El Real Decreto 574/1991, de 22 de abril, por el que se regula transitoriamente el ingreso en los Cuerpos de Funcionarios Docentes a que se refiere la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, dispone en su artículo 28 que, concluida la fase de prácticas, los órganos convocantes aprobarán los expedientes del proceso selectivo y los remitirán al Ministerio de Educación y Ciencia, que aprobará y publicará la lista de ingresados en los diferentes cuerpos.
Por Orden de 19 de julio de 1995, el Director general de Personal de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, se declaran aptos en la fase de prácticas y aprobados en los procedimientos selectivos de ingreso y acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, convocados por Orden de 30 de marzo de 1993, a los aspirantes seleccionados que se encontraban en situación de aplazamiento legal de la fase de prácticas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 del Real Decreto 574/1991, de 22 de abril, y Real Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre, de atribución de competencias en materia de personal,
Este Ministerio, a propuesta de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, ha dispuesto:
Primero.-Nombrar funcionarios de carrera a los aspirantes seleccionados en los procedimientos selectivos, convocados por Orden de 30 de marzo de 1993, que aparecen relacionados en el anexo a la presente Orden, con indicación del Cuerpo, especialidad y Número de Registro de Personal que les corresponde.
Segundo.-Los nombrados a través de la presente Orden se considerarán ingresados como funcionarios de carrera del cuerpo por el que superaron el procedimiento selectivo, con efectos de 1 de octubre de 1995.
Tercero.-Aquellos profesores de los nombrados que ya sean funcionarios de otro Cuerpo de la Administración del Estado, deberán optar por su incorporación en uno de ellos, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
Cuarto.-Contra la presente Orden, los interesados podrán interponer, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», recurso contencioso-administrativo, previa comunicación a la Dirección General de Personal y Servicios, según lo establecido en el artículo 37 de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, y el artículo 110 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992.
Madrid, 22 de marzo de 1996.-P. D. (Orden de 1 de marzo de 1996 («Boletín Oficial del Estado» del 2), el Director general de Personal y Servicios, Adolfo Navarro Muñoz.
Ilmo. Sr. Director general de Personal y Servicios.
ANEXO
Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria
NRP / Apellidos y nombre / DNI
Especialidad: Matemáticas
4336125024 / Estévez Hernández, Santiago / 43.361.250
Especialidad: L. y L. Catalana
Pérez Martel, José María / 4377744668 / 43.777.446
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid