En el recurso contencioso-administrativo número 1.458/1992, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «France Glaces Findus, Sociedad Anónima», contra Resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 5 de abril de 1991 y de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 14 de septiembre de 1992, se ha dictado, con fecha 6 de octubre de 1995, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador señor Codes Feijoo, en representación de la entidad "France Glaces Findus, Sociedad Anónima", contra la Resolución del Registro de la Propiedad Industrial de fecha 5 de abril de 1991, confirmada en reposición por la de 14 de septiembre de 1992, que acordó la inscripción de la marca número 1.319.702 "Delicass Sociedad de Alimentación, Sociedad Anónima", para amparar productos de la clase 30 de Nomenclátor, debemos declarar y declaramos las mencionadas Resoluciones disconformes con el ordenamiento jurídico, anulándolas y acordando, en consecuencia, la denegación de la inscripción de la marca número 1.319.702 "Delicass, Sociedad de Alimentación, Sociedad Anónima", para los productos reivindicados de la clase 30.ª del Nomenclátor.
Todo ello sin hacer especial imposición de las costas causadas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 29 de febrero de 1996.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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