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Documento BOE-A-1996-7141

Resolución de 6 de marzo de 1996, del Instituto de la Juventud, por la que se convoca la concesión de ayudas para la realización de intercambios de grupos de jóvenes en el marco de la Decisión número 818/95/CE del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se adopta el programa comunitario «La juventud con Europa» (tercera fase).

Publicado en:
«BOE» núm. 76, de 28 de marzo de 1996, páginas 11974 a 11982 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1996-7141

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el apartado segundo de la Orden del Ministerio de Asuntos Sociales, de fecha 17 de enero de 1996 («Boletín Oficial del Estado» número 20, del 23), por la que se establecen las bases reguladoras par la concesión de ayudas a intercambios de grupos de jóvenes en el marco del programa «La juventud con Europa» (tercera fase), procede efectuar la correspondiente convocatoria.

En su virtud, este Instituto de la Juventud ha dispuesto:

Primero. Convocar la concesión de ayudas correspondientes a 1996 con cargo al concepto presupuestario 27.208.323 A 483 del Instituto de la Juventud.

Segundo. Cuantía y distribución.-1. El importe de las ayudas convocadas asciende a 1.155.137 ecus.

2. Al menos un tercio de estos recursos se destinarán a proyectos cuyos beneficiarios sean jóvenes desfavorecidos por razones de índole cultural, social, económica, física, mental o geográfica, según lo establecido en el artículo 4 de la Decisión antes indicada.

3. De la cantidad indicada en el punto 1, se asigna, en principio:

3.1 El 10 por 100 para proyectos de intercambio presentados por asociaciones y entidades de ámbito nacional (115.513 ecus).

3.2 El 90 por 100 para proyectos de intercambio presentados por asociaciones, entidades y grupos de jóvenes no asociados de ámbito regional y local (1.039.624 ecus).

4. Los organismos de juventud de las Comunidades Autónomas podrán proponer a la Comisión Evaluadora que se establece en el apartado sexto de la Orden del Ministerio de Asuntos Sociales antes citada, ayudas para las solicitudes por ellos tramitadas.

4.1 La capacidad de propuesta de cada Comunidad Autónoma se ha establecido, de acuerdo con lo determinado en el apartado segundo de la susodicha Orden, teniendo en cuenta lo siguiente:

4.1.1 Asignación de una base mínima común de 6.000 ecus a todas las Comunidades Autónomas y de 3.000 a Ceuta y Melilla.

4.1.2 El porcentaje de población de jóvenes entre quince y veinticinco años de cada Comunidad Autónoma, ponderado con los siguientes factores:

4.1.2.1 El PIB de cada Comunidad Autónoma en relación con la media nacional.

4.1.2.2 Factores de índole social y geográfica (tasa de desempleo juvenil e insularidad).

4.2 Habida cuenta de lo indicado en el punto anterior, la capacidad de propuesta de cada Comunidad Autónoma, para 1996, en ecus y en término de porcentaje de la cuantía indicada en el punto 3.2, es la siguiente:

Comunidad Autónoma / Ecus / Porcentaje

Andalucía / 186.101 / 19,33

Aragón / 30.265 / 2,60

Asturias / 30.024 / 2,57

Baleares / 22.290 / 1,74

Canarias / 46.935 / 4,39

Cantabria / 18.294 / 1,31

Castilla y León / 57.674 / 5,54

Castilla-La Mancha / 42.249 / 3,89

Cataluña / 149.258 / 15,37

Comunidad Valenciana / 102.319 / 10,33

Extremadura / 29.291 / 2,49

Galicia / 67.643 / 6,61

Madrid / 129.277 / 13,23

Murcia / 33.568 / 2,95

Navarra / 17.153 / 1,19

País Vasco / 54.678 / 5,22

La Rioja / 11.525 / 0,59

Ceuta / 5.680 / 0,28

Melilla / 5.400 / 0,25

4.3 Esta capacidad de propuesta está supeditada a que los proyectos se adecuen a los criterios de calidad del programa y será válida para las evaluaciones del año 1996. En la evaluación de mayo se podrá adjudicar el remanente que quedase de la cantidad asignada para entidades de ámbito estatal y de las Comunidades Autónomas que no hayan agotado su capacidad de propuesta, para proyectos presentados por Comunidades Autónomas que sí hubieren agotado su capacidad de propuesta. En la evaluación de octubre, todas las cantidades no utilizadas se integrarán en un fondo común que será adjudicado sólo en función de la calidad de los proyectos presentados.

Tercero. Solicitantes.-Podrán solicitar estas ayudas las asociaciones juveniles, las entidades que realicen actividades en favor de los jóvenes y los grupos de jóvenes no asociados que proyecten actividades de intercambio en el marco del programa.

Cuarto. Requisitos.-A) De los participantes:

1. Deberán ser grupos de jóvenes, entre quince y veinticinco años, residentes en un Estado miembro (países de la Unión Europea más Islandia, Liechtenstein y Noruega).

2. El número total de participantes no debe ser inferior a 16 ni superior a 60. En todo caso debe haber un equilibro en el número de participantes por país.

B) De los proyectos:

1. Deben tener claro contenido pedagógico y estar elaborados conjuntamente por los grupos de jóvenes participantes.

2. Deben tener una duración mínima de seis días, excluyendo la duración de los viajes, y máxima de veintiún días.

3. Deben tener una clara dimensión europea.

4. Deben basarse en la convivencia e intercomunicación cultural entre los jóvenes visitantes y los jóvenes del país de acogida.

Quinto. Programas subvencionables.-1. Intercambios bilaterales o trilaterales en los que participen grupos de jóvenes de dos o tres países. Se podrá solicitar ayuda tanto para los gastos de viaje al otro país como para los gastos de desarrollo del programa en el propio país.

2. Encuentros multilaterales en los que participen grupos de jóvenes de cuatro o más Estados miembros. Se podrá solicitar ayuda sólo a la Agencia nacional del país de acogida, tanto para los gastos de acogida como para el viaje internacional de los participantes extranjeros.

Sexto. Solicitudes.-Las solicitudes se formalizarán por triplicado de acuerdo con el modelo que figura como anexo a la presente Resolución, y, según lo establecido en la reiterada Orden, deberán presentarse, de acuerdo con los respectivos ámbitos de competencia, en el Instituto de la Juventud o en los organismos de juventud de las Comunidades Autónomas.

Séptimo. Plazos.-Hasta el 1 de mayo de 1996. Para las actividades que se realicen entre el 1 de julio y el 30 de noviembre de 1996.

Hasta el 1 de octubre de 1996. Para las actividades que se realicen entre el 1 de diciembre de 1996 y el 30 de abril de 1997.

Octavo. Evaluación.-La evaluación de los proyectos se realizará por la Comisión Evaluadora, establecida de acuerdo con lo indicado en el apartado sexto de la reiterada Orden, que tendrá en cuenta los criterios de valoración establecidos en el apartado séptimo de la misma.

Noveno. Resolución.-La resolución sobre las ayudas solicitadas se dictará en el plazo de dos meses desde la fecha límite fijada para la presentación de los correspondientes proyectos, según se establece en el apartado séptimo de la presente.

Aquélla se dictará con sujeción a cuanto se establece en la reiterada Orden.

En el supuesto de que transcurrido el plazo máximo para resolver, esto no se hiciera expresamente, se podrá entender desestimada la solicitud.

Madrid, 6 de marzo de 1996.-La Directora general, Rosa María Escapa Garrachón.

ANEXO

PROGRAMA «LA JUVENTUD CON EUROPA»

Acción A.I

FORMULARIO DE SOLICITUD PARA INTERCAMBIOS DE GRUPOS DE JóVENES

Notas aclaratorias para cumplimentar el impreso de solicitud de ayuda para intercambios de grupos de jóvenes (Accíón A.I)

Para solicitar ayudas en el marco del programa «La juventud con Europa», hay distintos formularios según las diferentes acciones del programa.

Este formulario se debe utilizar para la acción A «Intercambios de jóvenes entre países comunitarios».

Lea detenidamente la guía del candidato antes de completar el formulario.

En caso de duda sobre algunas cuestiones, solicite información a la agencia en las direcciones que figuran al final de estas notas.

