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Documento BOE-A-1996-7507

Resolución de 13 de diciembre de 1995, de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrícolas, por la que se acuerda la publicación de los convenios de colaboración entre el Gobierno de la Nación y las Comunidades Autónomas de Andalucía, Aragón, Cataluña y Comunidad Valenciana, en materia de pre y postcontrol de semillas de diversas especies agrícolas.

Publicado en:
«BOE» núm. 81, de 3 de abril de 1996, páginas 12583 a 12587 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1996-7507

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8, apartado 2, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sobre convenios entre la Administración del Estado y las Comunidades Autónomas, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de los convenios que figuran como anejo a esta Resolución y a continuación se relacionan: Andalucía, Aragón, Cataluña y Comunidad Valenciana, para la realización de ensayos de pre y postcontrol de semillas de diversas especies agrícolas dentro del ámbito territorial de cada una de las Comunidades citadas.

Madrid, 13 de diciembre de 1995.-El Director general, Francisco Daniel Trueba Herranz.

Convenio de colaboración entre la Administración General del Estado (Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación) y la Comunidad Autónoma de Andalucía (Consejeria de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía) para la realizacion de ensayos de control varietal de diversas especies

En Madrid, a 10 de octubre de 1995,

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don Luis María Atienza Serna, Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 912/1994, de 5 de mayo, en nombre y representación del Gobierno de la Nación, de conformidad con el Acuerdo de Consejo de Ministros de 21 de julio de 1995.

Y de otra, el excelentísimo señor don Paulino Plata Cánovas, Consejero de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, conforme a lo dispuesto en el Decreto 149/1994, de 2 de agosto, según Ley 6/1993, de 21 de julio, artículo 39, apartado 7.º

Ambas partes se reconocen recíprocamente capacidad legal para obligarse y otorgar el presente convenio, a cuyo efecto

EXPONEN

Que la Comunidad Autónoma de Andalucía tiene competencia exclusiva en materia de agricultura, de acuerdo con lo establecido en el artículo 18, apartado 4, de su Estatuto de Autonomía, y por parte de la Administración General del Estado se requiere establecer mecanismos de colaboración para cumplir con lo establecido en la normativa vigente en materia de control de calidad de semillas.

Que, de acuerdo con el Real Decreto 996/1985, de 25 de mayo, sobre traspaso de funciones de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de semillas y plantas de vivero, y dentro de las funciones para las que se establecen que han de concurrir la Administración del Estado y la Comunidad Autónoma (apartado D.2.f del anexo I) figura la realización de los ensayos de postcontrol, preceptivos para el control de calidad de las semillas certificadas.

Una vez determinado el plan de ensayos, aquéllos que se llevaran a cabo dentro del territorio de esta Comunidad se realizarán por su personal técnico. Los gastos que originan la realización de estos cultivos son sufragados con cargo a los créditos que para la ejecución de este plan nacional de ensayos están asignados en los presupuestos de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrícolas, dentro de los del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

En su virtud, ambas partes acuerdan la suscripción del presente convenio, de conformidad y con sujeción a las siguientes

CLAUSULAS

Primera. Objeto del convenio.-Es objeto del presente convenio de colaboración la realización de ensayos de precontrol y postcontrol de carácter nacional correspondientes a la campaña de 1995 en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de acuerdo con el plan de trabajo, los protocolos y la normativa vigente en la materia.

Segunda. Aportación económica.-La valoración de estos proyectos, según desglose especificado en el anexo, asciende a la cantidad máxima de 1.681.000 pesetas, que serán satisfechas por la Dirección General de Producciones y Mercados Agrícolas, con cargo a la partida presupuestaria 21.06.712C.640, mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente de esa Comunidad Autónoma a nombre de Junta de Andalucía, cuenta corriente número 5002, en el Banco de España de Sevilla, previas certificaciones y conformidad expresa de los trabajos realizados de acuerdo con los protocolos.

