Visto el expediente de indulto de doña Isabel Tatiana García Sánchez, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenada por el Juzgado de lo Penal número 3 de Oviedo, en sentencia de fecha 24 de mayo de 1995, como autora de dos delitos de robo con intimidación, a la pena de seis meses de arresto mayor por cada uno, y otros dos delitos de robo con intimidación con utilización de medio peligroso, a dos penas de dos años de prisión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1994; a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 24 de julio de 1997,
Vengo en indultar a doña Isabel Tatiana García Sánchez las penas privativas de libertad pendientes de cumplimiento, a condición de que no abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Palma de Mallorca a 24 de julio de 1997.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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