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Documento BOE-A-1996-9546

Orden de 15 de abril de 1996, por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso contencioso-administrativo 147/93, promovido por doña Josefa Fernández Jurado.

Publicado en:
«BOE» núm. 103, de 29 de abril de 1996, páginas 15286 a 15286 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para las Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1996-9546

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ha dictado sentencia, con fecha 24 de noviembre de 1995, en el recurso contencioso-administrativo número 147/1993, en el que son partes, de una, como demandante, doña Josefa Fernández Jurado, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 16 de diciembre de 1992, que declaró inadmisible el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado de fecha 9 de septiembre de 1992, sobre pensión complementaria de jubilación.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Letrado señor Moncayola Martín, en representación de doña Josefa Fernández Jurado, contra la Resolución del Subsecretario del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 16 de diciembre de 1992, que declaró inadmisible el recurso de alzada deducido frente al Acuerdo de la Dirección General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado de 9 de septiembre de 1992, por la que se practicó liquidación de pensión a la actora en ejecución de sentencia del Juzgado de lo Social número 17 de Madrid, debemos declarar y declaramos la mencionada Resolución ajustada a Derecho, dejando imprejuzgada la cuestión de fondo suscitada por corresponder su discusión al Juzgado de lo Social número 17, en ejecución de la sentencia de la que el Acuerdo MUFACE dimana, sin hacer imposición de costas.»

En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 15 de abril de 1996.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22 ), el Subsecretario, Manuel Ortells Ramos.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

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