En el recurso contencioso-administrativo número 2.069/88, interpuesto ante la Audiencia Territorial de Madrid por «Iberia, Líneas Aéreas de España, Sociedad Anónima», contra resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 5 de junio de 1987 y 18 de julio de 1988, se ha dictado con fecha 18 de julio de 1991, por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sentencia, confirmada por el Tribunal Supremo en grado de apelación, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso interpuesto por el Procurador don José Luis Pinto Marabotto, en nombre y representación de la entidad "Iberia, Líneas Aéreas de España, Sociedad Anónima", contra la resolución de 5 de junio de 1987, del Registro de la Propiedad Industrial que denegó la marca número 1.114.720 "Calidoscopio de Iberia", y contra la resolución de 18 de julio de 1988 desestimatoria del recurso de reposición, debemos declarar y declaramos ajustadas a Derecho las resoluciones impugnadas; sin hacer imposición de costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 16 de mayo de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid