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Documento BOE-A-1996-8874

Decreto 364/1995, de 29 de diciembre, por el que se aprueba el cambio de denominación del Municipio de Montaberner por la forma en valenciano de Montaverner.

Publicado en:
«BOE» núm. 95, de 19 de abril de 1996, páginas 14275 a 14275 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Valenciana
Referencia:
BOE-A-1996-8874

TEXTO ORIGINAL

El Ayuntamiento de Montaberner, en sesión celebrada el día 3 de mayo de 1995, solicitó el cambio del nombre actual del municipio por la forma tradicional en valenciano de Montaverner.

La Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa y Política Lingüística de la Consellería de Educación y Ciencia considera correcta en valenciano la grafía Montaverner.

La Ley de la Generalitat Valenciana 4/1983, de 23 de noviembre, de Uso y Enseñanza del Valenciano, dispone en el artículo 15.1 que corresponde al Gobierno Valenciano determinar los nombres oficiales de los municipios de la Comunidad Valenciana.

En su virtud, visto el expediente instruido por el Ayuntamiento de Montaberner para la alteración de la denominación actual por la forma tradicional en valenciano de Montaverner, en el que se acredita el cumplimiento de las prescripciones exigidas en la legislación vigente, a propuesta del Conseller de Administración Pública y previa deliberación del Gobierno Valenciano en la reunión del día 29 de diciembre de 1995,

D I S P O N G O

Artículo único.

El actual municipio de Montaberner de la provincia de Valencia adoptará la forma tradicional en valenciano de Montaverner. Las referencias que al antiguo nombre se hubieren realizado por los órganos del Estado y otros organismos públicos se entenderá hechas, a partir de la publicación del presente Decreto en el «Boletín Oficial del Estado», a la nueva denominación.

Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, procede interponer, después de la comunicación previa preceptiva al Gobierno Valenciano, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana en el plazo de dos meses, contados a partir del día de la publicación de este Decreto en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo establecido en los artículos 48, 109.c) y 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y los artículos 37.1, 57.2.f) y 58 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (disposiciones adicionales décima y undécima de la citada Ley 30/1992), sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen oportuno.

Valencia, 29 de diciembre de 1995.-El Presidente de la Generalidad Valenciana, Eduardo Zaplana Hernández Soro.-El Consejero de Administración Pública, José Joaquín Ripoll Serrano.

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