1.a) Tipo de intercambio.-Por países intracomunitarios se entienden los 15 Estados miembros de la Unión Europea más Islandia, Liechtenstein y Noruega. En adelante estos 18 países se denominan países miembros del programa.

En cada uno de estos países existe, para la aplicación del programa, una Agencia Nacional Juventud con Europa que es vuestro interlocutor.

Indicar con claridad el tipo de intercambio que queréis organizar: Bilateral (con un sólo interlcutor), trilateral (con dos interlocutores), multilateral (con más de dos interlocutores) y si se trata de una acogida en vuestro país o de un envío a otro país.

1.b) Resumen de las actividades previstas.-Cualquiera que sea la naturaleza del intercambio, se trata de dar una rápida descripción que sirva para presentar el proyecto. Procurad que sea atractiva, informativa y concisa.

En el caso de que la solicitud se dirija a la Comisión Europea, conviene que este resumen se haga en alemán, francés o inglés.

2. Ficha de identificación de la organización o grupo de jóvenes solicitantes.

2.a) Por medio de las indicaciones de este apartado se trata de que se tenga un conocimiento claro de vuestro grupo. Sed precisos en vuestra respuesta, indicando, en particular, el tipo de estructura a que pertenecéis y el ámbito habitual de actividad (local, regional, nacional). Las informaciones que se piden servirán para mantener el contacto con vosotros. No omitáis ninguna de las indicaciones que permitan una comunicación rápida, clarificando bien quién es la persona de contacto para el proyecto, que no tiene que ser necesariamente el responable de la entidad.

2.b) Completar la ficha con una descripción sucinta de vuestra asociación, teniendo en cuenta que la van a leer personas que no conocen nada de vuestra asociación. Sed concretos y evitad los grandes discursos teóricos. Adjuntad los estatutos de la entidad -u otros documentos que permitan verificar la existencia legal de vuestra entidad y de que puede solicitar ayuda en el momento de formular la solicitud- en el caso de no tratarse de una organización europea o presentar la solicitud por primera vez. Si vuestra entidad es activa en el ámbito local, regional o nacional y es miembro de una organización más amplia (europea o internacional) indicar el nombre completo de esta organización central (en inglés, si es posible).

3. Interlocutores.-Este apartado servirá a la comisión y a las Agencias nacionales para identificar a vuestros interlocutores y para consultarles. Indicar con precisión la dirección, teléfono y fax a fin de evitar que vuestra solicitud sea rechazada por el hecho de que vuestros interlocutores no hayan podido ser identificados o contactados.

Es deseable que vuestros interlocutores presenten también el proyecto en sus respectivas Agencias nacionales.

En la medida de lo posible, adjuntad copia de la primera página de su solicitud.

4. Los jóvenes.-Se trata aquí de precisiones en cuanto a la composición del grupo. Se recuerda que:

Un intercambio debe comportar un mínimo de 15 y un máximo de 60.

La edad requerida es de quince años cumplidos en el año en curso.

Aunque el tramo de edad va de quince a veinticinco años, es difícil que colaboren entre sí grupos de edad muy variada. Limitad el tramo de edad y concertad con vuestros interlocutores para asegurar que haya igualdad en la edad y en la madurez de los participantes.

La participación mixta es un elemento educativo importante. No olvidar que, en algunos países la igualdad de sexos es más teórica que práctica y que será preciso abordar situaciones ligadas a diferencias de costumbres, educación, religión.

Si consideráis que algunos participantes jóvenes son desfavorecidos, indicar los criterios en que se basa esta consideración.

5. El equipo de animación.-El objetivo de este apartado es doble: De una parte, conocer y mejorar el conocimiento de las necesidades reales de formación para los intercambios, por otra parte, medir el enfoque de partenariado del proyecto. Por tanto, recomendamos que se sea lo más preciso posible al mencionar en el punto 5.b) los cursos de formación, las visitas de estudio, visitas preparatorias, incluso los intercambios en que hayan participado los animadores.

6. Proyecto.-Tomad los puntos de esta parte del formulario como un listado de las cuestiones que en un momento u otro habéis debido plantearos. El esfuerzo de poner por escrito todo lo que hayáis pensado os ayudará a pulir el proyecto y a hacerlo más comprensible.

Explicar especialmente cómo se han implicado los jóvenes en todas las fases del proyecto: Preparación, realización y evaluación.

7. Precisiones presupuestarias.-Se centran, ante todo, en el número de participantes, la duración de la estancia y el objetivo del intercambio.

7.a-b) En lo que concierne a costes elegibles sólo se consideran los costos engendrados por el intercambio mismo. No se toman en cuenta, por ejemplo, los costes de personal habitual (el trabajador social que trabaja con los jóvenes durante todo el año, por ejemplo). En cambio, sí se consideran los gastos y viaje con el grupo porque están directamente ligados con el intercambio.

Tampoco pueden ser tenidos en cuenta las compras de equipamiento. Si un grupo propone un intercambio sobre la base de un taller de vídeo, se supone que ya dispone del material de base. La ayuda que se conceda completará las necesidades de funcionamiento, pero no permitirá la compra de material como cámaras, banco de montaje, ...

En lo que concierne a los gastos de viaje se consideran los gastos de la tarifa más económica posible. Debéis justificar las razones de la elección del medio de transporte (individual o colectivo, autobús, tren, avión, barco...) (P. 11) y adjuntar un presupuesto de gastos de transporte a la solicitud de subvención. En algunos casos (para actividades multilaterales especialmente) puede interesar comprar los billetes en los países de vuestros interlocutores, en los que puede haber algunas compañías que ofrezcan tarifas más interesantes. (Informad, en su caso, de estas negociaciones para que puedan beneficiarse otros grupos). Los gastos de transporte desde el aeropuerto o la estación al lugar de la actividad también son contemplados como gastos de viaje.

Por «coste de transporte local» (P. 11), se debe entender los gastos de transporte en el lugar de la actividad.

Preved en el presupuesto los gastos de seguros y bancarios. En cuanto a los seguros, tomad contacto con vuestros interlocutores para compartir los gastos o decidir el mejor sistema de aseguración, teniendo en cuenta las obligaciones legales de cada país. La legislación de algunos países ofrece prestaciones más importantes a menor coste.

En lo que concierne a los gastos bancarios, organizaos con vuestro interlocutor para no hacer más que una operación de cambio; ya que cada operación de cambio está sujeta a una tasa, es preferible reducir el número de operaciones.

7.c) En el punto 7.c), estimación de ingresos, el apartado «Contribución de vuestra organización, grupo, estructura» debe detallarse claramente. En el caso, por ejemplo, del préstamo de un vehículo hay que precisar las reglas de cálculo que han permitido hacer vuestra estimación (reembolso por kilómetros, precio fijo, ...). Si se trata de una compensación (por ejemplo: Puesta a disposición de un local por una autoridad local), esta debe figurar en el capítulo de gastos.

Elaborad el presupuesto en la moneda nacional. El contrato que se les enviará fijará el montante en ecus, al cambio en curso en el mes de la fecha límite para la presentación de vuestra solicitud.

8. Firma.-En algunos casos la solicitud puede que se presente por una persona que es distinta a la que será la responsable de la actividad. En este caso, la persona que solicita la subvención debe firmar en la parte izquierda de la página y la persona responsable de la actividad en la parte derecha. Si se trata de la misma persona, es preferible que firme dos veces a fin de evitar confusiones.

En el caso de intercambios multilaterales, adjuntar cartas firmadas por los distintos interlocutores.

9. Presentación de solicitudes.

9.1 El impreso de solicitud debe cumplimentarse a máquina o con letra de imprenta legible.

9.2 En los intercambios bilaterales y trilaterales que tengan reciprocidad (acogida en España y envío al otro país) deben presentarse dos solicitudes distintas: Una para acogida y otra para envío.

9.3 La solicitud, en tres ejemplares, debe dirigirse a la Agencia Nacional, teniendo en cuenta que:

a) Las entidades de ámbito estatal y las de Ceuta y Melilla lo harán directamente al Instituto de la Juventud (calle José Ortega y Gasset, 71, 28006 Madrid).

b) Las entidades juveniles o grupos de jóvenes con implantación en una sola Comunidad Autónoma lo harán en los organismos de juventud de la Comunidad Autónoma correspondiente, cuyas direcciones figuran a continuación:

(MODELO OMITIDO)

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