Tercera. Operaciones que realizará la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía.

a) Ejecutar los proyectos siguiendo los protocolos y normas en vigor.

b) Remitir los resultados de los proyectos en los plazos y en las condiciones que se indican en los protocolos.

Cuarta. Operaciones que realizará el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (Dirección General de Producciones y Mercados Agrícolas, a través de la Subdirección General del Instituto Nacional de Semillas y Plantas de Vivero).

a) Participar en el seguimiento de los proyectos.

b) Efectuar la publicación de los resultados, haciendo constar la realización conjunta de los trabajos con la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía.

Quinta. Seguimiento de los proyectos.-Al final de la campaña, ambas partes se revisarán y certificarán la ejecución del plan de trabajo previsto.

Sexta. Duración del convenio.-La duración del presente convenio será la de la campaña 1995.

Séptima. Jurisdicción.-Las cuestiones litigiosas que pudieran surgir en la interpretación y cumplimiento del presente convenio serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional de lo contencioso-administrativo.

Y en prueba de conformidad, así como para la debida constancia de cuanto queda convenido, una y otra parte intervinientes firman el presente convenio, por triplicado ejemplar, en el lugar y fecha al principio indicados.

Por el Gobierno de la Nación, Luis María Atienza Serna, Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación.-Por la Comunidad Autónoma de Andalucía, Paulino Plata Cánovas, Consejero de Agricultura y Pesca.

ANEXO

Presupuesto de ensayos de precontrol y postcontrol con la Comunidad Autónoma andaluza

Cada muestra tomada en el momento del precintado se siembra en una parcela, cuyas dimensiones aproximadas son:

Cereales (trigo, cebada, avena, centeno, triticale, arroz): Precotrol = 12 metros cuadrados.

Textiles (algodón, lino, cáñamo): Precontrol = 60 metros cuadrados. Poscontrol: 40 metros cuadrados.

Oleaginosas (girasol): Postcontrol = 20 metros cuadrados.

Los costes de ejecución de estos ensayos, referidos a cada parcela y la parte correspondiente de pasillo, bordes, etc., son los siguientes:

Pesetas/parcela

-

Precontrol

Cereales (menos arroz):

1. Labores preparatorias (alzar, binar, etc.) y fertilización / 325

2. Marcado y siembra / 250

3. Labores de cultivo (riego, escardas, tratamientos fitosanitarios, etc.), limpieza de pasillos y estaquillado / 325

Suma / 900

Girasol: / Postcontrol

1. Labores preparatorias (alzar, binar, etc.) y fertilización. / 200

2. Marcado y siembra / 200

3. Labores de cultivo (riego, escardas, tratamientos fitosanitarios, etc.), limpieza de pasillos y estaquillado / 350

Suma / 750

Arroz de grano largo:

1. Labores preparatorias (alzar, binar, etc.) y fertilización. / 550

2. Marcado y siembra / 450

3. Labores de cultivo (riego, escardas, tratamientos fitosanitarios, etc.), limpieza de pasillos y estaquillado / 700

Suma / 1.700

Textiles: / Precontrol

1. Labores preparatorias (alzar, binar, etc.) y fertilización. / 550

2. Marcado y siembra / 400

3. Labores de cultivo (riego, escardas, tratamientos fitosanitarios, etc.), limpieza de pasillos y estaquillado / 550

Suma / 1.500

Ensayos planteados y coste de los mismos

Comunidad Andaluza: / Pesetas

Precontrol de cereales (trigo, cebada, avena y triticale): 380 muestras x 900 pesetas/muestra / 342.000

Precontrol de algodón: 100 muestras x 1.500 pesetas/muestra / 150.000

Postcontrol de girasol: 1.200 muestras x 700 pesetas / 900.000

Precontrol de arroz: 170 muestras x 1.700 pesetas / 289.000

Total / 1.681.000

Convenio de Colaboración entre la Administración General del Estado (Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación) y la Comunidad Autónoma de Aragón (Departamento de Agricultura y Medio Ambiente) para la realizacion de ensayos de postcontrol de alfalfa

En Madrid a 13 de noviembre de 1995,

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don Luis María Atienza Serna, Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 912/1994, de 5 de mayo, en nombre y representación del Gobierno de la Nación, de conformidad con el Acuerdo de Consejo de Ministros de 21 de julio de 1995.

Y de otra, el excelentísimo señor don José Manuel Lasa Dolhagaray, Consejero de Agricultura y Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de Aragón, conforme a lo dispuesto en el Decreto de 11 de julio de 1995, por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Diputación General de Aragón de 10 de noviembre de 1995.

Ambas partes se reconocen recíprocamente capacidad legal para obligarse y otorgar el presente convenio, a cuyo efecto

EXPONEN

Que la Comunidad Autónoma de Aragón, tiene competencia exclusiva en materia de agricultura, de acuerdo con lo establecido en el artículo 35, apartado 8, de su Estatuto de Autonomía, y por parte de la Administración General del Estado se requiere establecer mecanismos de colaboración para cumplir con lo establecido en la normativa vigente, en materia de control de calidad de semillas.

Que de acuerdo con el Real Decreto 269/1985, de 6 de febrero, sobre traspaso de funciones de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de semillas y plantas de vivero, y dentro de las funciones para las que se establecen que han de concurrir la Administración del Estado y la Comunidad Autónoma (apartado D.2.f del anexo I), figura la realización de los ensayos de postcontrol, preceptivos para el control de calidad de las semillas certificadas.

Una vez determinado el plan de ensayos, aquellos que se llevaran a cabo dentro del territorio de esta Comunidad se realizarán por su personal técnico. Los gastos que origina la realización de estos cultivos son sufragados con cargo a los créditos que para la ejecución de este plan nacional de ensayos están asignados en los presupuestos de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrícolas, dentro de los del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

En su virtud, ambas partes acuerdan la suscripción del presente convenio, de conformidad y con sujeción a las siguientes

CLAUSULAS

Primera. Objeto del convenio.-Es objeto del presente convenio de colaboración la realización de ensayos de postcontrol de carácter nacional correspondientes a la campaña de 1995 en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón, de acuerdo con el plan de trabajo, los protocolos y la normativa vigente en la materia.

Segunda. Aportación económica.-La valoración de estos proyectos, según desglose especificado en el anexo, asciende a la cantidad máxima de 350.400 pesetas, que serán satisfechas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrícolas, con cargo a la partida presupuestaria 21.06.712C.640, mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente de esa Comunidad Autónoma a nombre de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuenta corriente número 1 de la clase 35, en el Banco de España de Zaragoza, previas certificaciones y conformidad expresa de los trabajos realizados de acuerdo con los protocolos.

Tercera. Operaciones que realizará el Departamento de Agricultura y Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de Aragón.

a) Ejecutar los proyectos siguiendo los protocolos y normas en vigor.

b) Remitir los resultados de los proyectos en los plazos y en las condiciones que se indican en los protocolos.

Cuarta. Operaciones que realizará el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (Dirección General de Producciones y Mercados Agrícolas, a través de la Subdirección General del Instituto Nacional de Semillas y Plantas de Vivero).

a) Participar en el seguimiento de los proyectos.

b) Efectuar la publicación de los resultados, haciendo constar la realización conjunta de los trabajos con el Departamento de Agricultura y Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Quinta. Seguimiento de los proyectos.-Al final de la campaña, ambas partes se revisarán y certificarán la ejecución del plan de trabajo previsto.

Sexta. Duración del convenio.-La duración del presente convenio será la de la campaña 1995.

Séptima. Jurisdicción.-Las cuestiones litigiosas que pudieran surgir en la interpretación y cumplimiento del presente convenio serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional de lo contencioso-administrativo.

Y en prueba de conformidad, así como para la debida constancia de cuanto queda convenido, una y otra parte intervinientes firman el presente convenio, por triplicado ejemplar, en el lugar y fecha al principio indicados.

