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Documento BOE-A-1996-4923

Resolución de 6 de febrero de 1996, de la Consejería de Sanidad y Seguridad Social, de modificación del ámbito territorial de los partidos médicos de Perafort y Tarragona.

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 1 de marzo de 1996, páginas 8390 a 8390 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-1996-4923

TEXTO ORIGINAL

El artículo 3.3 del Decreto 84/1985, de 21 de marzo, de medidas para la reforma de la atención primaria de salud en Cataluña («Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» número 527, de 10 de abril de 1985), prevé que los actuales partidos médicos serán reestructurados con el fin de adaptarlos a la ordenación de las áreas básicas de salud. Actualmente, una vez se ha completado la delimitación territorial de las áreas básicas de salud, debe procederse de un modo generalizado a la citada reestructuración de los partidos médicos. No obstante, la situación asistencial del Area Básica de Salud de Tarragona 7 hace aconsejable proceder, en este momento, a la agregación del municipio de Els Pallaresos, perteneciente al partido médico de Perafort, al partido médico de Tarragona.

La modificación de estos partidos médicos no supone ninguna modificación del régimen jurídico de los médicos, practicantes y comadrones titulares, dado que se mantienen las plazas existentes, y estos profesionales continuarán con su situación actual, aunque referida al ámbito territorial resultante de la reestructuración.

De acuerdo con todo esto, y dado que, de conformidad con la disposición transitoria quinta del Decreto 84/1985, de 21 de marzo, se ha dado audiencia a los interesados, en uso de las facultades que tengo conferidas, resuelvo:

Primero.-Agregar el municipio de Els Pallaresos, actualmente perteneciente al partido médico de Perafort, al partido médico de Tarragona.

Segundo.-El personal que ocupa las plazas de médico, practicante o comadrón titular en los partidos médicos modificados continúa ocupando, en las mismas condiciones, las plazas de los partidos médicos modificados.

Disposición final única.

Esta Resolución entrará en vigor al día siguiente de su última publicación en el «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» o en el «Boletín Oficial del Estado».

Barcelona, 6 de febrero de 1996.-El Consejero, Eduard Rius i Pey.

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