En el recurso contencioso-administrativo número 473/1993, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Henkel, KGaA» contra Resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 1 de julio de 1991 y de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 27 de enero de 1993, se ha dictado, con fecha 19 de junio de 1996 por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por enkel, KGaA'', contra la Resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 1 de julio de 1991, por la que se estima parcialmente la solicitud de concesión de la marca internacional número 531.776 FA, declaramos conforme con el ordenamiento jurídico dicha Resolución; sin hacer expresa declaración sobre el pago de las costas procesales en este procedimiento.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de abril de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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