En el recurso contencioso-administrativo número 53/1995, referente al expediente de marca número 1.644.846/4, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Danone, Sociedad Anónima», contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 2 de septiembre de 1993 y 1 de septiembre de 1994, se ha dictado, con fecha 30 de enero de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Estimamos el recurso deducido por la representación procesal de "Danone, Sociedad Anónima", contra los actos a que el mismo se contrae, actos que anulamos, así como la inscripción de marcas que aquéllos efectúan; sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de mayo de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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