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Documento BOE-A-1996-4397

Resolución de 10 de enero de 1996, de la Dirección General de la Energía, por la que se homologa, a efectos de seguridad contra la emisión de radiaciones ionizantes, el equipo espectrómetro de rayos X de la firma «Philips», modelo PV 9550.

Publicado en:
«BOE» núm. 49, de 26 de febrero de 1996, páginas 7288 a 7289 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1996-4397

TEXTO ORIGINAL

Recibida en esta Dirección General la documentación presentada por «Philips Ibérica, Sociedad Anónima», con domicilio social en Martínez Villergas, 2, 28037 Madrid, por la que se solicita la homologación del equipo espectrómetro de rayos X de la firma «Philips», modelo PV 9550.

Resultando que por el interesado se ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya homologación solicita, y que el laboratorio de verificación del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT) mediante dictamen técnico y el Consejo de Seguridad Nuclear por informe han hecho constar que los modelos presentados cumplen con las normas de homologación de aparatos radiactivos.

Considerando que por el comité permanente de reglamentación y homologación de este Ministerio se ha informado favorablemente.

Vista la Orden de 20 de marzo de 1975 por la que se aprueban las normas de homologación de aparatos radiactivos («Boletín Oficial del Estado» de 1 de abril).

De acuerdo con el Consejo de Seguridad Nuclear,

Esta Dirección General, de conformidad con lo establecido en la referida disposición, ha resuelto homologar, a efectos de seguridad contra la emisión de radiaciones ionizantes, el espectrómetro de rayos X de la firma «Philips», modelo PV 9550, con la contraseña de homologación NHM-X114.

La homologación que se otorga por la presente Resolución queda supeditada a las siguientes condiciones:

1.ª El equipo radiactivo que se homologa es el equipo generador de rayos X de la marca «Philips», serie PV 9550, de 50 KV y 0,5 mA de tensión e intensidad de corriente máximas, respectivamente.

2.ª El uso a que se destina el equipo es análisis de muestras por espectrometría de rayos X.

3.ª Cada equipo radiactivo deberá llevar marcado de forma indeleble, al menos, el número de homologación, la palabra «Radiactivo» y el número de serie.

Además, llevará una etiqueta en la que figure, al menos, el importador, la fecha de fabricación, el distintivo básico recogido en la norma UNE 73-302 y la palabra «Homologado».

La marca y etiqueta indicadas anteriormente se situarán en el exterior del equipo o en zona de fácil acceso a efectos de inspección, salvo el distintivo según norma UNE 73-302, que se situará siempre en su exterior y en lugar visible.

4.ª Cada equipo radiactivo suministrado debe ir acompañado de la siguiente documentación:

I) Un certificado en el que se haga constar:

a) Número de serie del equipo y fecha de fabricación.

b) Declaración de que el prototipo ha sido homologado por la Dirección General de la Energía, con el número de homologación, fecha de la Resolución y de la del «Boletín Oficial del Estado» en que ha sido publicada.

c) Declaración de que el equipo corresponde exactamente con el prototipo homologado y que la intensidad de dosis de radiación en todo punto exterior a 0,1 m de la superficie del equipo suministrado no sobre- pasa 1 lSv/h.

d) Uso para el que ha sido autorizado y período válido de utilización.

e) Especificaciones recogidas en el certificado de homologación del equipo.

f) Especificaciones y obligaciones técnicas para el usuario que incluyan las siguientes:

i) No se deberán retirar las indicaciones o señalizaciones existentes en el equipo.

ii) El equipo debe ser utilizado sólo por personal que sea encargado expresamente para su utilización, para lo cual se le hará entrega del manual de operación del equipo para su conocimiento y seguimiento.

iii) Se llevará a cabo la asistencia técnica y verificaciones periódicas sobre los parámetros y sistemas relacionados con la seguridad radiológica del equipo, que se recojan en su programa de mantenimiento y se dispondrá de un registro de los comprobantes, donde consten los resultados obtenidos.

II) Manual de operaciones en español que recoja las características técnicas e instrucciones de manejo del equipo, información sobre los riesgos de las radiaciones ionizantes y las recomendaciones básicas de protección radiológica a tener en cuenta en la utilización del equipo y las actuaciones a seguir en caso de avería de alguno de los sistemas de seguridad.

III) Programa de mantenimiento en español que recoja la asistencia técnica y las verificaciones periódicas que el fabricante recomiende llevar a cabo sobre los parámetros o sistemas relacionados con la seguridad radiológica del equipo, incluyendo, al menos, una revisión semestral y una previa a la puesta en marcha del equipo tras su instalación, tras un cambio de ubicación o tras una avería o incidente que pudiera afectar a su seguridad y que comprenda:

Una verificación de que la intensidad de dosis a 0,1 m de su superficie no sobrepasa 1 lSv/h.

Una verificación del correcto funcionamiento de los sistemas de seguridad y de las señalizaciones del equipo.

IV) Recomendaciones del importador relativas a medidas impuestas por la autoridad competente del país de origen.

5.ª El equipo de espectrómetro de rayos X de la firma «Philips», serie PV 9550, queda sometido al régimen de comprobaciones que establece el Capítulo IV de la Orden de 20 de marzo de 1975, sobre Normas de Homologación de aparatos radiactivos.

6.ª Las siglas y número que corresponden a la presente homologación son NHM-X114.

7.ª El importador, vendedor o instalador del equipo espectrómetro de rayos X de la firma «Philips», serie PV 9550, deberá tener disponible para la autoridad competente un registro de los suministros que efectúe, en el que se recoja nombre y domicilio del comprador o usuario, lugar de instalación, fecha de suministro y número de serie de los equipos. Cuando las citadas entidades cesen en sus actividades deberán remitir un informe de los suministros efectuados al Consejo de Seguridad Nuclear.

Madrid, 10 de enero de 1996.-La Directora general, María Luisa Huidobro y Arreba.

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