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Documento BOE-A-1997-20288

Resolución de 3 de septiembre de 1997, de la Universidad Pública de Navarra, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión de tres plazas vacantes de la Escala Técnica de Gestión (Rama Económica).

Publicado en:
«BOE» núm. 228, de 23 de septiembre de 1997, páginas 27857 a 27864 (8 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1997-20288

TEXTO ORIGINAL

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 18 de la Ley de Reforma Universitaria, en relación con el artículo 3.e) de la misma norma, así como de acuerdo con lo establecido en el artículo 40 de los Estatutos de esta Universidad, ha resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Técnica de Gestión (Rama Económica), con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir tres plazas de funcionario de la Escala Técnica de Gestión (Rama Económica) de esta Universidad.

1.2 En el caso de producirse nuevas vacantes en la Universidad correspondientes a la Escala objeto de esta convocatoria de pruebas selectivas, las plazas correspondientes a dichas vacantes podrán acumularse a las ofertadas en el apartado 1.1, mediante resolución del Rector de esta Universidad anterior a la realización del tercer ejercicio de la fase de oposición autorizando la incorporación de esas plazas para ser provistas por las pruebas selectivas objeto de la presente convocatoria.

1.3 La realización de las pruebas selectivas se ajustará a lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; los Estatutos de la Universidad, y la normativa contenida en la presente convocatoria.

1.4 El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:

A) Oposición:

1.4.1 Primer ejercicio: Estará compuesto de dos partes, teniendo ambas carácter eliminatorio.

El Tribunal podrá decidir que el desarrollo del ejercicio sea en una o más sesiones, incluso podrá acordar la realización de cada una de las partes en convocatorias separadas.

Primera prueba: Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario tipo test con respuestas alternativas, de la que sólo una podrá ser considerada correcta, sobre las materias del programa, tanto en la parte específica como de la general, que figuran como anexo I.

El tiempo máximo para la realización de esta prueba será de dos horas y se calificará de cero a 10 puntos, siendo eliminados aquellos opositores que no obtengan un mínimo de cinco puntos.

Segunda prueba: Consistirá en el desarrollo por escrito de tres temas. Cada tema será elegido por los opositores, de entre dos extraídos al azar por el Tribunal, de entre los relacionados en cada una de las partes del programa, que figuran como anexo I a la presente convocatoria.

El tiempo para la realización de la segunda prueba no podrá ser superior a seis horas.

Esta prueba será leída por cada uno de los aspirantes ante el Tribunal en sesión pública.

Cada tema será valorado de cero a 10 puntos, siendo necesario para superar esta prueba obtener al menos una calificación de cuatro puntos en cada uno de los temas, siempre y cuando en la valoración conjunta de la misma el aspirante obtenga la puntuación mínima exigida en el párrafo siguiente.

La puntuación total de la segunda prueba vendrá integrada por la suma de las calificaciones otorgadas a cada uno de los temas, siendo eliminados los opositores que no hubieran obtenido una puntuación mínima de 15 puntos.

1.4.2 Segundo ejercicio: Tendrá carácter eliminatorio.

Consistirá en la resolución por los aspirantes de uno o varios supuestos prácticos, propuestos por el Tribunal, relacionados con las materias que figuran en el programa, así como con el ejercicio de las funciones inherentes a las plazas convocadas.

El tiempo para la realización del segundo ejercicio no podrá ser superior a cinco horas.

El ejercicio será leído por los aspirantes ante el Tribunal en sesión pública. Durante la lectura el aspirante podrá ser interrogado por los miembros del Tribunal calificador sobre los distintos extremos que considere oportunos, relacionados con los supuestos prácticos realizados.

El ejercicio será valorado de cero a 20 puntos. Serán eliminados los opositores que no obtengan una puntuación mínima de 10 puntos.

1.4.3 Tercer ejercicio: Tendrá carácter eliminatorio.

Consistirá en la realización de una serie de pruebas psicotécnicas, dirigidas a la valoración de las aptitudes de los aspirantes en relación con las funciones inherentes a las plazas convocadas. Esta prueba será realizada por el Servicio de Psicología Aplicada del Instituto de Administración Pública del Gobierno de Navarra, en los locales y en las sesiones que determine el citado organismo.

El ejercicio será valorado de cero a 10 puntos. Serán eliminados los opositores que no obtengan una puntuación mínima de cinco puntos.

B) Concurso:

Consistirá en la valoración de los méritos alegados por los aspirantes con arreglo al baremo que se especifica a continuación. En ningún caso la puntuación obtenida por acumulación de los méritos correspondientes a los distintos apartados de la fase de concurso podrá superar los 30 puntos.

1. Méritos profesionales: Se valorarán los siguientes méritos, siendo la puntuación máxima de este apartado 16,5 puntos:

a) Por cada mes de servicios prestados a la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes en universidades públicas, en funciones análogas a las de las plazas convocadas, 0,35 puntos, hasta un máximo de tres años.

b) Por cada mes de servicios prestados a la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes en cualquier admi- nistración, organismo e institución pública, diferente de universidades públicas, en funciones análogas a las de las plazas convocadas, 0,15 puntos, hasta un máximo de tres años.

2. Conocimientos de euskera y otros idiomas: Se valorarán los siguientes méritos, siendo la puntuación máxima de este apartado nueve puntos.

2.1 Euskera:

a) Por estar en posesión del certificado oficial de aptitud en euskera (EGA) o titulación oficial equivalente, 6,75 puntos.

b) Por estar en posesión del certificado oficial del ciclo elemental en euskera, o titulación oficial equivalente, siendo incompatible su valoración con la valoración del mérito a que hace referencia el apartado anterior, 4,5 puntos.

c) Los aspirantes que no estén en condiciones de acreditar las titulaciones a que se refieren los apartados a) y b) podrán someterse voluntariamente a una prueba de valoración de sus conocimientos en euskera. Dicha prueba tendrá carácter voluntario y de mérito, y se valorará de cero a 2,7 puntos. Su realización se adecuará a lo establecido en la base 1.7.

2.2 Otros idiomas:

a) Por estar en posesión del certificado de aptitud correspondiente a cualquiera de los idiomas oficiales de la Unión Europea, o equivalente, expedidos por escuelas oficiales de idiomas, 4,95 puntos por cada uno de los idiomas.

b) Por estar en posesión del certificado oficial del ciclo elemental correspondiente a cualquiera de los idiomas oficiales de la Unión Europea, o equivalente, expedidos por escuelas oficiales de idiomas, 3,15 puntos por cada uno de los idiomas.

3. Otros méritos: Se valorarán hasta un máximo de 4,5 puntos.

3.1 Por estar en posesión de otras titulaciones, siempre y cuando no hayan sido alegadas por los aspirantes para cumplir el requisito exigido en la base 2.c) de la convocatoria, se valorarán hasta dos puntos, de acuerdo con la siguiente escala:

a) Por estar en posesión de un título de licenciado universitario o equivalente, dos puntos.

b) Por estar en posesión de un título de diplomado universitario o equivalente, un punto.

3.2 Por la superación de cursos realizados en organismos e instituciones públicas, universidades, públicas o privadas, siempre y cuando se pueda acreditar certificado de aprovechamiento, sobre temas relacionados con las funciones inherentes a las plazas objeto de la presente convocatoria, se valorará hasta 2,5 puntos.

1.5 El Tribunal declarará que han superado el proceso selectivo, y, en consecuencia, serán nombrados funcionarios de carrera aquellos aspirantes que, habiendo superado la fase de oposición, hubieran obtenido mayor puntuación una vez sumadas las obtenidas en la fase de oposición y de concurso, cuyo número no podrá exceder del de plazas convocadas, de acuerdo con lo establecido en la base 5.1.1.

La adjudicación de las vacantes a los nuevos funcionarios se realizará de acuerdo con las peticiones de los opositores aprobados, por orden de puntuación definitiva.

1.6 El primer ejercicio de la fase de oposición tendrá lugar a partir de la segunda quincena de mayo de 1998.

1.7 La prueba voluntaria de conocimientos de euskera, a que se refiere el apartado 2.c) de la fase de concurso, tendrá lugar con anterioridad al inicio de la fase de oposición, para su realización se solicitará la colaboración de la Escuela Oficial de Idiomas del Gobierno de Navarra. La convocatoria en la que se fijará el día y hora de su realización será publicada en el tablón de anuncios del edificio de Administración y Gestión de la Universidad, y se difundirá a través de anuncios de la prensa local. Dicha prueba se realizará en su totalidad en euskera, y constará de las siguientes partes:

a) Prueba escrita, en la que se valorarán los contenidos gramaticales y la expresión escrita.

b) Prueba oral, en la que se valorarán la comprensión y expresión orales.

