Por Decreto 41/1994, de 22 de febrero, se aprobó la segregación de la entidad de ámbito territorial inferior al municipio de Villafranco del Guadalquivir, perteneciente al municipio de Puebla del Río (Sevilla), para constituirse en municipio independiente con la denominación y capitalidad de Villafranco del Guadalquivir.
El artículo 99 de la Ley Orgánica 6/1995, de 1 de julio, del Poder Judicial, dispone que en cada municipio donde no haya Juzgado de Primera Instancia e Instrucción habrá un Juzgado de Paz.
En su virtud, dispongo:
Artículo único.
El Juzgado de Paz del nuevo municipio de Villafranco del Guadalquivir (Sevilla), con sede y jurisdicción del término municipal correspondiente, entrará en funcionamiento el día 30 de abril de 1996.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 16 de abril de 1996.
BELLOCH JULBE
Ilmo. Sr. Secretario general de Justicia.
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