Por el Gobierno de la Nación, Luis María Atienza Serna, Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación.-Por la Comunidad Autónoma de Aragón, José Manuel Lasa Dolhagaray, Consejero de Agricultura y Medio Ambiente.

ANEXO

Presupuesto de ensayos de precontrol y postcontrol con la Comunidad Autónoma de Aragón

Cada muestra tomada en el momento del precintado se siembra en una parcela, cuyas dimensiones aproximadas son:

Alfalfa: Postcontrol (invernadero) = 2 metros cuadrados.

Los costes de ejecución de estos ensayos, referidos a cada parcela y la parte correspondiente de pasillo, bordes, etc., son los siguientes:

Labores preparatorias (alzar, binar, etc.), y fertilización: 190 pesetas/parcela.

Marcado y siembras: 500 pesetas/parcela.

Labores de cultivo (riego, escardas, tratamiento fitosanitarios, etc.), limpieza de pasillos y estaquillado: 770 pesetas/parcela.

Total: 1.460 pesetas/parcela.

Ensayos planteados y coste de los mismos

Postcontrol de alfalfa: 240 muestras x 1.460 pesetas/muestra = 350.400 pesetas.

Convenio de Colaboración entre la Administración General del Estado (Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentacion) y la Generalidad de Cataluña (Consejería de Agricultura, Ganaderia y Pesca) para la realizacion de ensayos de postcontrol de alfalfa

En Madrid a 10 de octubre de 1995.

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don Luis María Atienza Serna, Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 912/1994, de 5 de mayo, en nombre y representación del Gobierno de la Nación, de conformidad con el acuerdo de Consejo de Ministros de 21 de julio de 1995.

Y de otra, el honorable señor don Francesc Xavier Marimont i Sabaté, Consejero de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Generalidad de Cataluña, conforme a lo dispuesto en el Decreto 194/1992, de 14 de septiembre.

Ambas partes se reconocen recíprocamente capacidad legal para obligarse y otorgar el presente convenio, a cuyo efecto.

EXPONEN

Que la Comunidad Autónoma de Cataluña tiene competencia exclusiva en materia de agricultura, de acuerdo con lo establecido en el artículo 12, apartado 4, de su Estatuto de Autonomía, y por parte de la Administración General del Estado se requiere establecer mecanismos de colaboración para cumplir con lo establecido en la normativa vigente en materia de control de calidad de semillas.

Que de acuerdo con el Real Decreto 2033/1983, de 29 de junio, sobre traspaso de funciones de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Cataluña en materia de semillas y plantas de vivero, y dentro de los servicios e instituciones que se traspasan a la Comunidad Autónoma (apartado B.6 del anexo), figura la realización de distintas operaciones necesarias para efectuar la certificación de semillas y plantas de vivero, encontrándose entre éstas los ensayos de postcontrol, preceptivos para el control de calidad de las semillas certificadas.

Una vez determinado el plan de ensayos, aquellos que se llevaran a cabo dentro del territorio de esta Comunidad se realizarán por su personal técnico. Los gastos que originan la realización de estos cultivos son sufragados con cargo a los créditos que para la ejecución de este plan nacional de ensayos están asignados en los presupuestos de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrícolas, dentro de los del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

En su virtud, ambas partes acuerdan la suscripción del presente convenio, de conformidad y con sujeción a las siguientes

CLAUSULAS

Primera. Objeto.-Es objeto del presente convenio de colaboración la realización de ensayos de postcontrol de carácter nacional correspondientes a la campaña de 1995 en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cataluña, de acuerdo con el plan de trabajo, los protocolos y la normativa vigente en la materia.

Segunda. Aportación económica.-La valoración de estos proyectos, según desglose especificado en el anexo, asciende a la cantidad máxima de 350.400 pesetas, que serán satisfechas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrícolas, con cargo a la partida presupuestaria 21.06.712C.640, mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente de la Generalidad de Cataluña a nombre de cuenta general de la Tesorería, cuenta corriente número 35-5-Banco de España (Barcelona), previas certificaciones y conformidad expresa de los trabajos realizados, de acuerdo con el protocolo en vigor.