Con cuarenta y ocho horas de antelación, como mínimo, a la fecha en que dé comienzo el primer ejercicio de la fase de oposición el Tribunal hará pública la relación de aspirantes con la puntuación obtenida en la fase de concurso. Dicha lista deberá ponerse de manifiesto, en todo caso, en el local donde vaya a celebrarse el primer ejercicio de la fase de oposición y en el tablón de anuncios del edificio de Administración y Gestión.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español, o nacional de uno de los Estados miembros de la Unión Europea.

b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido los sesenta y cinco.

c) Estar en posesión del título de Licenciado en Economía, Licenciado en Administración y Dirección de Empresas o equivalente.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.

2.2 Los requisitos establecidos en las normas anteriores deberán cumplirse a la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia que se publica como anexo IV. A la solicitud se acompañará una fotocopia del documento nacional de identidad, así como la documentación correspondiente a los méritos alegados en la fase de concurso.

El interesado adjuntará a la solicitud comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen, de acuerdo con lo establecido en la base 3.4.

3.2 Los aspirantes que acrediten méritos en la fase de concurso deberán relacionar la documentación que presenten en el apartado 24.D) de la instancia.

A efectos de la acreditación de los méritos a) y b) del punto 1 de la fase de concurso, los aspirantes deberán presentar certificación acreditativa de los servicios prestados expedida por la unidad de personal del organismo donde hubieren prestado servicios.

A efectos de la acreditación de los méritos de los puntos 2 y 3 de la fase de concurso, los aspirantes deberán presentar fotocopia compulsada, o fotocopia y original, para su cotejo, de las titulaciones que aleguen.

Los aspirantes que deseen realizar la prueba voluntaria sobre conocimiento de euskera, correspondiente a la fase de concurso, deberán especificarlo en el apartado 24.A) de la instancia, consignando la expresión «Prueba Euskera». No se admitirá ninguna solicitud de realización de dicha prueba voluntaria que no esté reflejada en la instancia de solicitud de admisión a las pruebas selectivas.

3.3 La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de la Universidad Pública de Navarra (edificio de Administración y Gestión, planta baja, Campus Arrosadía, 31006 Pamplona), o en la forma establecida en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», y se dirigirá al excelentísimo y magnífico señor Rector de la Universidad Pública de Navarra.

3.4 Los derechos de examen serán de 3.000 pesetas, y se ingresarán en la cuenta corriente 3300.064001901.4, de la Caja de Ahorros Municipal de Pamplona, con la identificación de «Pruebas selectivas-Escala Técnica de Gestión (Rama Económica)».

En ningún caso el abono de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano señalado en la base 3.3. La falta de pago de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector magnífico de la Universidad Pública de Navarra dictará resolución en el plazo máximo de un mes, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de Navarra», y en la que, además de declarar aprobada la lista de aspirantes admitidos y excluidos, en la que únicamente se hará constar la relación de estos últimos y las causas de exclusión, se indicará el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

Contra la resolución que declare aprobada definitivamente la lista de aspirantes admitidos y excluidos, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el tablón de anuncios del edificio de Administración y Gestión de la Universidad, previa realización de la comunicación a que se refiere el artículo 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante el Rector de la Universidad Pública de Navarra.

4.3 Los derechos de examen serán reintegrados de oficio, únicamente a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la realización de las pruebas selectivas.

5. Tribunales

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura como anexo II de esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la presente convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en las presentes bases.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas la autoridad convocante publicará en el «Boletín Oficial del Estado» resolución por la que se nombre los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con asistencia, al menos, de la mayoría absoluta de sus miembros titulares o suplentes.

En dicha sesión el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5 Dentro del proceso selectivo, el Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación de la presente normativa, así como la adopción de las medidas oportunas para la resolución de las cuestiones no previstas en la misma, que puedan suscitarse a lo largo del proceso selectivo.

La actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.6 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad.

