La entidad «Seguros El Corte Inglés Vida, Pensiones y Reaseguros, Sociedad Anónima» ha presentado en la Dirección General de Seguros solicitud de autorización de la fusión, por absorción, de la entidad «Seguros El Corte Inglés, Ramos Generales y Reaseguros, Sociedad Anónima».
De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada, se desprende que las citadas entidades han dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 23 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros, he resuelto:
Primero.-Autorizar la fusión por absorción de las entidades «Seguros El Corte Inglés, Ramos Generales y Reaseguros, Sociedad Anónima», por la entidad «Seguros El Corte Inglés Vida, Pensiones y Reaseguros, Sociedad Anónima».
Segundo.-Autorizar a la entidad «Seguros El Corte Inglés Vida, Pensiones y Reaseguros, Sociedad Anónima» para operar en el ramo de accidentes, número 1 de la clasificación establecida en la disposición adicional primera de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
Tercero.-Declarar la extinción y subsiguiente cancelación de la inscripción del Registro Administrativo de Entidades Aseguradoras de la entidad «Seguros El Corte Inglés, Ramos Generales y Reaseguros, Sociedad Anónima». Dicha cancelación tendrá efecto a la fecha en que se produzca la preceptiva inscripción de la correspondiente escritura pública en el Registro Mercantil.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 19 de diciembre de 1996.-P. D. (Orden de 29 de diciembre de 1986), el Secretario de Estado de Economía, Cristóbal Montoro Romero.
Ilmo. Sr. Director general de Seguros.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid