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Documento BOE-A-1996-7129

Resolución de 7 de marzo de 1996, de la Secretaría General Técnica, por la que se hace público el Acuerdo del Consejo de Ministros del día 9 de febrero de 1996, sobre ejecución de sentencia en los recursos contencioso-administrativos acumulados interpuestos por el Consejo Superior de Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos de Minas.

Publicado en:
«BOE» núm. 76, de 28 de marzo de 1996, páginas 11928 a 11928 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1996-7129
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1996/03/07/(5)

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Ministros, en su reunión del día 9 de febrero de 1996, adoptó el siguiente Acuerdo:

En los recursos contencioso-administrativos acumulados números 2.475, 2.476, 2.478. 2.479 y 2.480, del año 1991, interpuestos por el Consejo Superior de Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos de Minas, contra los Reales Decretos 1430/1991, 1431/1991, 1433/1991, 1449/1991 y 1456/1991, todos de 30 de agosto, por los que se establecen determinados títulos universitarios de Ingenieros técnicos y directrices generales propias de los planes de estudio conducentes a la obtención de los respectivos títulos, se ha distado por la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (Sección Tercera), con fecha 3 de octubre de 1994, sentencia que fue rectificada por Auto de 10 de noviembre de 1994, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

«Fallamos:

Primero.-Que debemos desestimar y desestimamos la causa de inadmisibilidad de los recursos contencioso-administrativos (acumulados) alegada por el Abogado del Estado, al amparo de los artículos 82, e), 52.1 y 53, e), de la Ley Jurisdiccional.

Segundo.-Que debemos estimar y estimamos los recursos contencioso-administrativos números 2.475, 2.476, 2.478, 2.479 y 2.480 del año 1991, únicamente en el sentido de declarar contrario a derecho los Reales Decretos en cuanto a la denominación de los títulos universitarios que expresan. Se modifica el artículo único, la disposición transitoria y el anexo de los citados Decretos, así:

La denominación "Ingeniero técnico" en Instalaciones Electro Mecánicas Mineras, se sustituye por la de Ingenieros de Minas, especialidad: Instalaciones Electromecánicas Mineras.

La denominación "Ingeniero técnico en Mineralurgia y Metalurgia", se sustituye por la de Ingeniero técnico de Minas, especialidad: Mineralurgia y Metalurgia.

La denominación "Ingeniero técnico en Explotación de Minas", se sustituye por la de Ingeniero técnico de Minas, especialidad: Explotación de Minas.

La denominación "Ingeniero técnico de Sondeos y Prospecciones Mineras", se sustituye por la de Ingeniero técnico de Minas, especialidad: Sondeos y Prospecciones Mineras.

La denominación "Ingeniero técnico de Recursos Energéticos, Combustibles y Explosivos", se sustituye por la de Ingeniero técnico de Minas, especialidad: Recursos Energéticos, Combustibles y Explosivos.

En todo lo demás declaramos que los Reales Decretos impugnados, son conformes a Derecho.

Tercero.-Sin costas.»

Vista la anterior Resolución, el Consejo de Ministros ha dispuesto conforme a lo prevenido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.

Esta Secretaría General Técnica ha resuelto dar publicidad al citado Acuerdo para general conocimiento.

Madrid, 7 de marzo de 1996.-El Secretario General Técnico, Javier Lamana Palacios.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 07/03/1996
  • Fecha de publicación: 28/03/1996
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 181 de 27 de julio de 1996 (Ref. BOE-A-1996-17362).
Referencias anteriores
  • DISPONE el cumplimiento de la Sentencia:
  • CITA Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1956-17970).
Materias
  • Ingenieros de Minas
  • Ingenieros Técnicos de Minas
  • Títulos académicos y profesionales

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