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Documento BOE-A-1996-4508

Orden de 12 de febrero de 1996 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso contencioso-administrativo 332/1993, promovido por doña María Martín Montero y otros.

Publicado en:
«BOE» núm. 50, de 27 de febrero de 1996, páginas 7560 a 7561 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para las Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1996-4508

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado sentencia, con fecha 12 de julio de 1995, en el recurso contencioso-administrativo número 332/1993, en el que son partes, de una, como demandantes, doña María Martín Montero, don Enrique y don Pedro Montañés Martín y doña María Nieves Montañés Benito, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 20 de abril de 1993, que desestimaba el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado de fecha 27 de noviembre de 1992, sobre revisión de la pensión complementaria de jubilación del Fondo Especial de MUFACE (AISS).

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña María Martín Montero y otros, relacionados en el encabezamiento de esta sentencia, contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de 20 de abril de 1993, que desestimó el recurso de alzada contra la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado de 27 de noviembre de 1992, que revisaron las pensiones del Montepío de Funcionarios de la Organización Sindical, debemos declarar y declaramos las mencionadas Resoluciones ajustadas a Derecho; sin hacer expresa imposición de las costas del recurso.»

En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigeente Ley de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a V. I.

Madrid, 12 de febrero de 1996.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Manuel Ortells Ramos.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

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