A este respecto la corrección de la prueba voluntaria sobre conocimiento de euskera se realizará con la colaboración de un equipo de asesores que serán nombrados por el Rector de la Universidad, y de acuerdo con lo establecido en la base 1.7. A los asesores nombrados les será de aplicación por analogía las disposiciones sobre abstención a que se refiere la base 5.2. Dichos asesores valorarán la prueba voluntaria de acuerdo con los criterios de corrección aprobados por el Tribunal de las pruebas.

5.7 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones que el resto de los participantes para la realización de los ejercicios.

5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias el Tribunal tendrá su sede en el edificio de Administración y Gestión de la Universidad Pública de Navarra.

5.10 El Tribunal tendrá la categoría primera, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo.

5.11 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho, a tenor de lo dispuesto en el artículo 25 del Reglamento de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

5.12 A la finalización del proceso selectivo el Tribunal confeccionará una lista ordenada en que figuren los aspirantes que no hubieren obtenido plaza, para su posible nombramiento como funcionarios interinos, o, en su caso, posible contratación temporal, siempre y cuando las necesidades del personal existente en la Universidad Pública de Navarra así lo requieran.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal, con la finalidad de acreditar su personalidad.

6.2 Los aspirantes serán convocados para el ejercicio de la fase de oposición, en único llamamiento, siendo excluidos de las pruebas quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal.

El orden de llamamiento de los aspirantes se realizará alfabéticamente por la letra que se establezca, de acuerdo con el sorteo que anualmente realiza la Secretaría de Estado para la Administración Pública.

6.3 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad, comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas a los efectos procedentes.

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizado cada ejercicio, el Tribunal hará público, en el lugar de celebración, la relación de aspirantes aprobados por orden de puntuación alcanzada, con indicación de su documento nacional de identidad.

7.2 Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará público, en el lugar de celebración de los ejercicios y en aquellos otros que lo estime oportunos, la relación de aspirantes que hubieran superado el proceso selectivo por orden de puntuación definitiva alcanzada, una vez sumadas las obtenidas en cada uno de los ejercicios, con indicación de su documento nacional de identidad.

7.3 El Tribunal publicará la relación de aspirantes por orden de puntuación definitiva alcanzada, una vez sumadas las obtenidas en las fases de oposición y de concurso. El Tribunal hará pública la declaración de que han superado el proceso selectivo, los aspirantes que hubieren obtenido mayor puntuación, una vez sumadas las obtenidas en las fases de oposición y de concurso, en número que no exceda de las plazas convocadas, de acuerdo con lo establecido en las bases 1.5 y 5.11 de la presente convocatoria, y elevará la propuesta de nombramiento como funcionarios de carrera al Rector de la Universidad.

8. Presentación de documentos y nombramiento

de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el siguiente a aquel en que se hicieron públicas las listas de aspirantes que hubieren superado las pruebas selectivas, en el lugar o lugares a que se refiere la base 7.1, los opositores propuestos deberán presentar en el Registro General de la Universidad los siguientes documentos:

8.1.1 Fotocopia debidamente compulsada del título exigido en la base 2.1.c).

8.1.2 Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según modelo que figura como anexo III a esta convocatoria.

8.1.3 Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que inhabilite para el desempeño de las funciones correspondientes, expedido por la Dirección Provincial o la Consejería/Departamento, según proceda, competentes en materia de sanidad.

8.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de algunos de los requisitos señalados en la base 2.1, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.3 La adjudicación de destino a los aspirantes deberá realizarse por orden de puntuación y teniendo en cuenta lo dispuesto en la base 1.5.

8.4 Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios de carrera mediante resolución que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de Navarra».

9. Norma final

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados en los casos y formas establecidos por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, la Universidad podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Pamplona, 3 de septiembre de 1997.-El Rector, Antonio Pérez Prados.

ANEXO I

Primera parte: Economía, Matemáticas Financieras,

Estadística y Contabilidad

Tema 1. Los modelos de política económica. El modelo neoclásico. El modelo keynesiano. El enfoque neomonetarista. El enfoque de expectativas racionales.

Tema 2. La política fiscal. Los estabilizadores automáticos. La utilización del déficit.

Tema 3. La política monetaria. El mecanismo de transmisión. La combinación óptima de política monetaria y política fiscal. Política monetaria y política fiscal de los últimos años.

Tema 4. El crecimiento económico. Principales factores explicativos. Producción, inversión y ahorro. El progreso técnico.

Tema 5. La planificación económica. Modelos guiados por precios y por cantidades. Problemas de aplicación de la planificación.

Tema 6. Rentas. Definición y clasificación. Rentas constantes y variables en progresión aritmética y geométrica. Rentas fraccionadas.

Tema 7. Préstamos. Préstamos amortizables mediante reembolso único. Amortización mediante una renta. Amortización progresiva o método francés. Amortización progresiva mediante renta anual constante. Otros sistemas de amortización.

Tema 8. Empréstitos. Definición y clasificación. Empréstito normal. Empréstito amortizable a la par mediante anualidades variables en progresión aritmética. Empréstito amortizable a la par mediante anualidades variables en progresión geométrica.

Tema 9. Medidas de tendencia de una distribución estadística: Media, mediana y moda. Medidas de dispersión: Varianza, desviación típica y coeficiente de variación. Medidas de concentración.

Tema 10. Análisis conjunto de dos variables. Covariación. Regresión. Ajuste por mínimos cuadrados. Varianza residual y coeficiente de determinación. Correlación simple.

Tema 11. Teoría de los números índices. Números índices simples. Números índices complejos. Modificación del período base. Deflación de series cronológicas expresadas en unidades monetarias corrientes. Índices más utilizados: Especial referencia al IPC.

Tema 12. Series temporales: Características y autocorrelación. Componentes de las series temporales. Tendencia secular. Variaciones estacionales. Fluctuaciones cíclicas. Predicción.

Tema 13. Teoría de muestras. Población y muestra. Métodos de muestreo. Media y varianza de las características muestrales.

Tema 14. El modelo contable del Plan General de Contabilidad. Características, objetivos y estructura del Plan General de Contabilidad. Los principios contables y las normas de valoración en el Plan General de Contabilidad. Las cuentas anuales en el Plan General de Contabilidad.

Tema 15. El balance. Concepto, significado y clases de balances. Clasificación del balance de situación por masas patrimoniales. Presentaciones alternativas del balance: Especial referencia a la Cuarta Directiva de Derecho de Sociedades Comunitario.

Tema 16. El estado de resultados. Concepto y significado del estado de resultados. Clasificación de los resultados: Principales componentes. Presentaciones alternativas del estado de resultados: Especial referencia a la Cuarta Directiva de Derecho de Sociedades Comunitario.

Tema 17. La memoria y el informe de gestión. El papel de la memoria en el marco informativo de las cuentas anuales. Contenido de la memoria. Contenido del informe de gestión. La normativa legal española sobre estos documentos.

Tema 18. El estado de origen y aplicación de fondos. Contenido. Tipos de transacciones: Reales y ficticias. Presentaciones alternativas del Estado de Origen y Aplicación de Fondos. La normativa legal española sobre el Estado de Origen y Aplicación de Fondos: El cuadro de financiación.

Tema 19. El Estado de Valor Añadido y otros estados financieros complementarios. Concepto y significado del Estado de Valor Añadido. La cuenta analítica de la memoria del Plan General de Contabilidad. Estados financieros intermedios y provisionales.

Tema 20. Concepto y fines de la auditoría de cuentas. Concepto y fines de la auditoría contable. Instituciones supranacionales de auditoría. La auditoría de cuentas en el marco de la Unión Europea. El marco legal de la auditoría de cuentas en España.

Tema 21. Análisis de estados financieros. Objetivos del análisis de estados financieros. Tipos de instrumentos utilizados en el análisis de estados financieros. Los ratios: Concepto y clases. Áreas del análisis de estados financieros.

Tema 22. Análisis de situación financiera a corto plazo. Estudio de los diferentes ratios de circulante: Solvencia y endeudamiento. Análisis del período medio de maduración. Análisis del fondo de maniobra. Los flujos de tesorería. El «cash-flow».

Tema 23. Análisis de la situación financiera a largo plazo. Análisis dinámico de la situación financiera a largo plazo. El apalancamiento financiero. La estructura económico-financiera. La planificación financiera: Contenido y modelos.

Tema 24. Análisis económico. Clasificación funcional de los estados de resultados. El punto muerto o umbral de rentabilidad. Análisis de la producción. Medición de la productividad: Especial referencia al método del excedente de productividad global.

Tema 25. Análisis de la rentabilidad, concepto y tipos de rentabilidad. Rentabilidad económica y rentabilidad financiera. Los ratios de rentabilidad.

Tema 26. La normalización contable. Fuerzas impulsoras y obstáculos para la normalización contable. Los principales organismos normalizadores: Clasificación. La normalización del Comité de Normas Internacionales de Contabilidad: Alcance y ámbito de aplicación. La armonización contable en la Unión Europea. La normalización contable en España.

Tema 27. Concepto y clasificación de costes. Concepto de coste: Económico, contable, económico-contable. Diferencias entre coste, gasto y desembolso. Clasificación de los costes según su naturaleza. Clasificación de los costes según criterios técnicos. Clasificación de los costes según criterios económicos medios en términos de oportunidad.

Tema 28. Modelos de costes. El modelo de coste completo o «full cost». El modelo del «Direct Costing». El modelo de imputación racional. El modelo complementario de coste de oportunidad.

Tema 29. El sector público y su contabilidad. Contabilidad pública y contabilidad del sector público: Concepto y régimen de la contabilidad pública en España. La contabilidad en las diferentes Administraciones Públicas españolas. Concepto y división de la contabilidad pública.

Tema 30. La normalización contable pública. Objetivos y formas de regulación. La evolución de la normalización contable pública a nivel internacional. Principales organismos normalizadores de la contabilidad pública. La regulación pública en España.

Tema 31. El Plan General de Contabilidad Pública. El Plan General de Contabilidad Pública y los documentos sobre principios contables públicos. Características del Plan General de Contabilidad Pública. Las adaptaciones del Plan General de Contabilidad Pública.

Tema 32. Operaciones contables derivadas de la ejecución del presupuesto de gastos. Clasificación de las operaciones de gastos. Compromiso y ejecución en las operaciones de gasto. Los gastos a ejecutar en varios ejercicios. Ajustes presupuestarios en gastos plurianuales. La ejecución de gastos extraordinarios en el presupuesto.

Tema 33. Operaciones contables derivadas de la ejecución del presupuesto de ingresos. La organización de las operaciones de ejecución del presupuesto de ingresos. Reconocimiento, liquidación y extinción de derechos. Especial referencia a las subvenciones, transferencias y diferencias positivas de moneda extranjera.

Tema 34. Tratamiento contable de los gastos con financiación afectada. Concepto y características de los gastos con financiación afectada. Consideraciones presupuestarias en relación con los gastos con financiación afectada.

Tema 35. El inmovilizado no financiero y su contabilidad. Concepto y características del inmovilizado no financiero. Composición del inmovilizado no financiero en la Administración Pública. Amortización del inmovilizado no financiero: Concepto y métodos. Incidencia de las cuotas de amortización en el presupuesto.

Tema 36. Tratamiento contable del inmovilizado financiero y de las inversiones financieras temporales. Concepto y características del inmovilizado financiero y de las inversiones financieras temporales. Seguimiento contable del inmovilizado financiero. Consideraciones presupuestarias en relación con el inmovilizado financiero. Principios contables a aplicar al inmovilizado financiero.

Tema 37. Operaciones relacionadas con el endeudamiento y el neto. Concepto, características y clasificación. Contabilización de las operaciones relacionadas con el endeudamiento en moneda nacional y en moneda extranjera. Operaciones de fin de ejercicio. El neto patrimonial: Concepto, reservas y resultados.

Tema 38. Operaciones de tesorería. La estructura de la tesorería de las Administraciones Públicas. Clasificación y contabilización de las operaciones de tesorería. Aplicación de cobros y pagos. Procedimiento especial de pago: Pagos a justificar y anticipos de caja fija.

Tema 39. Tratamiento contable de las operaciones no presupuestarias. Concepto. Clasificación de las operaciones no presupuestarias: Acreedores no presupuestarios y deudores no presupuestarios. Operaciones de gestión y operaciones de liquidación.

Tema 40. Operaciones de fin de ejercicio. La periodificación de ingresos y gastos. Correcciones de valor: Amortizaciones, saneamiento y provisiones. Operaciones de regularización y de cierre. Operaciones correspondiente a presupuestos cerrados.

Tema 41. Las cuentas anuales. La elaboración de la información contable periódica en la contabilidad pública. Normativa reguladora. El balance de situación y la cuenta de resultados económico-patrimoniales. La memoria: Estructura general, cuadro de financiación, remanente de tesorería, información sobre la ejecución de los gastos e ingresos públicos.

Tema 42. La auditoría en el sector público y el control económico-financiero. Tipos de control en el sector público: Control externo y control interno. Organismos de control interno y externo: En la Comunidad Foral, en la Administración del Estado y en la Unión Europea. Principios y normas de auditoría en el sector público.

Tema 43. Sistemas de información y contabilidad de gestión en el sector público y contabilidad de gestión en el sector público. Los sistemas de información contable y la contabilidad de gestión en el sector público. El proyecto CANOA: Antecedentes, objetivos, estructura de costes y relación con la contabilidad financiera.

Parte segunda: Hacienda Pública y Derecho Administrativo

Tema 1. La actividad económica y la actividad financiera. La Hacienda Pública.

Tema 2. La actividad financiera y la eficiencia en la asignación de recursos. Los bienes públicos.

Tema 3. El presupuesto: Concepto y metodología. La función del presupuesto. Clasificación de los presupuestos. El presupuesto como instrumento de gestión.

Tema 4. El proceso presupuestario. El presupuesto clásico. Del presupuesto clásico al «Planing Programing Budgeting System» (PPBS). La dirección presupuestaria y el presupuesto de actividades.

Tema 5. El presupuesto planificado por programas como fórmula de la eficacia en la asignación de recursos. Conceptos básicos empleados. Fases. Ventajas. Principales problemas del presupuesto por programas.

Tema 6. El presupuesto público y su significado. La regulación del presupuesto público. La Ley General Presupuestaria. La Ley Foral de la Hacienda Pública.

Tema 7. Contenido y estructura de los presupuestos en los entes públicos. El presupuesto de la Ley de Reforma Universitaria.

Tema 8. La ejecución presupuestaria. Procedimiento para la ejecución de ingresos y gastos. Las modificaciones presu puestarias.

Tema 9. Ingresos públicos: Concepto y clases. Precios: Concepto, clases y eficacia. Tasas. Contribuciones especiales.

Tema 10. El impuesto: Concepto y elementos. La teoría general. Distribución técnica, formal y económica del impuesto.

Tema 11. Clasificación de los impuestos y sistemas impositivos. La imposición sobre la renta de las personas físicas. La imposición sobre las ventas.

Tema 12. Ingresos financieros: La Deuda Pública. Concepto y clases. Emisión, conversión y amortización de la deuda.

Tema 13. Normas para la exacción en Navarra del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Tema 14. Normas para la exacción en Navarra del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Tema 15. El gasto público: Concepto y clases. Desarrollo y límites del gasto público. Efectos económicos del gasto público. La eficacia y eficiencia del gasto público.

Tema 16. El déficit público: Causa y efectos. La financiación del déficit público.

Tema 17. La estructura institucional del sistema financiero español. La autoridad financiera. Los intermedios crediticios: Bancarios y no bancarios. Los mercados financieros.

Tema 18. La Seguridad Social: Organización y financiación.

Tema 19. El régimen jurídico de los funcionarios públicos. El personal funcionario: Funcionarios de carrera y de empleo. La selección de los funcionarios. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas de los funcionarios. Supuesto y efectos de cada una de ellas.

Tema 20. Líneas fundamentales del constitucionalismo español. La Constitución española de 1978.

Tema 21. Los principios constitucionales. Los derechos fundamentales y las libertades públicas en España.

Tema 22. Órganos constitucionales de control de la administración: Tribunal de Cuentas. Defensor del Pueblo. La administración consultiva. Especial referencia al Consejo de Estado.

Tema 23. La Administración Pública: Principios constitucionales informadores. La Administración del Estado. Órganos superiores de la Administración General.

Tema 24. La Administración Institucional. Los organismos autónomos. Entes públicos y sociedades estatales.

Tema 25. Las Comunidades Autónomas. Organización política y administrativa.

Tema 26. La Administración Local: Regulación constitucional y entidades que la integran.

Tema 27. La distribución de competencias entre la Administración del Estado y las administraciones autonómicas. Las relaciones entre las Administraciones Públicas.

Tema 28. El acto administrativo: Concepto y clases. Elementos.

Tema 29. La eficacia del acto administrativo: Nulidad, anulabilidad y revocación.

Tema 30. El procedimiento administrativo. Concepto, naturaleza y caracterización. Procedimiento administrativo común y su alcance. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: Planteamiento general y principios rectores.

