En el recurso contencioso-administrativo número 960/1995, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por «Tetra Heimtierbedarf GmbH», contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 3 de enero de 1994 y 10 de febrero de 1995, se ha dictado, con fecha 8 de abril de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimamos el recurso contencioso administrativo promovido por "Tetra Heimtierbedarf GmbH", contra los acuerdos de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 3 de enero de 1994 y de 10 de febrero de 1995, éste de repulsa de la reposición formulada contra el primero, denegatorios de la concesión de la marca internacional número 572.123 «Tetra y diseño» (de pulga de agua), clases 1.a, 5.a y 31.a, relativa a abono para plantas acuáticas, preparados para el tratamiento de agua para acuarios, productos veterinarios, productos para combatir animales dañinos en acuarios y estanques de jardines y alimentos para peces, anfibios y reptiles; cuyos actos anulamos por no ser conformes a Derecho y declaramos el derecho de la actora a la concesión y registro de aquella marca. Sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se
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