Está Vd. en

Documento BOE-A-1996-6920

Orden de 6 de marzo de 1996 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el recurso contencioso-administrativo número 392/1992, interpuesto por don Felipe Alonso Delgado, en representación de don Guillermo Pérez López-Boto.

Publicado en:
«BOE» núm. 74, de 26 de marzo de 1996, páginas 11627 a 11627 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1996-6920

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 392/1992, interpuesto por don Felipe Alonso Delgado, en representación de don Guillermo Pérez López-Boto, contra la desestimación presunta del recurso de alzada interpuesto contra la denegación por silencio del Gobierno Civil de León, de la petición del reconocimiento del derecho de reversión de fincas expropiadas al recurrente, se ha dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con fecha 22 de diciembre de 1995, sentencia cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que rechazando la causa de inadmisibilidad alegada tanto por el Abogado del Estado como por la codemandada "Empresa Nacional de Electricidad, Sociedad Anónima" (ENDESA), debemos desestimar y desestimamos el presente recurso contencioso-administrativo número 392/1992, interpuesto por la reprsentación de don Guillermo Pérez López-Boto, contra la desestimación por silencio del recurso de alzada interpuesto ante el Ministerio de Industria y Energía contra la denegación por silencio por parte del Gobierno Civil de León de la petición formulada el 25 de abril de 1991, solicitando la desafectación y el reconocimiento del derecho de reversión de las fincas expropiadas en su día con una extensión de 86.826,25 metros cuadrados, en Ponferrada (León), al sitio denominado "Compostilla", por ser el acto impugnado, en los aspectos analizados en este proceso, conforme con el ordenamiento jurídico, sin hacer una especial condena en costas. Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

En su virtud, este Ministerio de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 6 de marzo de 1996.-P. D. (Orden de 19 de mayo de 1995, «Boletín Oficial del Estado» de 2 de junio), el Subsecretario, Juan Carlos Girbau García.

Ilmo. Sr. Subsecretario.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid