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Documento BOE-A-1997-19790

Orden de 11 de septiembre de 1997 por la que se amplía para el año 1997 y en determinados supuestos, el plazo de presentación de programas operativos y planes de acción de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas.

Publicado en:
«BOE» núm. 220, de 13 de septiembre de 1997, páginas 27188 a 27189 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1997-19790
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1997/09/11/(1)

TEXTO ORIGINAL

El artículo 3 del Reglamento (CE) número 411/97, de la Comisión, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) número 2.200/96, del Consejo en lo relativo a los programas y fondos operativos y a la ayuda financiera comunitaria, contempla la fecha del 15 de septiembre del año anterior al del inicio de su aplicación, como fecha límite para la presentación de proyectos de programas operativos y de planes de acción, facultando a los Estados miembros a aplazar dicha fecha.

El elevado número de programas operativos y planes de acción que se han presentado en los organismos nacionales competentes y los plazos establecidos para su resolución durante 1997, puede conducir a que algunos proyectos pueden ser objeto de rechazo de acuerdo con el apartado 2 del artículo 15 del citado Reglamento en fecha posterior a la fecha límite hábil de presentación de proyectos para su ejecución durante 1998.

Como consecuencia, se considera oportuno que para los proyectos de programas operativos y planes de acción rechazados durante 1997, se contemple la posibilidad de ampliación del plazo límite fijado en el artícu lo 3 de la Orden de 14 de mayo de 1997 («Boletín Oficial del Estado» número 119) para la presentación de nuevas propuestas ante las autoridades competentes.

En su virtud, dispongo:

Artículo único.

Para las organizaciones de productores de frutas y hortalizas que hayan presentado programas operativos y planes de acción antes del 30 de junio de 1997 y hayan sido rechazados por la autoridad competente, se amplía, para la presentación de nuevas solicitudes, el plazo previsto en el artículo 3 de la Orden de 14 de mayo de 1997, por la que se regulan los programas operativos y los fondos operativos de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas, hasta el 30 de octubre de 1997.

Disposición final. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 11 de septiembre de 1997.

DE PALACIO DEL VALLE-LERSUNDI

Ilmos. Sres. Secretario general de Agricultura y Alimentación, Director general de Producciones y Mercados Agrícolas y Director general del FEGA.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 11/09/1997
  • Fecha de publicación: 13/09/1997
  • Fecha de entrada en vigor: 13/09/1997
  • Entrada en vigor: 13 de septiembre de 1997.
Referencias anteriores
Materias
  • Ayudas
  • Frutos y productos hortícolas

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