El Real Decreto 388/1992, de 15 de abril («Boletín Oficial del Estado» del 23), reguló la supervisión de libros de texto y otros materiales curriculares para las enseñanzas de régimen general, establecidas por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, y su uso en los centros docentes, y estableció como objeto de supervisión los proyectos editoriales.
La Orden de 2 de junio de 1992 («Boletín Oficial del Estado» del 11) concretó el contenido de los proyectos editoriales relativos a los materiales del Bachillerato establecido en la Ley Orgánica 1/1990, antes citada.
En virtud de las mencionadas normas,
Este Ministerio ha dispuesto:
Primero.-Queda autorizado el proyecto editorial que se menciona en el anexo, así como el uso, en centros docentes públicos y privados, del libro de texto y de los materiales correspondientes.
Segundo.-El libro de texto y los materiales curriculares que resulten del proyecto editorial mencionado deberán reflejar esta autorización en los términos establecidos en la citada Orden de 2 de junio de 1992.
Madrid, 2 de febrero de 1996.-P. D. (Orden de 26 de febrero de 1990), el Director general de Renovación Pedagógica, Jesús Palacios González.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Ordenación Académica.
ANEXO QUE SE CITA
Editorial «Aral Editores, Sociedad Anónima». Proyecto editorial: Lengua Castellana y Literatura para primer curso de Bachillerato.
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