En el recurso contencioso-administrativo número 570/1989-T, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Manuel Díaz Ruiz, Sociedad Anónima», contra resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 20 de octubre de 1987 y 6 de marzo de 1989, se ha dictado, con fecha 4 de octubre de 1991 por el citado Tribunal, sentencia, confirmada por el Tribunal Supremo en grado de apelación, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo, interpuesto por «Manuel Díaz Ruiz, Sociedad Anónima», contra Resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 6 de marzo de 1989, confirmatoria en reposición de la de 20 de octubre, que dispuso la inscripción de la marca 1.141.925 "Naviprun", con gráfico, debemos declara y declaramos que dichas resoluciones son conformes a Derecho; sin imposición de las costas del proceso.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de abril de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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