En el recurso contencioso-administrativo número 1.160/1994, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Ariete, Sociedad Anónima», contra Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 14 de diciembre de 1993, se ha dictado, con fecha 8 de marzo de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimamos el recurso promovido por el Procurador don Javier Ungría López, en representación de la entidad mercantil "Ariete, Sociedad Anónima", contra la Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 14 de diciembre de 1993, y declaramos la nulidad de dicha Resolución, así como la denegación de la inscripción de la marca internacional número 544.850 "Candia Toast", clase 30, por incompatibilidad con la marca número 757.388, Toast, clase 29, y otras análogas "Ariete Toast", "Meritoast", "Pantoast", "Toast", clase 30, todo ello sin hacer declaración sobre las costas de este recurso.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de julio de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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