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Documento BOE-A-1997-19674

Orden de 28 de agosto de 1997 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso contencioso-administrativo 1.981/95, promovido por don Francisco Mateos Peinado.

Publicado en:
«BOE» núm. 218, de 11 de septiembre de 1997, páginas 27017 a 27018 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1997-19674

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado sentencia, con fecha 19 de marzo de 1997, en el recurso contencioso-administrativo número 1.981/95 en el que son partes, de una, como demandante, don Francisco Mateos Peinado, y, de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas, de fecha 25 de julio de 1995, que desestimaba el recurso ordinario interpuesto contra la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, de fecha 14 de marzo de 1995, sobre reintegro de gastos por desplazamiento.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Francisco Mateos Peinado contra la Resolución de la Dirección Provincial de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado de Jaén, de 14 de marzo de 1995, que le denegó el abono de determinados gastos, y contra la del Ministerio para las Administraciones Públicas de 25 de julio de 1995, que desestimó el recurso ordinario, debemos declarar y declaramos las mencionadas resoluciones no ajustadas a Derecho, anulando las mismas; declarando, por el contrario, que el recurrente tiene derecho a que se le reintegren por la MUFACE los gastos de desplazamiento de Andújar a Jaén realizados por su hija Lourdes, para su rehabilitación y los que se sigan devengando por la misma causa siempre que se mantengan las actuales circunstancias de la paciente; sin costas.»

En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 28 de agosto de 1997.-P. D. (Orden de 27 de septiembre de 1996, «Boletín Oficial del Estado» de 4 de octubre), el Secretario general técnico, Tomás González Cueto.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general de La Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

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