En el recurso contencioso-administrativo número 653/1992, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Metalúrgica Cerrajera de Mondragón, Sociedad Anónima», contra resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 5 de noviembre de 1990 y 29 de noviembre de 1991,se ha dictado, con fecha 10 de noviembre de 1994, por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos:Que debemos desestimar y desestimamos el recurso interpuesto en nombre y representación de "Metalúrgica Cerrajera de Mondragón, Sociedad Anónima", contra la Resolución del Registro de la Propiedad Industrial, de fecha 29 de noviembre de 1991, por la que se desestima expresamente el recurso de reposición interpuesto contra el Acuerdo de fecha 5 de noviembre de 1990, por el que se concedió la marca número 1.243.648, "M.C.M. Software, Sociedad Anónima", con gráfico, para la clase 9 del nomenclátor; declaramos dichos actos plenamente conformes a derecho, sin hacer expreso pronunciamiento respecto a las costas procesales causadas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de enero de 1996.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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