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Visto el expediente de indulto de don Juan Luis Paneque Villodres, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Girona, en sentencia de fecha 25 de abril de 1994, como autor de un delito de robo, a la pena de cuatro años, dos meses y un día de prisión menor; un delito de tenencia ilítica de armas, a la pena de seis meses y un día de prisión menor, y otro delito de hurto, a la pena de un mes y un día de arresto mayor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1986, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 24 de julio de 1997,
Vengo en indultar a don Juan Luis Paneque Villodres las penas privativas de libertad pendientes de cumplimiento, a condición de que abone las responsabilidades civiles fijadas en sentencia en el plazo que determine el Tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Palma de Mallorca a 24 de julio de 1997.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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