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Documento BOE-A-1997-12821

Resolución de 4 de junio de 1997, de la Dirección General de Centros Educativos, por la que se convocan pruebas extraordinarias para la obtención del diploma elemental de las especialidades de Piano, Violín y Violonchelo correspondientes al plan de estudios anterior a la nueva ordenación del sistema educativo.

Publicado en:
«BOE» núm. 140, de 12 de junio de 1997, páginas 18092 a 18094 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1997-12821

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, modificado y completado por el Real Decreto 1487/1994, de 1 de julio, estableció en la sección primera de su capítulo III el proceso de implan tación de las nuevas enseñanzas de música y el de extinción de las anteriores, reguladas por el Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre.

De acuerdo con el artículo 30, apartado tercero, del citado Real Decreto 986/1991, en el curso 1996-1997 dejó de impartirse el grado elemental de las especialidades de Piano, Violín y Violonchelo. El mismo Real Decreto establece, en su artículo 33, que en los dos años siguientes a la fecha de extinción de cada uno de los grados se convocarán pruebas extraordinarias para la obtención de los correspondientes diplomas o títulos para aquellos alumnos afectados por dicha extinción, y faculta a las Administraciones educativas para que arbitren las medidas oportunas y, en su caso, puedan facilitar la preparación de las pruebas para la culminación de los estudios iniciados con arreglo a dicho plan por parte de aquellos alumnos que no se incorporen al nuevo plan de estudios.

En el caso de las tres especialidades antes mencionadas, se hace, pues, necesario proceder a la convocatoria de pruebas extraordinarias para la obtención del diploma elemental, para que, concurriendo a éstas, los alumnos afectados por la extinción del grado elemental puedan obtener el citado diploma, culminando así los estudios de dicho grado.

A tal efecto, la Dirección General de Centros Educativos dispone:

1. Quienes no hubiesen concluido los estudios de grado elemental en las especialidades instrumentales de Piano, Violín y Violonchelo, reguladas conforme al Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, con anterioridad a la finalización del curso 1995-1996, último en el que se impartió el grado elemental de esas enseñanzas, podrán presentarse a las pruebas extraordinarias que se celebrarán en el mes de septiembre de los años 1997 y 1998.

2. Se podrá obtener el diploma elemental de la correspondiente especialidad, una vez superada la prueba extraordinaria, tanto en la convocatoria de 1997 como en la de 1998. La no concurrencia a la convocatoria de 1997 no limita el derecho a tomar parte en la de 1998, si bien ésta será la última a todos los efectos.

3. Quienes concurran a las pruebas extraordinarias para la obtención del diploma elemental deberán hacerlo en el Conservatorio de Música donde se encuentre su expediente.

4. Los Conservatorios de Música establecerán los siguientes plazos de inscripción:

Para la prueba extraordinaria a celebrarse en el mes de septiembre de 1997: 16 de junio al 19 de julio de 1997.

Para la prueba extraordinaria a celebrarse en el mes de septiembre de 1998: 15 de junio al 17 de julio de 1998.

5. Quienes deseen inscribirse para concurrir a estas pruebas extraordinarias deberán presentar su solicitud conforme al modelo del anexo I y satisfacer los precios públicos para estas pruebas previstos en la normativa vigente.

6. Las pruebas extraordinarias constarán de tres ejercicios: Ejercicio de «Conjunto Coral», ejercicio de «Solfeo y Teoría de la Música» y ejercicio de «Interpretación Instrumental». Los dos primeros serán comunes para las tres especialidades, y el de «Interpretación Instrumental» será el específico de la especialidad conforme a la cual se aspira a obtener el diploma. El contenido, organización y desarrollo de cada uno de los ejercicios se atendrá a lo establecido en los últimos programas de examen de fin de grado elemental vigentes en el Conservatorio de Música que realice las pruebas. En el caso de los ejercicios de «Interpretación Instrumental» las piezas u obras que se especifiquen en los citados programas de examen tendrán la consideración de orientativas.

7. Quienes concurran a las pruebas extraordinarias teniendo superado el primer curso de «Conjunto Coral» estarán exentos de realizar el ejercicio correspondiente. Asimismo, quienes hayan superado el cuarto curso de «Solfeo y Teoría de la Música» estarán exentos de realizar el ejercicio de «Solfeo y Teoría de la Música». En cuanto al ejercicio de «Interpretación Instrumental» quedarán exentos de realizarlo quienes concurran a estas pruebas extraordinarias teniendo superado el cuarto curso de instrumento de la especialidad correspondiente.

8. Se constituirá un tribunal para cada ejercicio de que consten estas pruebas extraordinarias, que estará compuesto por un Presidente, un Secretario y un Vocal, Profesores del Conservatorio, designados por el Director, a propuesta del Jefe de Estudios. Al menos el Presidente deberá ser profesor de la asignatura correspondiente al ejercicio de que se trate. La composición de estos tribunales deberá hacerse pública con la suficiente antelación.

9. Los tribunales harán constar en un acta, que se ajustará a los modelos del anexo II, las calificaciones correspondientes a cada ejercicio, que serán las de «suspenso», «aprobado», «notable» o «sobresaliente», en el caso de los ejercicios de «Solfeo y Teoría de la Música» y de «Interpretación Instrumental». Las calificaciones para el ejercicio de «Conjunto Coral» serán exclusivamente las de «apto» y «no apto».

10. Quienes superen todos los ejercicios de la prueba de los que no estén exentos habrán superado dicha prueba y podrán solicitar la expedición del diploma elemental de la correspondiente especialidad.

11. Quienes no habiendo superado la prueba en la convocatoria de 1997, hubiesen superado uno o dos de los ejercicios, quedarán exentos de su realización si concurriesen a la convocatoria de 1998.

Madrid, 4 de junio de 1997.-El Director general, Francisco López Rupérez.

Ilma. Sra. Subdirectora general de Enseñanzas Artísticas.

ANEXO I

Pruebas extraordinarias para la obtención del diploma elemental de las Enseñanzas de Música reguladas conforme al Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre / Convocatoria de / 1997 / 1998

Conservatorio de Música de / Especialidad / Piano / Violín / Violonchelo

Solicitante:

Apellidos y nombre DNI Domicilio Localidad Código postal

Último centro docente donde cursó enseñanzas de grado elemental:

Centro

Año académico 19....-19....

El solicitante superó el primer curso de Conjunto Coral / / SI / NO / Año

El solicitante superó el cuarto curso de Solfeo y Teoría de la Música / / SI / NO / Año

El solicitante superó el cuarto curso de la especialidad instrumental / / SI / NO / Año

a de de 199.... El solicitante,

ANEXO II

ACTA

Pruebas extraordinarias para la obtención del diploma elemental de las Enseñanzas de Música reguladas conforme al Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre / Convocatoria de / 1997 / 1998

Conservatorio de Música de

Ejercicio de: / Conjunto Coral. / Solfeo y Teoría de la Música. / Interpretación instrumental (Piano). / Interpretación instrumental (Violín). / Interpretación instrumental (Violonchelo). Número / Apellidos y nombre / Calificación (1) / / / / / / / / / /

a de septiembre de 199....

El Presidente, El Secretario, El Vocal,

(1) Las calificaciones podrán ser las de «suspenso», «aprobado», «notable» o «sobresaliente» en el caso de los ejercicios de «Solfeo y Teoría de la Música» y de «Interpretación Instrumental». Para el ejercicio de «Conjunto Coral» serán exclusivamente las de «apto» o «no apto».

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