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Documento BOE-A-1997-15757

Orden de 3 de julio de 1997 por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 168, de 15 de julio de 1997, páginas 21714 a 21724 (11 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1997-15757

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 414/1997, de 21 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 22), por el que se aprueba la oferta de empleo público para 1997 y con el fin de atender las necesidades de personal en la Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 1.a) del Real Decreto 1084/1990, de 31 de agosto («Boletín Oficial del Estado» de 5 de septiembre), previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir cuatro plazas por el sistema general de acceso libre, correspondiendo a las siguientes especialidades:

Una a la de Estudios y Experimentación sobre Infraestructuras del Transporte.

Una a la de Estudios y Experimentación sobre Comportamiento de Buques en Áreas Portuarias.

Una a la de Máquinas.

Una a la de Radioelectrónica.

Los aspirantes sólo podrán participar en una de las especialidades previstas en esta base.

1.2 A las presentes pruebas selectivas le serán aplicables la Ley 30/1984, de 2 de agosto («Boletín Oficial del Estado» del 3), modificada por la 23/1988, de 28 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 29) y por la 22/1993, de 29 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 31); el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 10 de abril), y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3 El proceso selectivo constará de las fases de oposición y curso selectivo previstas en el anexo I, con las pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en el mismo.

1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

1.5 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará dentro de las especialidades concretas por las que hayan optado los mismos, de acuerdo con la puntuación total obtenida por éstos en las fases de oposición y de curso selectivo a que se refiere el apartado 2.3 del anexo I de esta convocatoria.

1.6 El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará a partir de la segunda quincena del mes de septiembre de 1997.

La duración máxima de la fase de oposición será de nueve meses contados a partir de la publicación de la presente convocatoria.

1.7 Los aspirantes que hayan superado todos los ejercicios obligatorios de la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

Estos funcionarios en prácticas deberán superar el curso selectivo que se determina en el apartado 1.3 del anexo I.

El plazo máximo de comienzo del curso selectivo, una vez superada la fase anterior, será de dos meses a partir de la terminación del plazo a que se refiere la base 8.1 de esta convocatoria.

Quienes no superasen el curso selectivo de acuerdo con el procedimiento de calificación previsto en el anexo I de la presente convocatoria perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por cumplimiento del servicio militar o prestación social sustitutoria, o por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Ser español.

2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años.

2.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente, Capitán de la Marina Mercante o Titulado Superior de la Marina Civil en cualquiera de sus especialidades.

2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

2.1.5 No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públi cas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

2.2 También podrán participar los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de organismos internacionales, posean la nacionalidad española y la titulación exigida en la convocatoria.

Estos aspirantes estarán exentos de la realización de aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación, creada por el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero («Boletín Oficial del Estado» del 23), considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el organismo internacional correspondiente.

En los ejercicios de los que se exima a los aspirantes que ostenten la condición de funcionarios de organismos internacionales, se otorgará la calificación mínima exigida en la convocatoria para la superación de los mismos. Los interesados podrán renunciar a tal calificación y participar en las pruebas de las que han sido eximidos en igualdad de condiciones que el resto de los aspirantes del turno libre. Tal renuncia deberá llevarse a cabo con anterioridad al inicio de las pruebas selectivas.

2.3 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia que será facilitada gratuitamente en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en la Dirección General de la Función Pública, en el Instituto Nacional de Administración Pública y en la Oficina de Información de los Servi- cios Centrales del Ministerio de Fomento. A la instancia se acompañarán dos fotocopias del documento nacional de identidad.

En el recuadro 2 de la instancia, «Especialidad, área o asignatura», se hará constar necesariamente la especialidad concreta por la que se opte de entre las previstas en la base 1.1 de esta convocatoria.

En el recuadro 25 A) se hará constar el idioma o idiomas a que se refiere el apartado 1 del anexo I de la convocatoria y de los que el aspirante desee ser examinado.

3.2 La presentación de solicitudes (ejemplar número 1 «ejemplar a presentar por el interesado» del modelo de solicitud) se hará en el Registro General del Ministerio de Fomento o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», y se dirigirá al Subsecretario del Ministerio de Fomento, Subdirección General de Recursos Humanos, paseo de la Castellana, 67, 28071 Madrid.

Las solicitudes suscritas por los españoles en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente.

El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen.

3.3 Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 7 de la misma. Asimismo, deberán solicitar expresándolo en el recuadro número 9, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios de las pruebas selectivas, incluido el curso selectivo, cuando esta adaptación sea necesaria.

3.4 Las certificaciones de homologación habrán de presentarse según se establece en el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero («Boletín Oficial del Estado» del 23), acompañando a la solicitud para tomar parte en el proceso selectivo y, con carácter excepcional, al Tribunal con antelación a la celebración de las correspondientes pruebas. La eficacia de estas homologaciones se condiciona al mantenimiento del sistema selectivo en base al cual se produjeron. En caso de duda habrá de dirigirse el Tribunal a la Comisión Permanente de Homologación.

3.5 Los derechos de examen serán de 3.000 pesetas y se ingresarán en la c/c número 30-56200-86 «Pruebas selectivas de ingreso a la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones, código 6200 de la oficina 0301», del Banco Exterior.

El ingreso podrá hacerse en cualquier oficina del Banco Exterior.

Junto a la solicitud deberá acompañarse resguardo acreditativo del pago de los derechos.

En el caso de que el ingreso se haya realizado en una oficina del Banco Exterior, deberá figurar en la solicitud el sello de dicha entidad que justifique el referido pago. La falta de la justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso, la presentación y pago en cualquiera de las oficinas del Banco Exterior supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse, en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias el Subsecretario del Ministerio de Fomento dictará resolución en el plazo máximo de un mes, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en la que, además de declarar aprobada la lista de admitidos y excluidos, se determinará el lugar y la fecha de comienzo del primer ejercicio, así como la relación de los aspirantes excluidos, con indicación de las causas de exclusión. En la lista deberán constar, en todo caso, los apellidos, nombre y número del documento nacional de identidad.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

Contra la resolución por la que se declare a los aspirantes definitivamente excluidos de la realización de las pruebas selectivas se podrá interponer, previa comunicación al órgano que la dicte, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante el órgano competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

4.3 En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse éstos, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes comprobarán no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos sino, además, que sus nombres constan en la pertinente relación de admitidos, que se expondrá en los tablones de anuncios de los Servicios Centrales del Departamento, en la Dirección General de la Función Pública, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas y en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas.

4.4 Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la realización de las pruebas selectivas.

5. Tribunales

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura como anexo IV a esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Subsecretario del Ministerio de Fomento, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si se hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la presente base.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la autoridad convocante publicará en el «Boletín Oficial del Estado» resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del Tribunal, que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan y con la de la mitad, al menos, de sus Vocales titulares o suplentes. Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que les correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia del Presidente y del Secretario y de la mitad, al menos, de sus Vocales, titulares o suplentes.

5.6 Durante el desarrollo de las pruebas selectivas, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse a la Subsecretaría del Departamento.

5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalías que lo soliciten, en la forma prevista en la base 3.3, las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral, sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 («Boletín Oficial del Estado» del 22) o cualesquiera otros equivalentes, previa aprobación por la Secretaría de Estado para la Administración Pública.

El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del opositor.

5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Fomento, paseo de la Castellana, 67, 28071 Madrid, teléfono 597 72 29.

El Tribunal dispondrá que, en esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría de primera de las recogidas en el anexo IV del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 19).

5.12 El Tribunal podrá aprobar en la fase de oposición un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

La Subsecretaría del Departamento, como órgano responsable del resto del proceso selectivo, no podrá declarar que han superado el mismo un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «Z», de conformidad con lo establecido en Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 9 de abril de 1997 («Boletín Oficial del Estado» del 12), por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 4 de abril de 1997.

6.2 En cualquier momento, los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su personalidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal.

6.4 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración del segundo y restantes ejercicios se efectuará por el Tribunal en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y por cualesquiera otros medios, si se juzga conveniente, para facilitar su máxima divulgación, con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos. Cuando se trate del mismo ejercicio el anuncio será publicado en los locales donde se haya celebrado, en la citada sede del Tribunal, y por cualquier otro medio si se juzga conveniente, con doce horas, al menos, de antelación.

Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple uno o varios de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Subsecretario del Departamento, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

Contra la resolución que declare la exclusión del aspirante podrá interponerse, previa comunicación al órgano que la dicte, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» ante el órgano competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará pública, en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y en aquellos otros que estime oportuno, la relación de aspirantes aprobados por orden de puntuación alcanzada y con indicación de su documento nacional de identidad.

En caso de empate, a los efectos antes indicados, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el segundo ejercicio y, en su caso, en el primero de dicha fase de oposición.

El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la lista de aprobados al Subsecretario del Ministerio de Fomento, especificando, igualmente, el número de aprobados en cada uno de los ejercicios.

Asimismo, el Presidente del Tribunal elevará a dicho órgano la citada relación, para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

7.2 Una vez finalizado el curso selectivo, la Subsecretaría hará pública en los tablones de anuncios de los Servicios Centrales del Departamento y en aquellos otros lugares que estime oportuno, la relación de los funcionarios en prácticas que hayan superado dicho curso, por orden de puntuación obtenida en el mismo.

En caso de empate, a los efectos antes indicados, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase teórica del curso selectivo, y en el supuesto de persistir el empate, se estará a la mayor puntuación obtenida en su fase práctica.

7.3 Finalizado el proceso selectivo, la Subsecretaría hará pública en los tablones de anuncios de los Servicios Centrales del Departamento y en aquellos otros lugares que estime oportuno, la relación de aspirantes aprobados por orden de puntuación total alcanzada en todo el proceso selectivo, con especificación de la puntuación obtenida en cada una de las dos fases del mismo, así como con indicación del documento nacional de identidad.

En ningún caso la Subsecretaría del Departamento podrá aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la lista de aprobados a que se refiere la base 7.1 de la presente convocatoria, los opositores aprobados deberán presentar en la Subdirección General de Recursos Humanos, Ministerio de Fomento, paseo de la Castellana, 67, 28071 Madrid, los siguientes documentos:

A) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.3 de esta convocatoria o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del título.

B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como anexo V a esta convocatoria.

8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de Personal o del Ministerio u Organismo del que dependieren para acreditar tal condición, con expresión del número e importe de trienios, así como la fecha de su cumplimiento.

Asimismo, deberán formular opción por la remuneración que deseen percibir durante su condición de funcionarios en prácticas. Dicha opción deberá ser formulada igualmente por los funcionarios interinos, por los contratados administrativos y por el personal laboral, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero («Boletín Oficial del Estado» de 6 de marzo).

8.3 Quienes dentro del plazo fijado y salvo en los casos de fuerza mayor debidamente acreditada no presentaren la documentación o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base 2 no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.4 Por resolución de la autoridad convocante, y a propuesta del Subsecretario del Departamento, se procederá al nombramiento de funcionarios en prácticas, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en el que se determinará la fecha en que empezará a surtir efectos el mismo.

8.5 Una vez finalizado el curso selectivo, los opositores aprobados deberán solicitar los destinos correspondientes, previa oferta de los mismos.

8.6 Finalizado el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado serán nombrados, a propuesta del Subsecretario del Ministerio de Fomento, funcionarios de carrera mediante resolución del Secretario de Estado para la Administración Pública que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en la que se indicará el destino adjudicado.

8.7 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será efectuada en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación de su nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».

8.8 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, el Ministerio de Administraciones Públicas, a través del Instituto Nacional de Administración Pública y en colaboración con los Centros de Formación de Funcionarios competentes, en cada caso, velará por la formación de los aspirantes seleccionados en el dominio de la lengua oficial de las Comunidades Autónomas en cuyo territorio obtengan destino, una vez nombrados funcionarios de carrera.

9. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados, en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 3 de julio de 1997.-P. D. (Orden de 30 de mayo de 1996, «Boletín Oficial del Estado» de 1 de junio), el Subsecretario, Víctor Calvo-Sotelo Ibáñez Martín.

Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.

ANEXO I

Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones

PROCESO DE SELECCIÓN Y VALORACIÓN

1. Proceso de selección

1.1 El proceso de selección constará de las siguientes fases:

a) Oposición.

b) Curso selectivo.

1.2 La fase de oposición constará de dos ejercicios obligatorios, uno de ellos práctico, así como de una prueba voluntaria de idiomas. Esta última podrá ser realizada por los aspirantes que lo deseen y que hayan superado los ejercicios obligatorios.

Los dos ejercicios obligatorios serán escritos y tendrán carácter eliminatorio.

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas que mida el grado de comprensión del aspirante en relación con las materias que correspondan a cada especialidad concreta elegida por el mismo y que figuran en el anexo II de esta convocatoria.

El cuestionario estará compuesto por un mínimo de 60 preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas correcta. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de tres horas.

La calificación máxima de este ejercicio será de 20 puntos, siendo necesario obtener 10 puntos para tener acceso al ejercicio siguiente.

Segundo ejercicio: Este ejercicio constará de las dos partes siguientes:

A) La primera parte consistirá en el desarrollo por escrito de un supuesto práctico propuesto por el Tribunal, que versará sobre las materias que correspondan a la especialidad concreta elegida por el aspirante y que figuran en el anexo II de esta convocatoria.

El tiempo máximo para la realización de esta parte del ejercicio será de cuatro horas, pudiendo disponer los opositores de la documentación y material de trabajo que estimen conveniente aportar para su realización.

B) La segunda parte consistirá en la defensa oral, durante un tiempo máximo de quince minutos por parte de los aspirantes, en sesión pública ante el Tribunal, de su historial formativo y profesional en relación con las materias fundamentalmente propias de las funciones de la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones, de acuerdo con la especialidad elegida. Los aspirantes deberán presentar, a tal efecto, la correspondiente Memoria -juntamente con los documentos acreditativos de los extremos contenidos en la misma- en el Registro General del Departamento, dirigida a la Subdirección General de Recursos Humanos, en el plazo de diez días naturales a partir del siguiente al de la publicación por el Tribunal de la relación de los aspirantes con las puntuaciones obtenidas en el primer ejercicio.

El Tribunal, durante el tiempo que considere oportuno, podrá dialogar con los aspirantes sobre el contenido de la citada Memoria y de manera especial sobre su experiencia profesional en la materia sobre la que ha versado el supuesto práctico elegido por el aspirante para el desarrollo de la primera parte de este ejercicio, así como sobre la coherencia de su historial formativo y profesional en relación con las actividades y funciones propias de la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones.

La calificación máxima de este ejercicio será de 40 puntos correspondiendo a la primera parte 30 puntos y 10 a la segunda. Será necesario obtener en este ejercicio 20 puntos para superar el mismo.

Prueba voluntaria de idiomas: Esta prueba versará sobre uno o varios de los siguientes idiomas:

Alemán.

Francés.

Inglés.

Ruso.

La citada prueba consistirá en acreditar oralmente, ante el Tribunal, durante un tiempo máximo de treinta minutos, los conocimientos suficientes de lectura y traducción del idioma o idiomas que el opositor haya escogido en su solicitud, a cuyo efecto el Tribunal designará el texto sobre el que se practicará la misma.

El Tribunal podrá ser asistido por profesores de la Escuela Oficial de Idiomas o intérpretes de la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores.

Esta prueba se calificará otorgando hasta dos puntos por idioma, con un máximo de cinco puntos.

1.3 Curso selectivo. Como condición previa e indispensable para obtener el nombramiento de funcionarios de carrera, los funcionarios en prácticas deberán superar con aprovechamiento un curso selectivo realizado en alternancia con prácticas reales, organizado por la Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Fomento, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1886/1996, de 2 de agosto («Boletín Oficial del Estado» del 6), y cuya duración máxima será de cinco meses.

La parte teórica tendrá una duración máxima de tres meses y versará fundamentalmente sobre las materias que figuran en el anexo III de esta convocatoria.

La Subdirección General de Recursos Humanos del Departamento podrá adaptar o reorganizar las materias que figuran en el anexo III, así como incluir conferencias, coloquios, prácticas y aquellas otras actividades formativas complementarias, relacionadas con las actividades propias de los funcionarios de la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones.

La parte práctica tendrá una duración máxima de dos meses, y consistirá en la realización de prácticas reales en puestos de trabajo del Ministerio de Fomento mediante la rotación de los funcionarios en prácticas por distintas Unidades Administrativas del mismo. Durante esta parte del curso selectivo, los funcionarios en prácticas tendrán asignados tutores académicos.

En el plazo de diez días desde la finalización de las prácticas reales los funcionarios en prácticas deberán entregar a la Comisión de Valoración prevista en el apartado 2.2 de este anexo un informe de las actividades desarrolladas.

La asistencia al curso selectivo, en alternancia con prácticas reales, es obligatoria y durante el mismo los aspirantes dependerán directamente de la Subdirección General de Recursos Humanos en virtud de las atribuciones que en materia de selección y formación le atribuye a este órgano el Real Decreto 1886/1996, de 2 de agosto.

2. Valoración

2.1 Fase de oposición: Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán, de acuerdo con los criterios establecidos en el apartado 1.2 de este anexo.

2.2 Curso selectivo: La Comisión de Valoración, nombrada por la Subsecretaría del Departamento, que estará integrada, entre otros miembros, por profesores y tutores que hayan participado en el curso selectivo, propondrá a la Subdirección General de Recursos Humanos la calificación de dicho curso selectivo, quien la elevará a la Subsecretaría para su aprobación.

La calificación máxima de cada una de las dos partes del curso selectivo será de 50 puntos, siendo necesario obtener 25 puntos como mínimo para superar las mismas.

La calificación máxima total del curso selectivo será de 100 puntos, siendo necesario obtener 50 puntos para superar el mismo.

2.3 Calificación total: La calificación total de las pruebas selectivas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo.

En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de oposición y, en el supuesto de persistir el empate, se estará a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio y, en su caso, en el primero de dicha fase de oposición.

ANEXO II

Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Transportes, Turismo

y Comunicaciones

PROGRAMA

Especialidad Estudios y Experimentación sobre Infraestructuras del Transporte

1. Reconocimientos geológicos, geofísicos y geotécnicos. Obras viales a cielo abierto, túneles y obras de fábrica.

2. Problemas geotécnico-estructurales y riesgos geológicos en las obras de infraestructura viaria.

3. Técnicas experimentales de laboratorio para la caracterización de suelos y rocas en relación con el proyecto, construcción y comportamiento de carreteras. Objetivos y alcance de los ensayos. Valoración de resultados y principales limitaciones.

4. Ensayos «in situ» en suelos. Ensayos de carga. Penetrómetros. Ensayos de corte. Presiómetros y dilatómetros.

5. Deslizamiento de laderas. Tipología. Técnicas de auscultación y corrección de movimientos. Muros de contención de tierras.

6. Estabilidad de taludes en suelos y rocas. Métodos de cálculo. Valoración de resultados y principales limitaciones.

7. Evaluación del riesgo de deslizamiento en taludes. Seguimiento y control «in situ».

8. Problemas especiales de rellenos. Materiales no convencionales y suelos blandos. Suelos expansivos en obras de tierra.

9. Terraplenes, piedraplenes y todo-uno. Técnicas experimentales de control de la compactación. Seguimiento del comportamiento. Datos a adquirir. Instrumentación.

10. Propiedades mecánicas del balasto bajo el efecto de cargas dinámicas. Ensayos de laboratorio que permitan su determinación.

11. Compactación de suelos. Ensayos de compactación en laboratorio. Ensayos «in situ». Comportamiento mecánico de los suelos compactados. Ensayo CBR.

12. Modelización de lluvias para el cálculo de las afecciones producidas en crecidas por las infraestructuras viarias. Leyes de distribución aplicables para la asignación de períodos de retorno a máximas lluvias diarias. Análisis regionales de máximas lluvias diarias.

13. Determinación de los caudales de diseño para obras de paso. Análisis estadístico de caudales de avenida. Métodos hidrometeorológicos.

14. Modelación hidráulica en planas de inundación. Modelación bidimensional del flujo. Evaluación económica de daños producidos por la permanencia de niveles ocasionados por una inundación.

15. Dimensionamiento de firmes. Factores a considerar y parámetros de cálculo. Métodos empíricos y analíticos de dimensionamiento.

16. Subbases y bases de carreteras. Tipos, materiales, especificaciones y control.

17. Firmes rígidos. Aplicaciones y dimensionamiento.

18. Pavimentos de hormigón. Materiales y caracterización en laboratorio. Construcción y control de calidad.

19. Mezclas bituminosas. Concepción, clasificación, materiales y aplicaciones. Ensayos de dosificación y control. Modelos reológicos y su consideración en los modelos analíticos.

20. Capas granulares. Tipos, materiales, aplicaciones, comportamiento mecánico, caracterización en laboratorio, dosificación, control y especificaciones.

21. Capas estabilizadas. Tipos, materiales y aplicaciones. Comportamiento mecánico y caracterización en laboratorio. Dosificación y control.

22. Drenaje superficial. Dimensionamiento. Proyecto. Elementos. Conservación.

23. Drenaje profundo. Dimensionamiento: Infiltración en plataforma y márgenes, evaluación del flujo subterráneo hacia la infraestructura. Proyecto. Elementos. Conservación.

24. Materiales para señalización vial. Pinturas y soportes. Propiedades físicas y ópticas. Balizamiento. Ensayos de laboratorio y control de calidad.

25. Determinación de la capacidad de soporte de los firmes y de la regularidad superficial. Equipos y métodos.

26. Medida de la textura superficial y resistencia al deslizamiento. Equipos y métodos.

27. Evaluación de firmes y pavimentos a escala real. Tramos de ensayo. Pistas de ensayo. Instrumentación.

28. Análisis patológico de firmes flexibles, semirrígidos y rígidos. Métodos empíricos. Equipos de medida. Valoración.

29. Puentes metálicos y de fábrica. Inspección y auscultación. Técnicas utilizadas, equipos e instrumentación. Ensayos no destructivos.

30. Puentes de carreteras y ferroviarios. Ensayos estáticos: Pruebas de carga, cálculo, instrumentación y realización. Ensayos dinámicos: Instrumentación y realización.

Especialidad Estudios y Experimentación sobre Comportamiento de Buques en Áreas Portuarias

1. Teoría de ondas. Ecuaciones fundamentales. Ondas monocromáticas en profundidad constante. Ondas no lineales. Transformación de ondas. Refracción, difracción y reflexión.

2. Oleaje irregular. Parámetros. Análisis estadístico. Caracterización espectral. Efectos no lineales.

3. Generación de oleaje. Métodos de previsión. Transformación de zonas costeras. Precisión de los métodos de previsión.

4. Medida de oleaje, mareas y corrientes en la naturaleza. Equipos de medida. Red exterior. Medida por detección remota. Análisis y modelización numérica de mareas y corrientes.

5. Clima de oleaje y oleaje de diseño. Fuentes de datos, regímenes medios y extremales. Selección de parámetros de oleaje de diseño.

6. Variaciones del nivel del mar. Mareas astronómicas y meteorológicas. Corrientes mareales en estuarios y zonas costeras. Variaciones asociadas al oleaje. Ondas de gravedad. Ondas largas y resonancia en dársenas portuarias.

7. El viento en zonas costeras. Brisas y forzamiento topográfico. Modelización del viento local.

8. Canales de acceso a puerto. Procesos de sedimentación. Dragados. Consideraciones ambientales.

9. Diseño en planta de puertos. Estudios de agitación y maniobra de buques. Análisis de operatividad de muelles.

10. Diques verticales. Elemento. Criterios de estabilidad y funcionalidad. Métodos de cálculo de secciones. Puntos singulares.

11. Dique en talud. Elementos. Metodología de diseño. Métodos de cálculo de anteproyecto.

12. Obras de atraque. Tipos estructurales. Acciones a considerar.

13. Generación de oleaje en tanques y canales de ensayo. Métodos de síntesis. Funciones de transferencia. Generación no lineal. Oleaje direccional.

14. Modelos físicos y numéricos de propagación de oleaje y de agitación en zonas portuarias. Diseño. Aplicaciones y explotación. Limitaciones.

15. Acciones externas sobre el buque atracado. Viento, oleaje, corrientes, resonancia de dársenas, paso de buques, mareas.

16. Movimientos del buque atracado. Amplitudes admisibles.

17. Amarras y defensas. Cálculo, tipología y características.

18. Recomendaciones para la optimización del sistema amarre-atraque.

19. Modelos físicos de comportamiento de buques atracados y estructuras flotantes. Diseño. Equipos de medida. Aplicaciones y explotación. Limitaciones.

20. Medidas en prototipo. Planificación de una campaña de medidas. Equipos de medida de movimientos del buque y fuerzas en amarres y defensas.

21. Reglamentación internacional sobre equipos de amarre de buques y gestión del buque amarrado.

22. Propulsión del buque. Equipo propulsor y funcionamiento de la hélice. Gobierno del buque. Tipología y operación de timones. Interacción con la hélice. Hélices auxiliares de maniobra.

23. Pruebas y ensayos de maniobrabilidad. Giro, zigzag, espiral, parada. Condiciones de ejecución e información obtenida.

24. Acciones externas sobre el buque en maniobra. Viento, oleaje, corrientes, efectos de fondo, efectos de orilla, condiciones de carga, cruce de buques.

25. Tipología de los buques y remolcadores. Parámetros de comportamiento en maniobra. Condiciones de operación.

26. Criterios de dimensionamiento en planta y alzado de canales de navegación y zonas de maniobra.

27. Modelos numéricos de maniobra de buques. Acciones y ecuaciones fundamentales. Aplicaciones.

28. Modelos de piloto automático, características. Planteamiento y desarrollo de un estudio. Análisis de resultados. Ventajas e inconvenientes.

29. Simuladores de maniobra en tiempo real. Tipología y características. Planteamiento y desarrollo de un estudio. Análisis de resultados. Ventajas e inconvenientes.

30. Estudio de maniobra de buques. Aplicaciones en ingeniería portuaria. Aplicaciones en formación y entrenamiento.

Especialidad Máquinas

1. Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques (I): Contenido del Convenio. Reglas para prevenir la contaminación por hidrocarburos. Reglas para prevenir la contaminación por sustancias perjudiciales transportadas por vía marítima en paquetes, contenedores, tanques portátiles y camiones-cisterna o vagones-tanque.

2. Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques (II): Reglas para prevenir la contaminación por las aguas sucias de los buques. Reglas para prevenir la contaminación por las basuras de los buques.

3. Protocolo de 1978 relativo al MARPOL, 1973: Resoluciones aprobadas por la Conferencia. Procedimientos de supervisión de buques y control de descargas acordes con el anexo I del Convenio MARPOL, 73/78.

4. Manual sobre la contaminación ocasionada por hidrocarburos (I): Prevención. Prescripciones aplicables a todos los buques. Prescripciones aplicables a los petroleros. Operaciones normales en el terminal. Puestos de fondeo, amarre y amarre con boyas. Transbordo de hidrocarburos de un buque a otro mientras están navegando o fondeados. Instalaciones de tierra y operaciones de trasvase de hidrocarburos.

5. Manual sobre la contaminación ocasionada por hidrocarburo (II): Medios para combatir los derrames de hidrocarburos. Tipos de hidrocarburos y comportamiento de la mancha de los mismos en la mar. Recogida, dispersión y otros tratamientos de los derrames de hidrocarburos. Recogida y tratamiento de los hidrocarburos en la costa. Recogida de los hidrocarburos en los diferentes tipos de playas y marinas. Eliminación de los hidrocarburos y de los restos contaminados. Protección y tratamiento de la fauna y de la flora marina después de un derrame de hidrocarburos. Dispersantes: diferentes disposiciones.

6. Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar, 1974 (I): Ámbito de aplicación. Definiciones. Estructura del Convenio.

7. Convenio Internacional para la seguridad de la vida humana en el mar, 1974 (II): Instalaciones de máquinas. Instalaciones eléctricas. Prescripciones complementarias relativas a espacios de máquinas sin dotación permanente. Medidas de seguridad contraincendios en buques de pasaje. Medidas de seguridad contraincendios en buques de carga. Medidas de seguridad contraincendios en buques-tanque.

8. Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar, 1974 (III): Prescripciones relativas a los dispositivos de salvamento: Generalidades. Dispositivos individuales de salvamento. Señales ópticas. Embarcaciones de supervivencia. Botes de rescate. Dispositivos de puesta a flote y de embarco. Otros dispositivos de salvamento. Aspectos diversos.

9. Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar, 1974 (IV): Transportes de mercancías peligrosas en bultos o en forma sólida a granel. Definiciones y estructura del Código IMDG.

10. Convenio internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para la gente del mar (I): Disposiciones generales. Requisitos para el personal de buques-tanque. Suficiencia en el manejo de embarcaciones de supervivencia. Resoluciones aprobadas por la Conferencia: Idea general.

11. Convenio internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para la gente del mar (II): Principios relativos a la dotación de seguridad [Resolución A.481(XII)]. Recomendación sobre los principios fundamentales que procede observar en la realización de las guardias de máquinas en buques pesqueros [Resolución A.622(XV)]. Recomendación sobre requisitos mínimos aplicables a la titulación de Maquinistas Navales Jefes y Oficiales de Máquinas de buques pesqueros cuya máquina propulsora principal sea de una potencia igual o superior a 750 KW [Resolución A.653(XV)].

12. Otros Convenios y Resoluciones (I): Directrices para la aceptación de timón no duplicado en buques-tanque, quimiqueros y gaseros de arqueo bruto igual o superior a 10.000 toneladas pero de peso muerto inferior a 100.000 toneladas [Resolución A.467(XII)]. Recomendaciones sobre las reglas aplicables a las instalaciones de máquinas y a las instalaciones eléctricas en buques de pasaje y en buques de carga [Resolución A.520(XIII)].

13. Sistemas de lavado con crudo. Generalidades. Aplicación. Sistemas de gas inerte. Generalidades. Aplicación.

14. Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. Organismos administrativos competentes en los sectores naval y marítimo. La Dirección General de la Marina Mercante.

15. El control por el Estado del puerto. Instrumentos relevantes actuales que integran el Memorándum de París para el control de los buques por el Estado del puerto. Deficiencias en el ámbito del Convenio SOLAS 74/78 que motivan la detención de los buques. Procedimiento de inspección de acuerdo con Memorándum de París.

