El el recurso contencioso-administrativo número 1594/1994, interpuesto por doña Eloísa Colmenar Requejo, contra la resolución que denegó su petición por la que interesaba percibir la totalidad de los trienios en la cuantía correspondiente al grupo de actual pertenencia, se ha dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Sexta), con fecha 30 de noviembre de 1995, sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
«Fallamos: Desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña Eloísa Colmenar Requejo, contra la resolución que denegó su petición por la que interesaba percibir la totalidad de los trienios en la cuantía correspondiente al grupo de actual pertenencia, debemos declarar y declaramos que dicha resolución es ajustada a Derecho, todo ello sin hacer expresa imposición de costas.»
En su virtud esta Subsecretaría, conforme a lo prevenido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia.
Madrid, 27 de mayo de 1997.-El Subsecretario, Juan Junquera González.
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