Tercera. Operaciones que realizará la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Generalidad de Cataluña.

a) Ejecutar los proyectos siguiendo los protocolos y normas en vigor.

b) Remitir los resultados de los proyectos en los plazos y en las condiciones que se indican en los protocolos.

Cuarta. Operaciones que realizará el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (Dirección General de Producciones y Mercados Agrícolas, a través de la Subdirección General del Instituto Nacional de Semillas y Plantas de Vivero).

a) Participar en el seguimiento de los proyectos.

b) Efectuar la publicación de los resultados, haciendo constar la realización conjunta de los trabajos con la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Generalidad de Cataluña.

Quinta. Seguimiento de los proyectos.-Al final de la campaña, ambas partes se revisarán y certificarán la ejecución del plan de trabajo previsto.

Sexta. Duración del convenio.-La duración del presente convenio será la de la campaña 1995.

Séptima. Jurisdicción.-Las cuestiones litigiosas que pudieran surgir en la interpretación y cumplimiento del presente convenio serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional de lo contencioso-administrativo.

Y en prueba de conformidad, así como para la debida constancia de cuanto queda convenido, una y otra parte intervinientes firman el presente convenio, por triplicado ejemplar, en el lugar y fecha al principio indicados.

Por el Gobierno de la Nación, Luis María Atienza Serna, Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación.-Por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca, Francesc Xavier Marimont i Sabaté, Consejero de Agricultura, Ganadería y Pesca.

ANEXO

Presupuesto de ensayos de precontrol y postcontrol con la Comunidad Autónoma de Cataluña

Cada muestra tomada en el momento del precintado se siembra en una parcela, cuyas dimensiones aproximadas son:

Alfalfa: Postcontrol (invernadero) = 2 metros cuadrados

Los costes de ejecución de estos ensayos, referidos a cada parcela y la parte correspondiente de pasillo, bordes, etc., son los siguientes:

Labores preparatorias (alzar, binar, etc.), y fertilización: 190 pesetas/parcela.

Marcado y siembras: 500 pesetas/parcela.

Labores de cultivo (riego, escardas, tratamiento fitosanitarios, etc.), limpieza de pasillos y estaquillado: 770 pesetas/parcela.

Total: 1.460 pesetas/parcela.

Ensayos planteados y coste de los mismos

Postcontrol de alfalfa: 240 muestras x 1.460 pesetas/muestra = 350.400 pesetas.

Convenio de Colaboración entre la Administración General del Estado (Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación) y la Generalidad Valenciana (Consejería de Agricultura y Medio Ambiente) para la realizacion de ensayos de postcontrol de arroz

En Madrid a 28 de noviembre de 1995.

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don Luis María Atienza Serna, Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 912/1994, de 5 de mayo, en nombre y representación del Gobierno de la Nación, de conformidad con el acuerdo de Consejo de Ministros de 21 de julio de 1995.

Y de otra, la honorable señora doña María Angeles Ramón-Llin Martínez, Consejera de Agricultura y Medio Ambiente de la Generalidad Valenciana, conforme a lo dispuesto en el Decreto 14/1995, de 6 de julio, y expresamente facultado para este acto por acuerdo del Gobierno Valenciano de fecha 28 de noviembre de 1995.

Ambas partes se reconocen recíprocamente capacidad legal para obligarse y otorgar el presente convenio, a cuyo efecto

EXPONEN

Que la Comunidad Valenciana, tiene competencia exclusiva en materia de agricultura, de acuerdo con lo establecido en el artículo 34, apartado 4.º de su Estatuto de Autonomía, y por parte de la Administración General del Estado se requiere fijar mecanismos de colaboración para cumplir con lo establecido en la normativa vigente, en materia de control de calidad de semillas.

