Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha de 26 de septiembre de 1996 por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Séptima), en el recurso contencioso-administrativo número 1.714/1993, promovido por doña María Natividad Arranz Herrero, contra Resolución presunta desestimatoria por silencio administrativo de la petición formulada por la recurrente sobre nulidad de la resolución por la que se concedió su jubilación voluntaria siéndole reconocida en cambio pensión de jubilación por invalidez, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que desestimando el recurso interpuesto por el Letrado don Emilio Ruiz-Jarabo Ferrán, en nombre y representación de doña María Natividad Arranz Herrero, contra los actos expresados al principio, debemos declarar y declaramos que los mismos son ajustados a derecho; sin hacer imposición de costas.»
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.
Madrid, 19 de mayo de 1997.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994 «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Subsecretario, Enrique Castellón Leal.
Ilmo. Sr. Secretario general de Asistencia Sanitaria.
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