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De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 7 y 8 de la Ley 11/1971, de 30 de marzo, de Semillas y Plantas de Vivero; los artículos 7 y 8 del Decreto 3767/1972, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Producción de Semillas y Plantas de Vivero; así como las condiciones que se fijan en el Reglamento General Técnico de Control y Certificación de Semillas y Plantas de Vivero, aprobado por Orden de 23 de mayo de 1986, y modificado por Órdenes de 26 de noviembre de 1986, 16 de julio de 1990, 13 de julio de 1992 y 10 de octubre de 1994; el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Cereales de Fecundación Autógama, aprobado por Orden de 1 de julio de 1986; el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Maíz, aprobado por Orden de 1 de julio de 1986; el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Sorgo, aprobado por Orden de 1 de julio de 1986; el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Plantas Oleaginosas, aprobado por Orden de 1 de julio de 1986; el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas y Plantas Forrajeras, aprobado por Orden de 1 de julio de 1986; el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Remolacha, aprobado por Orden de 1 de julio de 1986, y el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Plantas Hortícolas, aprobado por Orden de 1 de julio de 1986, respecto a la concesión de autorizaciones de productor de semillas, así como lo dispuesto en los diferentes Decretos de transferencias de funciones a las Comunidades Autónomas relativo a los informes preceptivos, y estudiada la documentación aportada por los interesados, he tenido a bien disponer:
Primero.-Se concede el título de productor multiplicador de semillas hortícolas, con carácter definitivo a «JAD Ibérica, Sociedad Anónima», de Badajoz.
Segundo.-Se concede el cambio de titularidad de «Semillas Cargill, Sociedad Anónima», por «Cargill España, Sociedad Anónima».
Disposición final.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 8 de mayo de 1997.
DE PALACIO DEL VALLE-LERSUNDI
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