16. Motores térmicos (I): Explicación física del fenómeno de aspiración. Pérdidas y manera de disminuir las mismas. Valores prácticos de la temperatura al final de la aspiración. Disminución del estrangulamiento. Ecuación de continuidad. Cálculo práctico del diámetro de la válvula de aspiración. Disminución de la presión final de evacuación. Efecto Kadenacy y su influencia en el diagrama.

17. Motores térmicos (II): Aire disponible para la combustión. Cálculo del peso del aire aspirado. Cálculo aproximado de la potencia que puede desarrollar un cilindro dado. Efecto de la altitud. Medios especiales para aumentar la cantidad de aire disponible.

18. Motores térmicos (III): Arranque de los motores. Generalidades. Diferentes sistemas de arranque. Arranque por aire. Fases de arranque. Número de cilindros mínimos para asegurar el arranque. Aire de arranque necesario y condiciones precisas. Volumen de las botellas de arranque.

19. Motores térmicos (IV): El barrido en los motores. Diferentes tipos de barrido. Coeficiente de barrido. Coeficiente de dilación. Coeficiente de relleno. Presiones de barrido y presión del tubo de escape. Fenómenos que se producen en el barrido. Influencia de los conductos de entrada. Influencia de la relación Cc/D y de los torbellinos forzados en el barrido transversal. Cálculo de las lumbreras de barrido y de exhaustación en los diferentes tipos de barrido. Cálculo de la válvula de exhaustación.

20. Motores térmicos (V): Potencia. Diferentes tipos de potencia. Procedimientos para variar la potencia. Curvas características del funcionamiento de un motor diésel. Medida de la potencia de un motor. Relación entre motor-hélice.

21. Turbinas de combustión interna: Estudio de las turbinas de combustión interna. Generalidades. Turbinas de gas. Rendimiento de una turbina de gas. Ciclos que se producen en una turbina de gas. Estudio comparativo de los diferentes ciclos. Rendimiento total de una instalación de turbinas de gas.

22. Instalaciones de vapor: Generadores de vapor. Generalidades. Diferentes tipos. Cálculo de la potencia de un generador de vapor. Diferentes tipos de combustibles utilizados en las calderas de vapor. Rendimiento en las calderas de vapor. Turbinas de vapor. Generalidades. Ciclos prácticos producidos en una turbina de vapor. Potencia máxima obtenida en una turbina de vapor. Rendimiento en las turbinas de vapor.

23. Corriente eléctrica a bordo de los buques: Diferentes tipos de corriente eléctrica producida a bordo de los buques. Balance eléctrico. Cuadros eléctricos principal y secundarios. Diferentes tipos de distribución de corriente eléctrica a bordo de los buques. Corrientes de cortocircuito. Cálculo de corrientes de cortocircuito.

24. Instalaciones frigoríficas a bordo de los buques: Generalidades. Sistemas de refrigeración utilizados en los buques. Diferentes tipos de ciclos utilizados a bordo de los buques. Refrigerantes circulantes. Consumo de refrigerante. Potencia de una instalación frigorífica.

25. Fiabilidad y mantenimiento de sistemas (I): Definición de fiabilidad. Fallos catastróficos y fallos por degradación. Modos, mecanismos y causas de fallo. Fallos infantiles, fallos por azar y fallos por degradación. Distribución de fallos. La fiabilidad como función del tiempo. Mantenimiento correctivo. Mantenimiento predictivo. Tendencias actuales en el mantenimiento predictivo. Análisis de fiabilidad, planificación del mantenimiento y previsión de repuestos.

26. Fiabilidad y mantenimiento de sistemas (II): Ensayos de fiabilidad: Ensayos de medición y demostración; ensayos de variación de parámetros; ensayos de investigación de modos y mecanismos de fallo; ensayos de cribado. Ensayos de vida: Hipótesis de distribución; esfuerzos y condiciones ambientales; ensayos acelerados; programas de ensayo de fiabilidad.

27. Fiabilidad y mantenimiento de sistemas (III): Modelos lógicos y redundancia. Sistemas en serie. Tipos de redundancia. Sistemas en paralelo. Redundancia activa parcial. Combinaciones de series y en paralelos. Redundancia secuencial. Aplicación del teorema de la probabilidad total.

28. Metales y aleaciones soldables más empleados en la construcción naval: Aceros ordinarios. Aceros de alto

límite elástico. Aceros para altas temperaturas. Características físicas y mecánicas. Aplicaciones. Aceros inoxidables. Características físicas y mecánicas. Tipos especiales. Aplicaciones.

29. Ensayos destructivos: Generalidades. Ensayos de tracción. Observación de fracturas. Probetas. Ensayos de flexión. Ensayos de dureza. Ensayos de fatiga. Probeta.

30. Ensayos no destructivos: Generalidades. Ensayos no destructivos por ultrasonidos. Ensayos no destructivos por líquidos penetrantes. Ensayos no destructivos por rayos X. Ensayos no destructivos por rayos gamma. Capacidad de detección, localización y evaluación de las imperfecciones.

Especialidad Radioelectrónica

Primer grupo: Seguridad de la navegación y salvamento.

1. Disposiciones de seguridad relativas a los sistemas, medios y dispositivos de adquisición de datos oceánicos (SADO). Notificación sin información referentes a los SADO. Plazos y mensajes de peligro. Marcas y niveles de características. Definición de los términos (Resolución A.50.III).

2. Convenio internacional sobre búsqueda y salvamento marítimo: Disposiciones generales. Términos y definiciones. Organización. Cooperación. Medidas preparatorias. Procedimientos operacionales. Sistemas de notificación de la situación de los buques. Resoluciones aprobadas por la Conferencia.

3. Código marítimo de identificación a fines de búsqueda y salvamento (código MAREC): Generalidades. Buques mercantes. Embarcaciones menores. Formato normalizado de notificación de contingencias a fines de búsqueda y salvamento (SITREP).

4. Recopilación y envío de datos hidrográficos (Resolución A.532.XIII). Servicio mundial de radioavisos náuticos (Resolución A.419.XI). Participación en el sistema AMVER (Resolución A.4887.XII).

5. Principios generales a que deben ajustarse los sistemas y prescripciones de notificación para buques (Resolución A.598.15). Signos relacionados con dispositivos y medios de salvamento (Resolución A.603.15).

6. Establecimiento y funcionamiento de los servicios NAVTEX: Principales características del sistema. Carácter de identificación del transmisor. Atribución de las horas de emisión. Carácter indicador de asunto. Numeración de los mensajes. Formato de mensaje. Control de la información. Planificación de un servicio NAVTEX. Anotación de los mensajes NAVTEX en el registro. Información para los navegantes y publicidad (Resolución A.617.15).

Segundo grupo: Radiocomunicaciones.

7. El Reglamento de Radiocomunicaciones: Estructura y contenido. Términos generales. Términos específicos relativos a la gestión de frecuencias. Servicios, estaciones y sistemas radio eléctricos. Explotación. Características de las emisiones y de los equipos y compartición de frecuencias. Términos técnicos relativos al espacio.

Nomenclatura de las bandas de frecuencia y de las longitudes de onda empleadas en las radiocomunicaciones. Nomenclatura de las fechas y horas. Denominación de las emisiones. Características técnicas de las estaciones.

Reglas generales para la asignación y el empleo de las frecuencias. Acuerdos y disposiciones especiales. Atribución de las bandas de frecuencias: Regiones, zonas, categorías de los servicios y de las atribuciones. Junta Internacional de Registro de Frecuencias: Funciones y métodos de trabajo. Coordinación de asignaciones de frecuencias, notificaciones e inscripción en el Registro Internacional de Frecuencias.

Medidas contra las interferencias. Pruebas en estaciones. Comprobación de las emisiones. Infracciones. Procedimiento a seguir en caso de interferencia perjudicial.

Secreto de las radiocomunicaciones. Licencias. Identificación de las estaciones: Generalidades. Atribución de series internacionales y asignación de distintivos de llamada selectiva del servicio móvil marítimo. Documentos de servicio.

8. Servicios de radiocomunicación espacial: Disposiciones especiales. Servicio de radiodifusión y servicio de radiodifusión por satélite. Servicio fijo. Servicio de aficionados y servicio de aficionados por satélite.

Servicio de frecuencias patrón y de señales horarias. Estaciones experimentales. Servicio de radiodeterminación y de radiodeterminación por satélite. Servicio de radioastronomía.

9. Comunicaciones de socorro y seguridad. Frecuencias de socorro y seguridad. Comunicaciones de socorro. Transmisiones de urgencia y seguridad, y transporte sanitarios. Señales de alarma y de avisos. Servicios especiales relativos a la seguridad.

10. Servicio móvil marítimo (I): Autoridad del Capitán y personal del servicio. Inspección de las estaciones de barco y de las estaciones terrenas de barco. Horarios de las estaciones del servicio móvil marítimo. Condiciones de funcionamiento del servi- cio móvil marítimo y del servicio móvil marítimo por satélite.

Servicio móvil marítimo (II): Disposiciones especiales relativas al empleo de las frecuencias en el servicio móvil marítimo. Orden de prioridad de las comunicaciones en el servicio móvil marítimo y en el servicio móvil marítimo por satélite.

Servicio móvil marítimo (III): Procedimiento general radiotelegráfico en el servicio móvil marítimo. Procedimientos generales aplicables a la telegrafía de impresión directa de banda estrecha. Procedimiento general radiotelefónico en el servicio móvil marítimo.

11. Organización Internacional de Telecomunicaciones Marítimas por Satélite (INMARSAT): Convenio Constitutivo y Acuerdo de Explotación.

12. Descripciones del complejo costero de Telefónica. Redes de estaciones costeras de ondas decamétricas, hectométricas y métricas. Esquema operativo de las redes. Descripción, procedimiento operativo y prestaciones del servicio radiotelefónico en ondas hectométricas. Id. del servicio radiotelefónico en ondas métricas.

Descripción, procedimiento operativo y prestaciones del servi cio radiotelegráfico en ondas decamétricas de Telefónica. Id. del servicio radiotelegráfico en ondas hectométricas. Id. del servicio radiotelex en ondas decamétricas. Servicios especiales para la seguridad de la navegación que presta el complejo costero de Telefónica. Boletines meteorológicos. Radioavisos náuticos. Servicio radiomédico.

13. SOLAS 74/78. Capítulo I. Parte A: Ámbito de aplicación. Definiciones. Excepciones. Exenciones. Equivalencias.

SOLAS 74/78. Capítulo I. Parte B: Inspección y reconocimiento. Reconocimientos en buques de pasaje. Reconocimientos de los dispositivos de salvamento y otro equipo de los buques de carga. Reconocimientos de las instalaciones radioeléctricas y de radar en buques de carga. Reconocimientos del casco, las máquinas y el equipo de los buques de carga.

14. SOLAS 74/78. Capítulo III. Parte B: Mantenimiento de las condiciones comprobadas en el reconocimiento. Expedición de los certificados. Duración y validez de los certificados. Modelos de los certificados. Exhibición y aceptación de los certificados. Circunstancias no previstas en los certificados. Inspecciones y privilegios.

SOLAS 74/78. Capítulo III. Parte B: Comunicaciones. Dispositivos radioeléctricos de salvamento. Aparato radioeléctrico portátil para embarcaciones de supervivencia. Instalación radiotelegráfica para botes salvavidas. Radiobaliza de localización de siniestros para embarcaciones de supervivencia. Aparatos radiotelefónicos bidireccionales. Bengalas para señales de socorro. Sistema de comunicaciones a bordo y sistema de alarma.

15. SOLAS 74/78. Capítulo IV. Parte A: Ámbito de aplicación. Expresiones y definiciones. Estación radiotelegráfica. Estación radiotelefónica. Instalación radiotelefónica de ondas métricas. Exenciones.

SOLAS 74/78. Capítulo IV. Parte B: Servicios de escucha raditelegráfica. Servicios de escucha radiotelefónica. Servicios de escucha radiotelefónica en ondas métricas.

SOLAS 74/78 Capítulo IV. Parte C: Estaciones radiotelegráficas. Instalaciones radiotelegráficas. Autoalarmas radiotelegráficas. Radiogoniómetros.

SOLAS 74/78. Capítulo IV. Parte C: Instalación radiotelegráfica para botes salvavidas. Aparato radioeléctrico portátil para embarcaciones de supervivencia. Radiobalizas de localización de siniestros para embarcaciones de supervivencia. Inspección de pruebas periódicas de las radiobalizas de localización de siniestros. Aparatos radiotelefónicos bidireccionales para embarcaciones de supervivencia.

SOLAS 74/78. Capítulo IV. Parte C: Estaciones radiotelefónicas. Instalaciones radiotelefónicas. Instalaciones radiotelefónicas de ondas métricas. Autoalarmas radiotelefónicas. Parte D: Registros radioeléctricos.

16. Instalaciones de equipos radioeléctricos: Requisitos generales. Aplicación de las especificaciones. Condiciones generales. Protección. Pruebas: Condiciones normales. Pruebas: Condiciones extremas. Pruebas ambientales y mecánicas: Equipos de intemperie y equipos de interior.

17. Receptor para escucha de socorro en la frecuencia de 2.182 KHz.: Aplicación de las especificaciones. Receptor. Silenciador. Funcionamiento del silenciador. Protección contra señales interferentes. Funcionamiento durante los períodos de silencio en radiotelefonía. Disposiciones a tomar para las pruebas periódicas. Modificaciones que han de sufrir los receptores aprobados previamente.

18. Radiogoniómetros: Aplicación de las especificaciones. Pruebas mecánicas y ambientales. Frecuencias y clases de emisión. Sintonía. Condiciones en que se han de efectuar las pruebas. Pruebas comunes a equipos con y sin «nulo acústico». Pruebas aplicables a cada uno de ellos. Instalación del radiogoniómetro. Calibración, toma de marcaciones y comprobación.

19. Radiobalizas para localización de siniestros (RBLS): Funciones. Aplicación de las especificaciones. Características generales. Prueba del sistema de libre flotación y activación. Pruebas eléctricas. Pruebas mecánicas y ambientales. Pruebas operativas.

20. Transmisores y receptores radiotelegráficos principal y de reserva: Objeto de las especificaciones técnicas. Condiciones generales. Condiciones de prueba. Fuentes de alimentación y temperatura ambiente. Condiciones generales para la medida. Especificaciones y pruebas eléctricas.

21. Equipo de impresión directa de banda estrecha para la recepción de información de avisos a los navegantes y meteorología (receptor NAVTEX): Objeto de las especificaciones técnicas. Condiciones generales. Condiciones de prueba, fuentes de alimentación y temperatura ambiente. Receptor. Impresora.

22. Radioteléfono de banda lateral única: Aplicación de las especificaciones técnicas. Transmisor. Receptor.

23. Radioteléfonos de ondas métricas: Aplicación de las especificaciones técnicas. Transmisor. Receptor.

24. Radar (I): Normas de rendimiento. Alcance eficaz. Alcance mínimo. Presentación visual. Medida de la distancia. Indicador de proa. Medición de la marcación. Discriminación. Balanceo o cabeceo. Exploración. Estabilización azimutal. Comprobación del rendimiento. Dispositivos antiparásitos.