Que de acuerdo con el Real Decreto 1329/1985, de 17 de julio, sobre traspaso de funciones de la Administración del Estado a la Comunidad Valenciana en materia de semillas y plantas de vivero, y dentro de las funciones para las que se establecen que han de concurrir la Administración del Estado y la Comunidad Autónoma (apartado D.2.f del anexo I), figura la realización de los ensayos de postcontrol, preceptivos para el control de calidad de las semillas certificadas.

Una vez determinado el plan de ensayos, aquellos que se llevaran a cabo dentro del territorio de esta Comunidad se realizarán por su personal técnico. Los gastos que originan la realización de estos cultivos son sufragados con cargo a los créditos que para la ejecución de este plan nacional de ensayos están asignados en los presupuestos de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrícolas, dentro de los del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

En su virtud, ambas partes acuerdan la suscripción del presente convenio, de conformidad y con sujeción a las siguientes

CLAUSULAS

Primera. Objeto.-Es objeto del presente convenio de colaboración, la realización de ensayos de postcontrol de carácter nacional correspondientes a la campaña de 1995, en el ámbito territorial de la Comunidad Valenciana, de acuerdo con el plan de trabajo, los protocolos y la normativa vigente en la materia.

Segunda. Aportación económica.-La valoración de estos proyectos, según desglose especificado en el anexo, asciende a la cantidad máxima de 192.000 pesetas, que serán satisfechas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrícolas, con cargo a la partida presupuestaria 21.06.712C.640, mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente de esa Comunidad Autónoma, a nombre de Generalidad Valenciana, Consejería de Economía y Hacienda, cuenta corriente número 351-8, en el Banco de España, sucursal de Valencia 0066, previas certificaciones y conformidad expresa de los trabajos realizados de acuerdo con los protocolos.

Tercera. Operaciones que realizará la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente.

a) Ejecutar los proyectos siguiendo los protocolos y normas en vigor.

b) Remitir los resultados de los proyectos en los plazos y en las condiciones que se indican en los protocolos.

Cuarta. Operaciones que realizará el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (Dirección General de Producciones y Mercados Agrícolas, a través de la Subdirección General del Instituto Nacional de Semillas y Planas de Vivero).

a) Participar en el seguimiento de los proyectos.

b) Efectuar la publicación de los resultados, haciendo constar la realización conjunta de los trabaos con la Consejera de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Junta de Andalucía.

Quinta. Seguimiento de los proyectos.-Al final de la campaña, ambas partes se revisarán y certificarán la ejecución del plan de trabajo previsto.

Sexta. Duración del convenio.-La duración del presente convenio será la de la campaña 1995.

Séptima. Jurisdicción.-Las cuestiones litigiosas que pudieran surgir en la interpretación y cumplimiento del presente convenio serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional de lo xontencioso-administrativo.

Y en prueba de conformidad, así como para la debida constancia de cuanto queda convenido, una y otra parte intervinientes firman el presente convenio, por triplicado ejemplar, en el lugar y fecha al principio indicados.

Por el Gobierno de la Nación, Luis María Atienza Serna, Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación.-Por la Comunidad Valenciana, María Angeles Ramón-Llin Martínez, Consejera de Agricultura y Medio Ambiente.

ANEXO

Presupuesto ensayos de postcontrol con la Comunidad Valenciana

Cada muestra tomada en el momento del precintado se siembra en una parcela, cuyas dimensiones aproximadas son:

Cereales (arroz): Postcontrol = 8 metros cuadrados.

Los costes de ejecución de estos ensayos, referidos a cada parcela y la parte correspondiente de pasillo, bordes, etc., son los siguientes:

Postcontrol

-

Pesetas/parcela

Arroz de grano corto:

1. Labores preparatorias (alzar, binar, etc.), y fertilización. / 400

2. Marcado y siembras / 250

3. Labores de cultivo (riego, escardas, tratamientos fitosanitarios, etc.), limpieza de pasillos y estaquillado / 350

Total / 1.000

Ensayos planteados y coste de los mismos

Postcontrol de grano corto:

192 muestras x 1.000 pesetas/muestra = 192.000 pesetas

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