En el recurso contencioso-administrativo número 1.702-94-04, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Recreativos Franco, Sociedad Anónima», contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 3 de junio de 1993 y de 31 de mayo de 1994, se ha dictado, con fecha 21 de enero de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora de los Tribunales doña Alicia Martínez Villoslada, en nombre y representación de "Recreativos Franco, Sociedad Anónima", contra la Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 31 de mayo de 1994, que desestimó el recurso de reposición contra la Resolución de fecha 3 de junio de 1993, por la que se concedió el registro de la marca número 1.615.079, "R. F. Española, Sociedad Anónima", clase 39; debemos declarar y declaramos que la Resolución recurrida es conforme a derecho; sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de mayo de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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