Está Vd. en

Documento BOE-A-1996-8639

Orden de 12 de abril de 1996 por la que se encomienda a la Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras la liquidación de la entidad «Fianzas y Crédito, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima», y se revoca la autorización administrativa para ejercer la actividad aseguradora privada.

Publicado en:
«BOE» núm. 93, de 17 de abril de 1996, páginas 14012 a 14012 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1996-8639

TEXTO ORIGINAL

En el ejercicio de las funciones inspectoras y supervisoras que la legislación vigente encomienda a la Dirección General de Seguros, se detectaron determinadas insuficiencias patrimoniales y de gestión en la entidad aseguradora «Fianzas y Crédito, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima».

Como consecuencia de las mismas, la Dirección General de Seguros adoptó en, sucesivas resoluciones administrativas, diversas medidas de control especial, y, entre ellas, la sustitución de los Administradores de «Fianzas y Crédito, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima», y la designación de tres Administradores provisionales, con arreglo a lo previsto en el artículo 39 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.

Del análisis de la situación patrimonial real de la entidad se desprende que «Fianzas y Crédito, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima», incurre a 31 de diciembre de 1995 en la causa de disolución prevista en el artículo 26.5 de la citada Ley 30/1995, de 8 de noviembre, en relación con el artículo 260.1.4.º de la Ley de Sociedades Anónimas y, que, en la actualidad, no ha superado dicha situación.

Convocada por los Administradores provisionales designados por la Dirección General de Seguros la Junta general extraordinaria de accionistas para remover la causa de disolución o para, alternativamente, acordar la disolución de la entidad, y celebrada la Junta el día 9 de abril de 1996, se ha acordado disolver la entidad y solicitar a la Dirección General de Seguros que la liquidación se encomiende a la Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras prevista en los artículos 29 y siguientes de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre.

Por otra parte, al amparo de lo previsto en el último inciso del artículo 25.1.c) de la citada Ley 30/1995, se hace preciso acordar la revocación de la autorización administrativa concedida a la entidad «Fianzas y Crédito, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima».

A la vista de lo anterior, de los demás antecedentes que constan en el expediente tramitado por la Dirección General de Seguros, y de lo dispuesto en los artículos 25.1.c), 27.2.b) y 31.1.d) de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, este Ministerio ha acordado lo siguiente:

Primero.-Encomendar la liquidación de «Fianzas y Crédito, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima», a la Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras regulada en los artículos 29 y siguientes de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.

Segundo.-Revocar la autorización administrativa concedida para el ejercicio de la actividad aseguradora privada a la entidad «Fianzas y Crédito, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima», con arreglo a lo dispuesto en el artículo 25.1.c) de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre.

Madrid, 12 de abril de 1996.-P. D., el Secretario de Estado de Economía, Manuel Conthe Gutiérrez.

Ilmo. Sr. Director general de Seguros.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid