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Documento BOE-A-1996-5265

Orden de 1 de marzo de 1996 por la que se amplía el plazo para la presentación de las solicitudes de ayuda a los productores de determinados cultivos herbáceos en la campaña de comercialización 1996/97 y de las primas en beneficio de los productores de carne de ovino y caprino, de los productores de carne de vacuno y de los que mantengan vacas nodrizas para el año 1996.

Publicado en:
«BOE» núm. 57, de 6 de marzo de 1996, páginas 8921 a 8922 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1996-5265

TEXTO ORIGINAL

El artículo 3 de la Orden de 23 de noviembre de 1995, por la que se regula el procedimiento para la solicitud, tramitación y concesión de las ayudas a los productores de determinados cultivos herbáceos en la campaña de comercialización 1996/97, y de las primas en beneficio de los productores de carne de ovino y caprino, de los productores de carne de vacuno y de los que mantengan vacas nodrizas para el año 1996, dispone que el plazo para la presentación de las solicitudes de ayuda será el comprendido entre el 1 de enero y el 8 de marzo de 1996.

Sin embargo, teniendo en cuenta los retrasos producidos en la siembra de algunos cultivos, a causa de las condiciones climatológicas especiales que han confluido durante los últimos meses, que han motivado, en muchos casos, un cambio en el plan de cultivos de los agricultores, así como la demanda de determinadas Comunidades Autónomas y organizaciones agrarias, resulta necesario ampliar el plazo de presentación de las solicitudes de ayuda.

La modificación de la fecha de presentación obligaría igualmente a modificar al final del período de retención para el ovino y caprino que se establece en el artículo 19 de la Orden citada de 23 de noviembre de 1995.

A tal efecto, consultadas las Comunidades Autónomas, dispongo:

Artículo 1.

El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda, fijado en el apartado 1 del artículo 3 de la Orden de 23 de noviembre de 1995, se amplía hasta el día 18 de marzo de 1996.

Artículo 2.

La fecha de finalización del período de retención en lo referente a ovino y caprino, prevista en la letra b) del apartado 1 del artículo 19 de la mencionada Orden, se sustituye por la del 26 de junio de 1996.

Disposición final única.

La presente disposición entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 1 de marzo de 1996.

ATIENZA SERNA

Ilmos. Sres. Secretario general de Producciones y Mercados Agrarios y Director general del Fondo Español de Garantía Agraria.

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