Radar (II): Funcionamiento. Interferencia. Estabilización mar o estabilización tierra (presentación con movimiento verdadero). Sistema de antena. Funcionamiento con balizas radar. Instalaciones múltiples de radar. Normas de rendimiento sobre los aparatos de radar náutico.

Ayuda de punteo de radar automática (APRA): Generalidades. Detección. Captación. Seguimiento. Pantalla. Avisos operacionales. Prescripciones relativas a datos. Maniobra de prueba. Precisión. Conexión con otro equipo. Pruebas de rendimiento y avisos. Equipo utilizado con las APRA. Términos y definiciones. Cuadros operacionales. Errores del detector.

25. Ecosonda: Alcance de profundidad. Escalas de alcance. Método de presentación. Iluminación. Ritmo de repetición. Exactitud de medida. Balanceo y cabeceo. Energía. Interferencias. Durabilidad y resistencia a los efectos del clima. Información y mantenimiento.

26. Sistema mundial de socorro y seguridad marítimos (SMSSM): Generalidades. Funciones del SMSSM. Medios de comunicación utilizados. Prescripciones relativas al equipo.

27. Respondedores de radar para embarcaciones de supervivencia destinados a las operaciones de búsqueda y salvamento (Resolución A.604.15). Aparatos radiotelefónicos bidireccionales de ondas métricas para embarcaciones de supervivencia (Resolución A.605.15). Estaciones terrenas de buques aptas para comunicaciones bidireccionales (Resolución A.608.15).

28. Instalaciones radioeléctricas de a bordo de ondas métri cas aptas para comunicaciones telefónicas y llamada selectiva digital (Resolución A.609.15). Id. de ondas hectométricas (Resolución A.610.15). RLS satelitarias autozafables de 406 MHz. (Resolución A.611.15). RLS autozafables de ondas métricas (Resolución A.612.15).

Instalaciones radioeléctricas de a bordo en ondas hectométricas/decamétricas aptas para comunicaciones telefónicas, impresión directa de banda estrecha y llamada selectiva digital (Resolución A.613.15). Aplicación marítima de balizas radar y respondedores (Resolución A.615.15). Capacidad de radiorrecalada para fines de búsqueda y salvamento (Resolución A.616.15).

29. Ley de Ordenación de las Telecomunicaciones (LOT) (I): Estructura y contenido. Definiciones y disposiciones de carácter general. El dominio público radioeléctrico: Gestión, utilización y explotación. El Plan Nacional de Telecomunicación.

LOT (II): Los servicios civiles de telecomunicación. Servicios finales y portadores. Servicios de valor añadido y de difusión. Competencias administrativas, inspecciones e infracciones en materia de telecomunicación.

30. Política comunitaria en materia de Telecomunicaciones: Normalización, contratos públicos y acción regional. Directiva 96/98 de CE del Consejo de 20 de diciembre de 1996.

ANEXO III

Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Transportes, Turismo

y Comunicaciones

CURSO SELECTIVO

MÓDULO I

Administración y función pública

El Estado y las Administraciones Públicas.

1. El marco constitucional. La Corona. El Tribunal Constitucional.

2. Los tres poderes del Estado. El Poder Legislativo: La función legislativa de las Cortes Generales y su relación con los otros poderes.

3. El Poder Judicial: Organización, funciones e independencia. Sus relaciones con los otros poderes.

4. El Poder Ejecutivo: El Gobierno y la Administración. Mecanismos de control del Gobierno. Sus relaciones con los otros poderes.

5. Las Administraciones Públicas: Principios constitucionales de organización y funcionamiento.

6. La Administración Central del Estado: Los órganos superiores. Esquema de la organización ministerial en España.

7. Esquema de la organización territorial de las Administraciones Públicas. Órganos periféricos de la Administración del Estado.

8. La Administración institucional. Las empresas públicas.

9. Las Comunidades Autónomas. Distribución de competencias. Relaciones de cooperación y de conflicto con el Estado.

10. La Administración Pública de las Comunidades Autónomas: Organización y funcionamiento.

11. Las Entidades Locales: Relaciones con los otros poderes territoriales. La Administración Pública Local. Órganos consultivos y de control de la Administración.

12. Las Comunidades Europeas: Principios básicos de organización y funcionamiento.

13. La organización general del Ministerio de Fomento.

14. Análisis de los órganos sectoriales. Análisis de los órganos horizontales.

15. La atribución y el ejercicio de las competencias. Descentralización, desconcentración y delegación.

16. La organización territorial del Ministerio de Fomento.

17. Organismos Autónomos, Entes públicos y Sociedades Estatales del Ministerio de Fomento.

Reglas de funcionamiento de la Administración Pública.

18. El Estado de Derecho y la Administración pública. El principio de jerarquía de las normas. Leyes. Decretos-Leyes y Decretos legislativos. La legislación de las Comunidades Autónomas.

19. Las normas reglamentarias. Los Decretos. Las Órdenes ministeriales. Instrucciones y Circulares. Tramitación administrativa de las disposiciones de carácter general. Técnica para su elaboración.

20. Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Análisis global de la Ley 30/1992.

21. La actividad de la Administración Pública (I). El principio de legalidad.

22. Los actos administrativos.

23. La actividad de la Administración Pública (II). El concepto de interesado. Los derechos del ciudadano. Los actos presuntos.

24. La actividad de la Administración Pública (III). Los procedimientos administrativos. Análisis de las fases del procedimiento: Iniciación, ordenación, instrucción, finalización y ejecución.

25. La responsabilidad de la Administración Pública y sus agentes.

26. La revisión de los actos en vía administrativa. La revisión de oficio. El sistema de recursos. La reclamación económico-administrativa.

27. La Administración Pública y la justicia. La reclamación previa. El recurso contencioso-administrativo.

Recursos Humanos y Función Pública. 28. Régimen general de la Función Pública. Características de la Función Pública. Competencias en materia de personal. Órganos de coordinación y control.

29. Planificación de recursos humanos. La oferta de empleo. Los planes de empleo público.

30. La selección de recursos humanos. Concepto y clases. Sistemas selectivos: La promoción interna.

31. La provisión de puestos de trabajo. Análisis detallado de las modalidades normales y excepcionales.

32. Movilidad y promoción profesional.

33. Derechos y deberes de los funcionarios.

34. Situaciones administrativas.

35. Régimen disciplinario. Las incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

36. El sistema retributivo de la Función Pública. Análisis de los conceptos retributivos. Conexión entre puestos de trabajo y retribuciones.

37. Las relaciones de puestos de trabajo.

MÓDULO II

La Unión Europea

1. La Unión Europea: La unión política y la unión económica y monetaria. El Tratado de la Unión Europea. La adhesión de España a las Comunidades Europeas: Problemática económica de la plena integración.

2. Las instituciones comunitarias (I): El Consejo Europeo, el Consejo de Ministros y la Comisión.

3. Las instituciones comunitarias (II): El Parlamento Europeo, el Tribunal de Justicia. La participación de los Estados miembros en el proceso decisorio.

4. El Derecho Comunitario. Sus fuentes: Reglamentos, directivas y decisiones. Relaciones entre el Derecho Comunitario y el ordenamiento jurídico de los Estados miembros. La aplicación del Derecho Comunitario.

5. El Presupuesto Comunitario. Características, estructura y normativa reguladora. Las políticas estructurales y las nuevas perspectivas financieras comunitarias. Las políticas comunes de la Unión Europea. Especial referencia a las Políticas Regional, de Transportes, Medio Ambiente y Comunicaciones.

Políticas públicas

6. Administración Pública y sociedad: Un enfoque general del problema. Evolución de nuestra Administración Pública. Los retos de la Administración Pública actual. Los procesos de cambio en la Administración Española.

