La entidad denominada Mutualidad de Previsión Social de Empleados del Banco Popular Español, acordó en Asamblea general, celebrada el día 1 de noviembre de 1989, aprobar su disolución y liquidación.
Ultimada la liquidación y transcurrido el plazo previsto en el artículo número 106 del Reglamento de Ordenación, de 1 de agosto de 1985, procede la extinción y subsiguiente cancelación de dicha Mutualidad en el Registro Administrativo de Entidades Aseguradoras.
En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros, he resuelto: Declarar la extinción y subsiguiente cancelación en el Registro Administrativo de Entidades Aseguradoras, previsto en el artículo 74.1 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación de los Seguros Privados de la entidad Mutualidad de Previsión Social de Empleados del Banco Popular Español (en liquidación).
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 14 de mayo de 1997.-P. D. (Orden de 29 de diciembre de 1986), el Secretario de Estado de Economía, Cristóbal Montoro Romero.
Ilma. Sra. Directora general de Seguros.
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