Tema 31. Los derechos de los ciudadanos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las garantías en el desarrollo del procedimiento. Revisión de los actos en vía administrativa. La responsabilidad de las Administraciones Públicas.

Tema 32. La jurisdicción contencioso-administrativa: Naturaleza, extensión y límites.

Tema 33. Los contratos administrativos. Principios fundamentales. Tipos de contrato. Formas de contratación.

Tema 34. Nacimiento y objetivos de las Comunidades Europeas. Tratados originarios y modificativos.

Tema 35. Las instituciones de la Unión Europea.

Tema 36. El Derecho comunitario. Sus fuentes. Relaciones entre el Derecho comunitario y el ordenamiento jurídico de los Estados miembros. La aplicación del Derecho comunitario. La aplicación del Derecho comunitario en España.

Tema 37. La Unión Europea: La unión política y la unión económica y monetaria.

Tema 38. El proceso de adhesión española a las comunidades europeas. Problemática económica de la plena integración. El programa de convergencia económica con la Unión Europea.

Tema 39. Las relaciones financieras con la Unión Europea. El presupuesto comunitario.

Tercera parte: Legislación y organización universitaria

Tema 1. El sistema educativo español. Estructura y características generales. Financiación.

Tema 2. La administración educativa. El Ministerio de Educación y Cultura.

Tema 3. Raíces históricas y evolución legislativa de las universidades en España.

Tema 4. La Ley de Reforma Universitaria de 1983: Sus principios y contenidos.

Tema 5. La autonomía universitaria de la Ley de Reforma Universitaria en los Estatutos de las universidades españolas y en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.

Tema 6. Ordenación, estructura y régimen jurídico de las universidades. El gobierno de las universidades. El Consejo de Universidades.

Tema 7. El profesorado de las universidades. Personal de cuerpos docentes: Su régimen jurídico. Selección, situaciones administrativas, dedicación, retribuciones. La provisión de plazas de los cuerpos docentes.

Tema 8. Personal docente contratado: Régimen jurídico.

Tema 9. Centros universitarios: Concepto, clases, funciones. Régimen jurídico. Creación, organización y funcionamiento.

Tema 10. Los departamentos universitarios: Concepto y funciones. Creación, modificación y supresión. Estructura y funcionamiento.

Tema 11. Los contratos formalizados al amparo de los ar tículos 11 y 45 de la Ley de Reforma Universitaria.

Tema 12. Estudios y titulaciones universitarias. Estudios y titulaciones de primer ciclo, de segundo ciclo. El tercer ciclo y otros estudios de postgrado. Otras titulaciones. Convalidaciones y homologaciones de estudios.

Tema 13. El alumnado universitario. El acceso a la Universidad. Permanencia en ella. Estatuto del estudiante. Derechos y deberes. Participación en el gobierno universitario. Becas y ayudas al estudio.

Tema 14. Régimen económico y financiero de las universidades. Presupuestos y gestión presupuestaria.

Tema 15. La Universidad Pública de Navarra: Su creación. Período constituyente.

Tema 16. Estructura de la Universidad Pública de Navarra: Departamentos, facultades/escuelas técnicas superiores y escuelas universitarias. Institutos universitarios. Otros centros.

Tema 17. Estudios y enseñanzas en la Universidad Pública de Navarra: Normativa reguladora.

Tema 18. Los Estatutos de la Universidad Pública de Navarra.

ANEXO II

Tribunal de las pruebas

Tribunal titular:

Presidente: El Rector de la Universidad Pública de Navarra o persona en quien delegue.

Vocales: La Directora del Servicio de Asuntos Económicos de la Universidad Pública de Navarra; un Vocal designado por el Gobierno de Navarra, y dos representantes designados por la Junta de Personal Funcionario de Administración y Servicios.

Tribunal suplente:

Presidente: El Rector de la Universidad Pública de Navarra o persona en quien delegue.

Vocales: La Directora del Servicio de la Comunidad Universitaria de la Universidad Pública de Navarra; un Vocal designado por el Gobierno de Navarra, y dos representantes designados por la Junta de Personal Funcionario de Administración y Servicios.

ANEXO III

Don/doña , con domicilio en y documento nacional de identidad número , declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario de carrera de la Universidad Pública de Navarra, que no ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

En Pamplona, a de de 199

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