7. La eficacia y la eficiencia en el sector público. Hacia la búsqueda de la calidad total.

8. El impacto de las tecnologías de la información en la gestión pública.

9. Los profesionales de la Administración Pública. Su relación con los poderes públicos y los ciudadanos. La ética del servicio público. La Administración Pública al servicio del ciudadano.

10. El proceso de actuación de los poderes públicos. Análisis y política. Actores e instituciones en la formación de las políticas públicas. Problemas, agendas y papel de los «terceros».

11. Del enfoque racional al papel del «garbage can». El papel de la organización en la implementación. ¿Cómo trabajar en la mejora del proceso implementador?

12. La crisis de la burocracia como sistema de gestión y la adecuación de técnicas del sector privado: El «management público». Los procesos de modernización de las Administraciones públicas de nuestro entorno. Los retos de la Administración española en un entorno competitivo.

13. Las políticas públicas: Diseño, ejecución y evaluación de políticas públicas. La toma de decisiones. Teoría de la decisión y modelos matemáticos aplicables a la toma de decisiones en un contexto de incertidumbre: Matices y árboles de decisión, teoría de juegos y análisis de redes.

14. Técnicas de gestión de conflictos: Mediación, arbitraje y conciliación.

15. La información en la Administración Pública. Sistemas de información para la dirección y para la gestión: «Executive Information System» (EIS) y el «Management Information System» (MIS). Los grandes sistemas informáticos de la Administración del Estado (El Registro Central de Personal).

MÓDULO III

Gestión administrativa

1. Contratación administrativa. Marco normativo. El contrato administrativo. Órganos de contratación.

2. Elaboración, aprobación y replanteo del proyecto. Tramitación del expediente de contratación con aprobación del pliego de cláusulas administrativas particulares y del gasto correspondiente. Selección del adjudicatario.

3. Ejecución del contrato de obra pública. Prerrogativas de la Administración. Garantías del contratista. Ejecución de obras por la propia Administración. Extinción del contrato.

4. Régimen de pagos. Cesión y subcontratación.

5. Ejecución del contrato de obras. Modificación. Obras complementarias. Cesión y subcontrato. Ejecución por administración. Extinción del contrato.

6. La actividad convencional de la Administración Pública. Contratación de otros Entes públicos.

7. La Expropiación forzosa: Concepto. Naturaleza jurídica. Legislación vigente. Sujetos. Objeto. Procedimiento general. Procedimiento de urgencia. Procedimientos especiales. Reversión de bienes expropiados. Garantías jurisdiccionales.

8. Práctica de los procedimientos: Procedimiento general de urgencia. Determinación del justo precio: Sistemas. Incidencias derivadas de la tramitación de expedientes.

9. El Dominio público: Concepto y naturaleza jurídica. Clasificación. El Patrimonio del Estado. El Patrimonio Nacional. Elementos del dominio público: Sujeto. Objeto. Destino. El dominio público: Afectación, desafectación y mutaciones demaniales.

10. Régimen jurídico del dominio público: Inalienabilidad. Inembargabilidad. Dominio Público y el Registro. Servidumbres. Imprescriptibilidad. Deslinde. Recuperación. Potestad sancionadora. Utilización del dominio público. Usos comunes: General y especial. Uso privativo. Autorizaciones y concesiones. Reservas demaniales.

11. La Administración sancionadora y la Administración responsable. Principios que informan la potestad sancionadora y el procedimiento sancionador.

12. Dominio público carreteras (I): Concepto. Modos de explotación de las carreteras. Carreteras en régimen de concesión. Elementos funcionales. Áreas de servicio. Estaciones de servicio. Uso y defensa. Zonas de protección. Zonas de dominio público, servidumbre y afectación. Línea de edificación. Publicidad. Autorizaciones de obras, instalaciones o actividades. Accesos. Uso de las carreteras. Infracciones y sanciones. Tramos urbanos.

13. Dominio público carreteras (II): Tramitación de expedientes relacionados con las limitaciones de la propiedad. Publicidad. Expedientes sobre estaciones de servicio, accesos, paralización de obras, infracciones y sanciones. Expedientes sobre obras en las márgenes de tramos urbanos.

MÓDULO IV

Gestión económica financiera

1. El modelo económico español en el marco de la economía mundial. Líneas generales de la política económica actual. El sector Servicios y los subsectores de transporte, comunicaciones. Análisis de las principales macromagnitudes. Incidencias de las obras públicas en el marco económico social.

2. La actividad financiera de la Administración: Concepto y normas reguladoras. Organización de la Administración financiera. Presupuesto y ciclo presupuestario. El ámbito jurídico de la Administración en vía tributaria. Principio y contenido de la misma. Principio de legalidad. Teoría jurídica de los ingresos públicos. Clasificación.

3. El Tributo. Concepto y clases. Especial estudio de las tasas y precios. Contenido de la relación jurídica tributaria. Liquidación e inspección tributaria. Recaudación y reclamación en vía tributaria. Los tributos y el Ministerio de Fomento. Figuras de especial importancia en los campos de la tasa y de la contribución especial.

4. Los Presupuestos Generales del Estado: Contenido y aprobación: La estructura presupuestaria. La elaboración del presupuesto.

5. Las modificaciones presupuestarias: Clases de modificaciones y tramitación. El Presupuesto del Ministerio de Fomento para 1997: Principales partidas del gasto. Ingresos gestionados por el Ministerio de Fomento.

6. Procedimientos ordinarios de ejecución y control del gasto: Procedimiento común del gasto. Procedimiento común del pago. Contabilidad y control del presupuesto de gastos.

7. La ejecución de los gastos públicos (I): Los gastos de personal: Retribuciones de los empleados públicos. Elaboración y pago de las nóminas. Otros gastos de personal.

8. La ejecución de los gastos públicos (II): Los gastos de transferencias: Gestión de subvenciones. Gestión de gastos derivados de la responsabilidad patrimonial del Estado.

9. La ejecución del presupuesto de gastos como consecuencia de la actividad contractual de la Administración.

10. Procedimientos especiales de gasto: Anticipos de caja fija. Pagos a justificar. Obras de emergencia. Pagos en el exterior. Convalidación de gastos realizados sin fiscalización. Tramitación anticipada de expedientes de gasto.

MÓDULO V

Dirección de recursos humanos

1. Comunicación: Como fuente de conflicto. Como fuente de crecimiento. Escucha activa. Medios de comunicación-riqueza de información.

2. Estilo de mando.

3. Motivación.

4. Creación de equipo. Grupos.

5. Toma de decisiones.

6. Conflicto.

7. Metodología para la participación. Delegación. Competencia vs. colaboración.

8. El directivo y el cambio.

9. Análisis de problemas.

10. Análisis de situaciones.

11. Análisis de decisiones.

12. Análisis de problemas potenciales.

13. Problemas con personas.

ANEXO IV

Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Transportes, Turismo

y Comunicaciones

Tribunal titular

Presidente: Don Cesáreo Clavero Martínez, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo.

Vocales:

Don Vicente Cuéllar Mirasol, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo.

Don Eliseo Miranda Cerezo, Cuerpo de Ingenieros Navales.

Doña Mercedes Rodríguez Arranz, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Secretario: Don Juan Escobar Hinojosa, Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos.

Tribunal suplente

Presidente: Don Juan Antonio Alonso Bernal, Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información.

Vocales:

Don Antonio Ruiz Mateo, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo.

Don Francisco Javier Herce López, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones.

Don Juan Otero Díez, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones.

Secretario: Don Francisco Achutegui Viada, Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos.

ANEXO V

Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Transportes, Turismo

y Comunicaciones

Don , con domicilio en y con documento nacional de identidad número , declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario de la Escala , que no ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

En , a de de 1997.

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