En el recurso de apelación número 859/1993, interpuesto ante el Tribunal Supremo por la representación procesal de don José Orrit Freixa, contra la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional de fecha 23 de febrero de 1989, en el recurso contencioso-administrativo número 17.062/1986, deducido contra la Resolución de 3 de julio de 1986, relativa a legalización de obras realizadas en zona marítimo-terrestre en el lugar denominado «Urbanización Mas Pei o Punta Brava», término municipal de San Feliu de Guíxols, en fecha 17 de marzo de 1997, ha sido dictada sentencia, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:
«Fallamos: Que desestimamos el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de don José Orrit Freixa, contra la sentencia de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional de fecha 23 de febrero de 1989, recaída en el recurso número 17.062/1986, debemos confirmar dicha sentencia, con expresa imposición de costas en esta instancia.»
Este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artícu los 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y cumplimiento.
Madrid, 31 de julio de 1997.-P. D. (Orden de 25 de septiembre de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 27), el Subsecretario, Claro José Fernández-Carnicero González.
Ilmo. Sr. Director general de Costas.
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