Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (Albacete), con fecha 30 de diciembre de 1995, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 1.069/1993, promovido por don Julio Moreno Gómez, sobre asignación de cuota de producción láctea; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Julio Moreno Gómez, contra la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 13 de octubre de 1993, confirmatoria de resolución de la Dirección General de Producciones y Mercados Ganaderos de 14 de diciembre de 1992, sobre asignación de cuota individual para el período 1992/1993, en el sector de la leche o en los productos lácteos, debemos declarar y declaramos ajustadas a Derecho las resoluciones impugnadas; todo ello sin costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 22 de febrero de 1996.-P. D. (Orden de 14 de marzo de 1995), el Director general de Servicios, José Manuel Sánchez San Miguel.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de Producciones y Mercados Ganaderos.
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