitivas, así como las desiertas.

La documentación correspondiente a las propuestas que no resulten seleccionadas, se mantendrá a disposición de los concursantes para ser retiradas, durante los treinta días siguientes al de las resoluciones definitivas del concurso. Transcurridos dichos plazos, el Organismo convocante decidirá libremente el destino de la documentación que no hubiera sido retirada.

Base 9.ª Coordinación y obligaciones

La Dirección General designará un coordinador para cada uno de los trabajos de investigación a realizar, quedando los adjudicatarios de las ayudas obligados a mantener continuado contacto con aquél, seguir sus instrucciones y presentar los informes de situación que resulten pertinentes a la vista del correspondiente programa de trabajo, siéndoles facilitada por dicho coordinador la documentación disponible en la Dirección General para la Vivienda, el Urbanismo y la Arquitectura en orden al desarrollo de los trabajos encomendados.

Base 10. Forma y fases de abono

El abono del importe de las ayudas de los grupos A y B podrá realizarse en dos fases, tramitándose del siguiente modo:

El 50 por 100 se tramitará en uno o dos pagos, según los plazos y fases previstos en el programa propuesto, previa conformidad del Coordinador, y el 50 por 100 restante una vez entregados los resultados definitivos, o en su caso, las correcciones a que hubiere lugar.

El abono de las ayudas del grupo C se hará abonando el 100 por 100 a la entrega de la totalidad del trabajo convenido, previa certificación de conformidad del coordinador sobre el desarrollo del mismo.

Base 11. Entrega definitiva

El adjudicatario deberá finalmente entregar dos ejemplares del trabajo realizado, cada uno de ellos acompañado de un resumen con extensión comprendida entre cinco y diez página (formato UNE A4), a doble espacio, en el que se refleje de forma clara y concisa el contenido y principales resultados del mismo. La entrega de la citada documentación constituye requisito indispensable para la recepción definitiva del trabajo. El organismo convocante de este concurso se reserva el derecho de decidir la publicación o difusión, por cualquier medio, de los trabajos realizados. La publicación o utilización de los trabajos de investigación, en caso de acordarse, se realizará reseñando el nombre de su autor o autores.

Base 12. Propiedad de los trabajos

Los resultados de la investigación y el material elaborado durante el desarrollo de la misma serán propiedad de la Dirección General para la Vivienda, el Urbanismo y la Arquitectura y formarán parte de su fondo documental. Respetando el derecho de propiedad intelectual de los autores, la Dirección General para la Vivienda, el Urbanismo y la Arquitectura se reserva, durante dos años, la facultad de incorporar a su programa editorial la publicación y difusión del trabajo completo o/y del resumen, en una primera impresión, dando conocimiento previo a su autor con el fin de prepararlo o adaptarlo para su edición.

Pasado este tiempo, el autor dispondrá de los derechos de edición, debiendo siempre citarse que dichos trabajos han disfrutado de una ayuda de investigación de la Dirección General para la Vivienda, el Urbanismo y la Arquitectura.

Base 13. Revocación y rescisión

El Organismo convocante, a propuesta del respectivo coordinador, podrá revocar la concesión o interrumpir el disfrute de una ayuda si concurrieran algunas de las siguientes causas:

a) Que se compruebe haber mediado falsedad u omisión de datos relevantes en la documentación de solicitud;

b) Que el adjudicatario no entregue en plazo y forma el trabajo o informe final, o que el coordinador tutor estime que éste no reúne los requisitos de calidad y contenido previstos en la propuesta inicial o en sus modificaciones posteriormente autorizadas.

En el supuesto de revocación, se obligará al adjudicatario a reintegrar la cantidad que hubiera percibido hasta el momento de acordarse aquélla.

En caso de interrupción del disfrute, el Organismo convocante, apreciando las circunstancias concurrentes, resolverá, si procede, exigir la devolución total o parcial de las cantidades abonadas o simplemente suspender y anular los pagos pendientes.

Base 14. Financiación de las ayudas

La financiación de las ayudas objeto del presente concurso, por un importe global de 24.000.000 de pesetas, está prevista con aplicación a la aplicación presupuestaria 17.09.432A.640 de los Presupuestos Generales del Estado.

Base 15. Aceptación y recursos

Los concursantes, por el mero hecho de serlo, se entiende que aceptan en todos sus términos las presentes bases, así como los acuerdos que adopte el Jurado de Selección. Los datos e informaciones que se comprueben falseados serán persegibles.

Las decisiones de carácter técnico o científico adoptadas por los Jurados serán irrecurribles.

Asimismo, la Resolución del Jurado pondrá fin a la vía administrativa.

Madrid, 18 de enero de 1996.-El Director general, Borja Carreras Moysi.

(ANEXO OMITIDO)

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